martes, 14 de noviembre de 2017

La columna de Carlos Federico Smith: que el que viene atrás pague la cuenta

La frase del título, en mi opinión, resume la situación ante la propuesta hecha recientemente para arreglar el faltante actuarial en el régimen del IVM de la Caja de Seguro Social. “Patear la bola hacia adelante” puede ser un titular alternativo. Lo cierto es que el serio problema estructural de nuestro régimen de pensiones de la Caja no se ha resuelto, sino que se le han aplicado parches porosos para aliviar el mal. 

Hay cosas básicas que se deben tener presentes acerca de nuestro régimen de IVM. El primero, -esto en sencillo- es que quienes, como grupo, actualmente cotizan al régimen se supone que generan lo suficiente como para mantener, como grupo, a los pensionados del futuro. La pensión no depende de cuanto haya aportado el eventual beneficiado, sino de cuánto están aportando otros al momento de su retiro. No hay un ligamen entre cuánto puso usted para su pensión y cuánto recibe. Se supone que es una especie de “solidaridad” intergeneracional. 

En segundo lugar, factores claves inciden en la posibilidad de que no se presenten faltantes en los desembolsos por pensiones futuras. Por ejemplo, si la población deja de crecer gradualmente al ritmo que venía –le suelen llamar envejecimiento de las sociedades, como lo que se está dando en muchos países europeos- posiblemente los que, en ese momento en el futuro se pensionen, serán muchos, comparados con los mucho menos que en ese momento estén en edad productiva para aportar para tales pensiones.

Otro ejemplo de este segundo aspecto: que una nación sea muy exitosa, como creo que es el caso de nuestro país, pues la población vive cada vez más años.  A esto se le llama aumento en la esperanza de vida al nacer. Se relaciona en cuanto a que, al llegar el momento de pensionarse -a una edad determinada-, esa persona vivirá pensionada muchos años más de lo que viviría en el momento en que se definieron los aportes para las pensiones. Obviamente, significaba que las personas no vivirían tanto tiempo recibiendo una pensión, contrario de lo que sucede al aumentar la esperanza de vida.

Estos dos factores son parte crucial en la estructura del régimen de pensiones del IVM (y de todo aquel en donde lo que uno recibe de pensión no depende de lo que uno haya aportado, sino de lo que contribuirán generaciones que le sigan).

Asimismo, otro elemento básico es la tasa que se paga en vida laboral -ya sea tanto por la persona, como por la empresa o por todos nosotros por medio del estado- para la pensión de la Caja.   Usualmente se calcula tomando en cuenta los beneficios establecidos, la edad promedio esperada de años de pensión, cuántos meses de cotización, el costo administrativo del sistema, la edad de la pensión, qué porcentaje del salario se recibe como pensión, traslado del beneficio a descendientes del pensionado, pensiones mínimas y topes, entre otros. Esa tasa, que supuestamente permitiría generar los recursos suficientes, también queda sujeta a los cambios de aquellas variables que cité en párrafos previos. 

También, no debemos olvidar que lo que en cierto momento se consideró era la población beneficiaria cubierta por el régimen de pensiones de la Caja, no fue algo inmutable. Por ejemplo, políticamente se decidió otorgar -si es bueno o malo o es la forma apropiada de hacerlo es otro tema- una pensión a mucha gente pobre, que tal vez nunca había aportado al régimen de pensiones y que ahora reciben una especie de transferencia de toda la sociedad hacia ellos, transferencia que es cargada al IVM.

Este no es un trabajo académico exhaustivo de nuestro régimen de pensiones de la Caja, sino que lo que trato es explicar, lo más claro que me es posible, que un sistema que puede ser diseñado financieramente viable para un momento histórico dado, al darse cambios importantes en variables como las citadas anteriormente, exigen que el sistema se replantee en cuanto a si tendrá los recursos suficientes para enfrentar las nuevas obligaciones con los pensionados del futuro.

