martes, 26 de marzo de 2019

La Columna de Carlos Federico Smith: OTRA BURLA A LA CIUDADANÍA CON LAS PENSIONES DE LUJO

Hace 27 años, mediante decisión legislativa, se cerraron varios regímenes de pensiones a cargo del presupuesto público. Se cita al régimen de pensiones de los exdiputados, al del ministerio de Hacienda, al del ministerio de Obras Públicas, al de Ferrocarriles, al de la Guardia Civil, al de expresidentes de la República y al de excombatientes. La razón de ello ya nos es bien conocida: las pensiones recibidas no iban acordes con lo cotizado, más los intereses generados por ese ahorro, de forma que la diferencia se cargaba al presupuesto de la República; esto es, a los bolsillos de los contribuyentes. Sí, a esas, así como de algunos otros regímenes, se les conoce como pensiones de lujo.
Al cerrarse aquellos regímenes citados, los trabajadores siguieron aportando al régimen de pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, conocido como IVM. Pero, al llegar la hora de jubilación, que se suponía sería bajo las condiciones usuales para todos los trabajadores cotizantes del IVM, los pensionados del momento reclamaron que se aplicara una serie de condiciones privilegiadas, pues la ley era vigente para las pensiones posteriores a 1992 y no para los que empezaron a trabajar antes de ese año en esos entes.
Así, a ese grupo de pensionados se les permitió evitar el tope actual de la Caja de ¢1.6 millones, comparado con el tope de ¢2.7 que hoy aplicado a aquellos otros regímenes. A la vez, en estos el monto de la pensión se calcula en un 100%, basado en los 12 mejores salarios de los últimos 24 percibidos. En el IVM, el monto de la pensión se estima con base en un promedio de los últimos 60 salarios (note: tenga en cuenta que los salarios van aumentando a lo largo del tiempo laborado, por eso, entre más se ponderen los “últimos” salarios como base, mayor es la pensión). Y, del monto así resultante, se paga sólo un porcentaje, que oscila entre un 43% y un 52.5%, no del 100% como aquellos de lujo. Además, en el IVM la pensión se otorga a partir de los 65 años, mientras que los que están a cargo del presupuesto gubernamental lo hacen desde los 60 años.
Obviamente, el incentivo era claro: no quedarse bajo el IVM y que la pensión pasara a cargo del presupuesto gubernamental y no de la Caja.
La información la presenta La Nación, en su edición del 18 de febrero, bajo el titular “Gobierno forzado a pagar pensiones de lujo sin recibir una sola cuota.” 
Pero, el pleito entre familia -la Caja y el Gobierno- es que Hacienda le pide a la Caja que le entregue los aportes que aquellos trabajadores, hoy beneficiados con una pensión de privilegio a cargo del presupuesto de la República, lo hicieron en su momento al IVM. Se estima que el monto por trasladar ascendería a cerca de ¢40.000 millones, lo que, de darse, pondría en serios problemas a la Caja, cuyo sistema de pensiones financieramente está débil. Se estima que los trabajadores salvados por ese portillo citado ascienden a unos 10.000. El tema del traslado de los fondos, aparentemente lo decidiría la Procuraduría General de la República, que a la fecha no lo ha definido.
Dejando de lado este estira y encoje dentro del estado, resulta grave que la Dirección Nacional de Pensiones (DNP), a cargo de los regímenes cargados al presupuesto de la República, las haya otorgado sin siquiera tener los recursos cotizados por esos pensionados al IVM. Sin tener esos fondos, la DNP simplemente le pasó el costo de aquellas pensiones de lujo al presupuesto gubernamental, el cual, al fin de cuentas, está a cargo de los ciudadanos contribuyentes. No hay nada como gastar la plata sin tenerla.  Ahora el gobierno le reclama esos fondos a la Caja. Las pensiones de privilegio siguen vivitas y coleando… y, los contribuyentes al fisco, pagando.

Jorge Corrales Quesada

martes, 19 de marzo de 2019

La columan de Carlos Federico Smith: salvada a pensionados de lujo

Me imagino que se acuerdan del tope que impuso la Sala Constitucional en noviembre del 2018, de ¢2.7 millones al sueldo mensual de los pensionados bajo regímenes de pensiones a cargo del Presupuesto de la República. Bueno, esa decisión brindó un hálito de esperanza de que, en algún grado, se moderaría la injusticia de las pensiones de lujo (la llamo injusticia, porque los beneficiarios nunca cotizaron lo suficiente ni esas pagas generaron los intereses debidos, para cubrir las pensiones que reciben, siendo la diferencia cubierta por impuestos que todos los ciudadanos pagan al fisco). 

