martes, 2 de octubre de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: el salario único. El caso de la ARESEP

En muchas ocasiones hemos escuchado la idea de que la solución al problema de la estructura salarial en el gobierno, así como el alto costo de la planilla, se resolverían una vez que se eliminaran los diversos pluses y se fijara un salario llamado único. Tengo la impresión que en varias instituciones gubernamentales lo han hecho así, como los casos que me llegan a la mente del Banco de Costa Rica, de la Contraloría General de la República y de la ARESEP. Destaco que una característica del sistema de salario único es la voluntad de aceptarlos para los trabajadores del momento en que se acuerdo, y su vigencia para todo nuevo trabajador que ingrese a la institución (cerca de un tercio de los empleados del BCR está todavía bajo el sistema antiguo de pluses).
 
Al momento no parece haber un estudio sistemático de si la reforma ha tenido un efecto, además de eliminar el sistema basado en pluses en el grado en que lo han aceptado los trabajadores “viejos,” de contención o reducción del peso salarial en los presupuestos de las instituciones que han puesto en marcha el sistema de salario único.
 
De aquí que considero que es sumamente interesante y útil lo que nos presenta la edición de La Nación del 30 de julio, bajo el titular “Salarios en ARESEP crecen en 34% en cinco años: De ¢7.125 a ¢9.572 millones para el 2019,” para ver los efectos del cambio en la política salarial, dado que esa institución desde el 2008 estableció el salario único.
 
El medio señala que en cinco años (del 2014 y el 2019), “el gasto en sueldos para sus 332 empleados habrá aumentado un 34%,” e indica que, entre las causas de ello, “está un aumento en la cantidad de empleados”, en “el mayor pago de remuneraciones corresponde al aumento en la cantidad de plazas, sobre todo el ocurrido en el 2015, cuando se crearon 17,” como lo reconoce la ARESEP. Los salarios, sin incluir las cargas sociales se incrementaron en un 34% en esos 5 años.
 
La comparación que a uno le gustaría tener es cuánto han aumentado los costos salariales, incluyendo pluses, para los cerca de 110 empleados que están bajo el anterior régimen salarial y cuánto para los restantes (aproximadamente 230 empleados bajo salario único), para así comparativamente valorar cuánto es el peso respectivo de cada uno de los sistemas en el total de erogaciones salariales totales de la institución.
 
Esto nos diría, en el caso hipotético de que los salarios únicos crezcan menos que los otros que comprenden pluses, que la reforma, a largo plazo, puede ser la conveniente en un marco de entrarle a los costos de cualquier institución, pero, también, se debe tomar en cuenta otro factor que surge cuando algún ente pretenda hacer la transformación de un sistema de pluses a un sistema de salario único, cual es el punto de partida.  Esto es, si, cuando se instauró el salario único, había montos muy elevados en comparación con los salarios anteriores basados en pluses y, por ello, se tiene un peso mayor de la carga salarial.
 
Claro, lo difícil de la transacción es que, dado que cambiar de un salario con pluses hacia un único de carácter voluntario, posiblemente, para que los trabajadores acepten el cambio, la entidad deba ofrecer un monto mayor al inicio bajo los salarios únicos, que el sustentado en pluses.
 
Según el reporte periodístico, las remuneraciones básicas, que comprenden servicios especiales, suplencias y sueldos para puestos fijos que incluye el salario único, han crecido en un 37% en esos cinco años, pues pasaron de ¢4.505 millones en el 2014 a ¢6.173 millones en el 2019. Por su parte, los pluses crecieron de ¢2.620 millones en el 2014 a ¢3.399 millones en el 2019; esto es, un aumento de 29.7%. Pero, lamentablemente, no nos permiten aseverar con exactitud que el sistema salarial basado en pluses ha crecido menos que el nuevo basado en un salario único, pues aquella cifra de remuneraciones incorpora la parte del salario a la que se adicionan los pluses para conformar el pago a los trabajadores “viejos.”
 
Se necesita una mejor separación de las partidas para saber si el nuevo sistema es más económico o no que el viejo basado en pluses.
 