Para una transformación impostergable, se estableció una “mesa de diálogo” que supliera a la Junta Directiva de la Caja con propuestas de reformas para lograr esa estabilidad financiera. Bueno, ya se han llegado a conocer las propuestas, entre las cuales se destacan (la fuente de información es La Nación del 7 de noviembre en su artículo “Mesa de diálogo propone 33 remiendos en el IVM: 
Recomendaciones para salvarlo del colapso no tocan ni edad ni cuotas.”):
 
1.- Un aumento proporcional de las cuotas, de forma que cada 3 años aumentará en 0.5% (en proporción entre trabajadores, patronos y estado) hasta llegar a un 12.6% en el 2029.
 
2.- Aprobar ley que traslada del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) al IVM recursos por ₡60.000 millones.
 
3.- Aprobar una ley para trasladar ₡25.000 millones del aporte de los trabajadores al Banco Popular (un 0.25% de los salarios) al IVM.
 
4.- Actualmente si el trabajador ha cotizado 240 cuotas y sigue laborando, aumenta su pensión al posponerla. Ahora eso será aplicable sólo después de 300 cuotas.
 
5. Aumentar el rendimiento real del fondo de inversión de las pensiones a un 4.8%.
Quiero hacer un comentario general y luego otros específicos a cada una de estas medidas sugeridas.  

El general es que con la propuesta brindada se sigue encareciendo el costo de la mano de obra formal en la economía, lo que incidirá aún más en una creciente economía subterránea -informal- y, por ende, se abarata relativamente el uso del capital, con lo que, en vez de usarse más el factor relativamente abundante en la economía -el trabajo- se usará más el relativamente más escaso, el capital. Pensemos en el efecto negativo que tendrá en el nivel de empleo. 

En cuanto a aumentar los aportes proporcionales tripartitos un 0.5% cada tres años, lo cierto es que será un tema permanente en la presión de los diferentes grupos involucrados y, entre tanto, en vez de hacer un ajuste debido posiblemente mayor, se escogió el camino de la gradualidad, con lo cual el dolor simplemente ser pospone y que tal vez luego será mayor. (Eso se sí se complace a grupos interesados en que se mantenga el status quo del régimen de pensiones o que la cuenta no la paguen los beneficiados sino la generalidad de los costarricenses).

El traslado de fondos de FODESAF y del Banco Popular al IVM, simplemente es abrir un hueco en otras partes, en donde las presiones políticas probablemente incidirán para crear nuevas cargas que repongan los recursos así trasladados. Premiar la antigüedad con base en un número mayor de cuotas no me parece descabellado.
 
Y, en cuanto al crecimiento real esperado de los fondos de pensión del régimen, me parece que es una claro señal de que no se ha buscado, hasta el momento, el mayor rendimiento posible, tal vez por ineficiencias administrativas, pero lo importante es si es viable obtener ese rendimiento y ojalá mayores, en donde el mercado lo permite. (De paso, las propuestas de la mesa espero que introduzcan propuestas para mejorar la eficiencia del rendimiento del fondo de pensiones).

Lo cierto es que se han dejado intocadas importantes áreas del IVM. Me refiero a la edad de retiro, que se contrapone al hecho de que los costarricenses vivimos cada vez más años, así como al monto de pensión, que obviamente no va a acorde con los aportes personales, sino los que puede brindar el sistema, que incluso castiga a quienes aportan más de lo requerido para las pensiones que se reciben. Tampoco se toma en cuenta los porcentajes que aportan los diversos sectores, trabajadores, empresas y estado.  Sabemos que el estado lo somos todos y es con nuestro aporte, por medio de impuestos, como se financia el estado, para hacer esos pagos.
 