Pero, esa resolución de la Sala IV tenía dos provisiones que disminuirían significativamente el ahorro de fondos públicos al disponerse de pensiones de lujo menores que las previas. La primera provisión es que aquel tope de ¢2.7 millones sólo se aplicaría a pensiones otorgadas a partir del 28 de diciembre del 2018, fecha de la promulgación de la ley 7605, al estipular que las pensiones a cargo del presupuesto del gobierno no podrán superar en más de 10 veces el salario más bajo de la administración pública, de ahí ese tope de los ¢2.7 millones citado.

La segunda provisión fue que ese tope no se aplicaba cuando el trabajador laboraba más tiempo del momento en que debía pensionarse, aunque por fuera un día. A eso le llaman postergación. Estas provisiones facultaron que, de los 1.704 pensionados que deberían haber sido limitados por aquel tope, 1.545 no fueron objeto de ello y sí solo 159 pensionados. (O sea, poco más del 9% fue afectado y el resto se salvó). La salvada provino principalmente por la segunda provisión: la postergación.

A partir del comentario de La Nación del 16 de enero, “1.700 pensionados de lujo del Magisterio se libran del tope,” pregunto: ¿De dónde provienen los salvados del tope?, ¿cuántos son y en qué porcentaje? De la UCR, 876 pensionados (51.4% del total); de la UNA, 379 pensionados (22.2% del total); del MEP, 233 pensionados (13.7% del total); del TEC, 119 pensionados (7% del total); de la UNED, 93 pensionados (5.5% del total) y de la Educación Privada, 4 pensionados (0.2%).
Debe señalarse que los salvados no fueron sólo pensionados del Magisterio, sino que “lo hicieron (sic) la mayoría de los beneficiarios de los regímenes de Gobierno y Asamblea Legislativa” y que, de los 18.000 pensionados de lujo, sólo 380 se vieron afectados.

Si bien el medio señala que, de un gasto anual del gobierno por pensiones de lujo estimado en ¢1.1 millones de millones, si se hubiera aplicado la plena reducción a todas ellas, “el Gobierno se habría economizado ¢19.136 millones en el año,” e indica que el ahorro logrado con las pocas pensiones de lujo que sí quedaron sujetas al tope de ¢2.7 millones al mes, es de ¢1.506 millones al año, lo cual califica de “ínfimo.”

Ante cosas como estas es que se ha hablado de reformas urgentes en el seno legislativo, y varios diputados prometieron entrarle a fondo a estas pensiones a cargo del presupuesto de la República. Pero, el tiempo pasa y el olor a cala del “proyecto” ya abunda en Cuesta de Moras. Seguimos en espera… los paganinis se están cansando. El abuso injusto sigue tan campante como Johnny Walker. El pueblo no debe permanecer dormido y en silencio ante tan preclaros abusos, pues, de hacerlo, sólo alienta mayores injusticias.



Jorge Corrales Quesada

martes, 12 de marzo de 2019

La columna de Carlos Federico Smith: ¿alegronazo de burro?

Los ciudadanos de bien estamos muy preocupados por el abuso de las llamadas pensiones de lujo. Estas son aquellas pensiones que reciben algunos, para las cuales los beneficiados no cotizaron lo suficiente a lo largo de su vida laboral, de forma que ahora la diferencia entre lo cotizado (más los intereses que habrían recibido esos aportes a lo largo del tiempo) y lo que efectivamente perciben, proviene, por medio del presupuesto del gobierno de la República, de los impuestos gravados a todos los ciudadanos contribuyentes. En sencillo: un privilegio para unos pocos, pagados por todos los ciudadanos. Pero, además, quienes se acogieron a pensiones en condiciones mejores, como edades menores a las de la Caja o pensionados con el 100% del salario más alto percibido en su vida como trabajador o que reciben otras pensiones del mismo estado (no privadas, que es con el ahorro de parte del beneficiado), todo es, asimismo, pagado por los contribuyentes, en general.

En el marco de esa evidente injusticia, hay que agregar que el gobierno, los diputados (y obvio que la ciudadanía) consideran que los recortes hasta el momento efectuados a esas pensiones de lujo, son insuficientes para evitar esa indebida transferencia a unos pocos, por lo que es indispensable entrarle con mayor decisión a resolver tan serio problema. Se estima que ese subsidio o transferencia o privilegio, como se le llame, se lleva el 9.7% de todo el presupuesto del gobierno y que en este año ascenderá a la enorme suma de ¢1.060.437 millones. Si se compara con el presupuesto gubernamental a agosto del 2018, habría aumentado, en el 2019, en un 11.2% adicional. 