En síntesis: no hay un “arreglo” al problema con el sistema de pensiones del IVM. Sólo se ha aplicado un cataplasma para seguir pateando la bola, para que sean las próximas generaciones las que deban pagar la cuenta verdadera. Mi consejo: que cada trabajador haga lo posible por tener su propio sistema de pensiones voluntarias -por poquito que sea- pues, a cómo está la situación, si no se arregla en serio no habrá pensiones. De paso, se ha dicho que ahora, con las medidas sugeridas, el régimen es estable hasta el 2038. Estoy seguro de que muchos de nosotros y también posiblemente los responsables de haber diseñado esas propuestas, no estaremos vivos para dar la cara cuando las generaciones futuras tengan que pagar las holguras de las actuales y que digan que les cargó el costo de las jaranas de quienes disfrutaron en el pasado pensiones, para las cuales no contribuyeron lo suficiente.


Jorge Corrales Quesada



martes, 7 de noviembre de 2017

La columna de Carlos Federico Smith: moderar nuestra insatisfacción

Parece ser evidencia de bondad humana, alegrarse cuando se toman decisiones que uno interpreta son justas. Un ejemplo es cuando, ante un régimen claramente injusto como es el privilegiado de pensiones del Poder Judicial, la Asamblea Legislativa aprobó, aunque sólo en el primer debate, una importante reducción de algunos de los privilegios de quienes se pensionan acogidos a ese sistema actual.

Creo que lo justo es que la persona que recibe una pensión, haya hecho los aportes adecuados -esto es, suficientes a lo largo de su vida laboral y con los rendimientos de esos fondos- como para que la ciudadanía -todos nosotros- no tengamos que aportar por medio de impuestos, las transferencias que el estado hace para que sean lo requerido ante las jugosas pensiones que se reciben.
Ahora bien, en la Asamblea Legislativa se han hecho algunas reformas importantes, que van en el camino de tratar de que el sistema de pensiones del Poder Judicial se mantenga por sí mismo con el aporte de sus miembros, pero claramente parece que no son suficientes.  

Por ello he titulado mi artículo “Moderar nuestra satisfacción,” por el hecho de que la reforma, aún en proceso de aprobación legislativa, si bien va en el camino correcto, lo cual nos satisface, se queda corto en lo requerido, especialmente si se le compara tomando con referencia al sistema actual de pensiones de la Caja, conocido como IVM. 

Mucha de la información aquí señalada se suministra en el artículo de La Nación del 1 de octubre, “Diputados elevan edad y aportes para pensión judicial: Cuota de funcionarios subirá de 11% a 13% y se retirarán a los 65.”

Una de las reformas más importantes en proceso, se refiere a la base para el cálculo de la pensión.  Mientras que en el IVM la pensión equivale al 60% del promedio de los últimos 240 salarios, la nueva propuesta para el Poder Judicial, si bien la reduce del 100% del promedio de los últimos 24 salarios, ahora es de un 60% del promedio de los últimos 240 salarios.


Asimismo, el proyecto de ley en discusión en la Asamblea eleva la edad de retiro a los pensionados del Poder Judicial a 65 años, desde 60 años como era antes, y es la misma edad que en el régimen del IVM.

En cuanto a los años laborados necesarios para pensionarse, se propone, para el sistema del Poder Judicial, aumentarlo a 35 años; esto es, 5 años más que los 30 de la actualidad, pero siempre inferior al sistema de la Caja, en el cual para los hombres -dejando de lado la igualdad real- han de haber trabajado 38 años y medio, en tanto que si se trata de mujeres, es de 37 años y medio.

Otra característica de los sistemas de pensiones es la edad mínima al cual un trabajador puede acceder a la jubilación. En el caso actual del Poder Judicial es a los 55 años y la reforma la elevaría a 62 años, si es hombre, y 60 si es mujer, mientras que en la Caja es casi igual que este último (61 años y 11 meses si es hombre y 59 años con 11 meses si es mujer).

El tema de cuál es la pensión máxima sigue siendo polémico. Veamos la situación actual, las reformas y la comparación con la Caja. Actualmente el monto de pensión es ilimitado, mientras que ahora el tope es de ₡4 millones, mientras que el de la Caja es de alrededor de ₡1.5 como límite (Hay un error en la información citada del medio, en un cuadro en que se indica que no hay límite en la Caja, lo cual es falso).  Pero, eso debe ser visto en conjunto con el exceso de una pensión que supera esos ₡4 millones; esto es con lo que se denomina el “aporte solidario” de los pensionados. Mientras que en la situación actual, al igual que con la Caja, no existe tal aporte, con la reforma propuesta para el Poder Judicial sucede lo que describo en el párrafo siguiente.