La buena noticia es que, según el comentario en La Nación del 10 de enero, el “Gobierno y diputados procuran bajar más las pensiones de lujo,” y que, recogiendo aportes de diputados de diversos partidos, “la expectativa es contar con el documento nuevo [de reforma legal a las pensiones de lujo] para inicios de febrero,” según lo dijo al medio, el diputado Vítor Morales, jefe de fracción del PAC.
La mala noticia es que ya terminó febrero y todavía no contamos con el “documento nuevo,” ni se han escuchado más noticias relevantes al respecto.  Tanto nos han rodado, que no sería de extrañar que lo pretendan y logren una vez más.

Pero, veamos algunas de las medidas que se propone incorporar en el nuevo documento de reforma:
 
1. Habría un tope más bajo. Recuerden que ya se había reducido en el paquete tributario reciente y que la Sala IV había aprobado un tope de ¢2.7 millones, pero eso sólo logró un ahorro del 0.08% (casi nada relativamente hablando). A su vez, el tope para el régimen del Magisterio es de ¢3.9 millones al mes y el del Poder Judicial, de ¢4 millones. Muchos quieren unificar esos topes al del IVM de la Caja (de casi ¢1.6 millones), pero eso todavía no está definido.
 
2.  Las pensiones hoy sin tope, pagarían contribuciones solidarias. Ello porque la decisión de la Sala IV sobre el tope decidió que se podía aplicar sólo a las pensiones otorgadas después del 28 de diciembre de 1998, que fue cuando entró a regir la Ley con ese tope citado. La posibilidad de aumentar las contribuciones solidarias surge porque “la ley permite rebajar hasta un 55% mensual y todavía hay margen para hacerlo,” según señaló la dirección de pensiones del ministerio de Trabajo.
 
3. Edad de retiro. Mientras que en el IVM de la Caja es de 65 años, en el del Magisterio es de 55 años, en el gobierno puede ser hasta de 60 años y en el Poder Judicial es de 65 años. Además de pretender la unificación a 65 años (eso sí, no me lo imagino sin discriminación por sexo), y de que se tomará en cuenta la expectativa de vida promedio del costarricense (se señala que es de 80 años en el 2016), hay que enfrentar la realidad de tener que pagar pensiones por muchos años, ante una mayor posibilidad de vida de los cotizantes.
 
4. Revisar el aporte estatal. Mientras que en el régimen tripartita del IVM de la Caja, el estado da un 1.24% del aporte (el trabajador un 3.84% y el patrono un 5.08%), en el del Magisterio es de casi un 8%; esto es, 6.75% como patrono y 1.24% como estado y en el Poder Judicial un 15.6%; esto es, como patrono un 14.36% y como estado un 1.24%. En estos dos sistemas, los trabajadores aportan porcentajes más altos que los de la Caja. Se busca homogeneizar los aportes estatales, pero se desconoce el porcentaje.
 
5. Aumento anual de las pensiones. En el IVM de la Caja, el del Poder Judicial y el del Magisterio, se ajusta según aumente el costo de la vida expresado por el índice de precios al consumidor elaborado por la Dirección General de Estadística y Censos, pero en las pensiones del gobierno, el ajuste se hace según aumentos de costo de vida específico de los funcionarios públicos.
 
6. Duplicación de pensiones y relación con otras remuneraciones. Hay gente que recibe más de una pensión por regímenes distintos en el gobierno. Este no sucede con el IVM, pues no lo permite, pero hay casos en instituciones autónomas en que se reciben pensiones propias de sistemas internos, en donde el patrón, la institución, parte del estado, aporta una parte sustancial de las pensiones, costo que es trasladado a los consumidores por aumentos en el costo del servicio que esos entes dan. 

Asimismo, “se quiere acabar con los casos de quienes, además de recibir una pensión, tienen un sueldo porque siguieron laborando después de haberse acogido a retiro,” además, si no me falla la memoria, en el Poder Judicial, por ejemplo, se vuelve a contratar a funcionarios que ya se han pensionado, para que realicen tareas no permanentes, pero sí sucesivas, para su antiguo patrono.
 
Agregue que hay pensionados que pueden recibir dietas en juntas directivas de entes públicos, lo cual me hizo recordar a cierto pensionado del magisterio, quien se pensionó juvenilmente a los 48 años de edad, y ahora genera altos ingresos como directivo en el Banco Popular. Se busca reformar las leyes para que ahora escojan entre pensión o dietas de juntas directivas estatales, mas no ambas.
 