Si usted tiene derecho a una pensión superior a los ₡4 millones (recientemente hemos visto algunas que rondan los ₡9 millones), no es que su pensión tope o límite será de esa suma, sino que, dependiendo de cuánto sea el exceso sobre esos ₡4 millones, una parte se queda como pensión y la otra pasa a ser una contribución solidaria de los pensionados al sistema de Pensiones del Poder Judicial. ¿En qué porcentaje es dicha contribución?  Oscila entre un 35% y un 55% según sea el monto de pensión que supera a aquellos ₡4 millones. Voy a poner dos ejemplos, uno con un nivel relativamente cercano a esos ₡4 millones y otro bastante alejado.

Así, supongamos que la pensión que usted recibiría bajo el nuevo sistema de pensiones del Poder Judicial es de ₡5 millones. Usted recibiría ₡4 millones MÁS -digamos que se aplica la tasa más baja de un 35% sobre el millón en exceso del tope de ₡4 millones- ₡650 mil colones. Esto es, al tope de ₡4 millones se le suma el 65% del millón en exceso y los restantes ₡350 es el aporte “solidario” que ese pensionado haría al Sistema. La pensión final sería de ₡4.650.000 al mes.

Por contraste, veamos otro caso extremo (no muy lejano del monto mayor que hoy se recibe por una pensión bajo ese régimen). Digamos que su pensión sería de ₡10 millones. De ella, ₡4 millones son el tope y del exceso (esto es, de ₡6 millones) se le aplica una contribución del 50%, con lo cual a la pensión de ₡4 millones hay que sumarle ₡3 millones más, con lo cual la pensión que recibiría al final de cuentas es de ₡7 millones.

Estas dos cifras son ejemplos de que el tope real no es de ₡4 millones (como lo es el de ₡1.5 millones con el IVM), sino superior.  Pero, también -no tengo claro bien lo que exactamente define el proyecto- podría hasta ser más alto que lo expuesto en ese último caso, si es que esas tasas de contribución de 35% y 55% son aplicadas por tramos de pensiones; por ejemplo, digamos, que por los dos primeros millones en exceso del tope la tasa de contribución es del 35% y del 50% para el exceso del tope superior a dos millones. O, también, si en ese rango de 35-55% hay rangos intermedios a tasas intermedias.

Finalmente, es importante comparar la estructura de las cotizaciones de cada funcionario.  Hoy día, en el sistema de pensiones del Poder Judicial el funcionario cotiza el 11% de su salario y el estado aporta un 15.6% (un 14.36% por el Poder Judicial como patrono y el estado, como tal, en un 1.24%). Ese 15.6% lo pagamos todos con nuestros impuestos. En el caso del régimen de la Caja, el empleado cotiza un 3.34%, mientras que el patrono aporta un 5.08% y el estado como tal un 1.24. Con la reforma propuesta, el funcionario aportaría un 13%, en vez de un 11%, pero el aporte del Poder Judicial como patrono y el del estado como tal, quedarían en los mismos porcentajes (un 15.6%). 

Si se compara el del IVM con el propuesto para el Poder Judicial, en este último los trabajadores aportarán más que antes, pero los ciudadanos, mediante impuestos al estado que después de devuelven como aportes para el régimen de Pensiones del Poder Judicial, seguirían dando un aporte muy superior en el caso del Poder Judicial, en comparación con el IVM.

En síntesis, en algún grado se modera el privilegio que son las pensiones del régimen del Poder  Judicial, pero todavía sigue existiendo en un grado muy superior al de la Caja. Hay razón para sentirse un poquito mejor, pero el sistema continúa siendo claramente injusto.



Jorge Corrales Quesada