La reforma es impostergable, tanto por exigencias fiscales obvias (la reducción de gasto gubernamental en este rubro es relativamente ínfima), y por decisiones judiciales, así como porque estamos en presencia de una injusticia evidente, obvia, en donde unos privilegiados son mantenidos en sus pensiones de lujo por una ciudadanía que, en promedio, tiene ingresos mucho más bajos que los de los elegidos. Que no se nos engañe una vez más y que se avance seriamente en esa reforma indispensable. Debemos estar atentos ante esto (en especial cuando salgan a pedirles sus votos).


Jorge Corrales Quesada

martes, 5 de marzo de 2019

La columna de Carlos Federico Smith: tras cuernos, palos

Creo que todos tenemos claros que es una pensión de lujo: aquella otorgada por algún ente estatal, para la cual el beneficiario no ha contribuido lo suficiente, incluyendo los intereses generados por el ahorro de ese aporte, a lo largo de su vida laboral activa y esa diferencia faltante es cubierta por el aporte de todos los ciudadanos al fisco, complementándose así la pensión de lujo.
 
Ese es un privilegio, pues no es un derecho derivado de la naturaleza de toda persona, sino por ser parte de un grupo específico de beneficiarios, pagados, como hemos dicho, (usualmente en un monto muy sustancial), por el presupuesto del gobierno de la República, mediante impuestos pagados por todos los ciudadanos.

Pero, hay ciertas características, entre otras, de algunas de esas pensiones de lujo que, para el caso, me interesa destacar: (1) que se pagan hasta que el pensionado (el titular) se muere; (2) que, en algunos casos, la pensión es heredable a los hijos al morir el beneficiario, hasta que cumplan los 18 años o bien hasta los 25, al demostrar que están estudiando. También pueden reclamarla los padres o hermanos del titular fallecido si demuestran ser discapacitados y que dependían económicamente del titular; y (3) que, cuando se muere el pensionado, la viuda, viudo e hijos en las condiciones indicadas en (2), deben informar de ello a la Dirección Nacional de Pensiones (DNP), para efectuar el traspaso de la pensión si es que califican.
 
No obstante, ha pasado, según un estudio de la Contraloría General de la República para el período 2014-2017 y otro de la Dirección Nacional de Pensiones (dependencia del ministerio de Trabajo) para el 2018, que, en el primer caso, el gobierno pagó ¢2.530 millones “de más” por esas pensiones y, en el segundo, que se dieron ¢610 millones a 876 personas fallecidas y a otras personas. O sea, se ha pagado un exceso de ¢3.140 millones en el quinquenio 2014-2018, que fue depositado en cuentas bancarias a nombre del titular muerto o de los herederos. Eso lo informa La Nación del 29 de enero, en su artículo “¢3.140 millones pagados de más en pensiones de lujo.” Los montos pagados de más pasaron de ¢1.523 millones en el 2014 a ¢3.140 millones en el 2018; esto es, un incremento del más del 100%... y nada se hizo para corregir las razones de la hemorragia.

Esos pagos de más se deben a que, en el caso (1), la DNP no tenía el dato correcto de la muerte del titular y seguía depositando la pensión correspondiente y, en los casos (2) y (3), en que no se efectuaba el traslado con los requisitos debidos de los herederos, en cuanto a edad, educación, salud y dependencia del titular, pero la pensión se siguió girando.

La solución a (1) al fin ya se ha puesto en marcha por la DNP, mediante acuerdos con el Registro Civil y el Tribunal Supremo de Elecciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores para titulares fallecidos en el extranjero y con el Poder Judicial. Pero, lo que internamente debe resolver son las situaciones (2) y (3), que dependen de las gestiones y comprobación de lo afirmado, por los herederos del titular. La eficiencia se logra en el momento en que, a partir del fallecimiento de aquel, se deja de depositar el dinero en las cuentas registradas y no será sino hasta que se cumpla con esas gestiones y comprobaciones, que se volverá a desembolsar si fuere el caso. Así, habría un incentivo efectivo para un pronto arreglar de la situación de parte de los herederos. Creo que así se hace en el caso de los pensionados del IVM de la Caja (ojalá no esté yo equivocado).

En todo caso, se ha afirmado que esos fondos pagados de más podrán recuperarse, pero, como señala el medio, “depende de largos procesos entre los beneficiarios y la Dirección General de Pensiones.” Qué triste… largos procesos, pero, después de muerto el titular, rápidamente siguió entrando la plata a las cuentas de los herederos. Según la Contraloría, a agosto del 2017, había 672 casos con un monto total de ¢948 millones por recuperar. 

Recuerden: todo esto es con fondos públicos; recursos aportados por todos los costarricenses para beneficio de un grupo de privilegio; y todavía se termina entregando más de lo debido. Cosas veredes en nuestro gobierno…



Jorge Corrales Quesada