Pero, como que por todo lado sigue vigente el serio problema de elevados salarios en el sector gubernamental, que en última instancia son sufragados por los ciudadanos. En el caso particular de la ARESEP, provienen de “los cánones que cobra a 70 entidades o empresas de servicio público por las labores de regulación, los cuales, a su vez, se trasladan a las tarifas que pagan los usuarios.”  Esto es, que, si bien el gasto en el costo laboral del sistema de los salarios únicos podría crecer menos que como lo hace el sistema de salarios más pluses, el cambio puede haber significado una suma muy elevada en el costo total laboral de la entidad.
 
Sugiero al medio hacer la comparación debida, así como analizar el impacto habido en el cambio del esquema salarial de la Contraloría y del Banco de Costa Rica, para valorar adecuadamente si se ha traducido en una reducción de costos para la ciudadanía.



Jorge Corrales Quesada

martes, 25 de septiembre de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: días cruciales en la Sala Constitucional

Aparentemente en los próximos días la Sala Constitucional tendrá que tomar decisiones acerca de la constitucionalidad de una serie de acciones allí planteadas.

En concreto, hay cuatro acciones que se presentaron en torno a las pensiones de lujo que se resolverían a mediados de este mes, como resultado de la puesta en marcha de la Ley 7858 de 1998, que ponía un tope a las pensiones de la administración pública de 10 veces el salario mínimo. Dichas acciones van dirigidas contra la decisión administrativa mencionada, así como sobre dicha ley. La Sala puede resolverlas o no: ojalá que los ciudadanos podamos ver algún grado de justicia, pues la pensión sólo debería corresponder a lo pagado por los beneficiados y no con el aporte tributario de toda la ciudadanía.  Esta información aparece en el artículo de La Nación del 6 de setiembre, titulada “Sala IV verá este mes recortes a las pensiones de lujo.” La ciudadanía mira esto con mucha atención, pues es consciente de la enorme injusticia de esos privilegios y es indispensable que la Corte tome acciones que devuelvan la confianza ciudadana en una justicia hoy casi perdida.
 
Asimismo, la Sala IV tendrá pronto que resolver al menos 9 acciones de inconstitucionalidad que se han presentado contra la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa en abril pasado al Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial, que aumenta la edad de jubilación de 60 a 65 años y de 30 a 35 los años de servicios para poder recibir la pensión y, ante todo, que la pensión no sea de hasta ¢10 millones, sino que haya un tope de ¢4 millones. Este monto, sigue siendo sumamente elevado y posiblemente nadie de los que la recibiría haya cotizado lo suficiente para disfrutarla, cubriendo la ciudadanía contribuyente la diferencia por medio de tributos.
 
Además, “los magistrados también deberán conocer 13 recursos de amparo (y a nosotros, los ciudadanos contribuyentes, ¿quién nos ampara?), uno interpuesto por 19 altos exjerarcas judiciales y 12 planteados por organizaciones gremiales, contra el Consejo Superior (de la Corte) por poner en ejecución la mencionada legislación,” que rebajó las pensiones de lujo y les impuso topes.
 
Lo delicado del asunto es, quiénes serán los que resuelvan estos casos, al haber imposibilidad lógica de que los jueces propietarios puedan ver un asunto que les concierne personalmente, deberían ser sustituidos por suplentes, quienes, si tampoco pueden ver los casos por posibles conflictos de interés, tendrían que ser los primeros.
 
Por ello, es muy justo y afortunado el criterio del nuevo presidente de la Corte, el licenciado Fernando Cruz, quien dijo al respecto que “eso es un problema que habría que resolver en un futuro, pero a mí me parece que debiera tenerse un grupo de magistrados que no sean funcionarios judiciales y que, en asuntos de ese tipo, puedan intervenir.” Muy cierto, lamentablemente lo que ahora tenemos a mano es personas decidiendo cosas en las que ellos tienen un interés propio y eso impone la existencia de un acto de fe y confianza de los ciudadanos en los jueces, el cual, lamentablemente, hoy no parece tenerlo la ciudadanía. Esto es lo delicado del asunto y por esto debemos estar muy atentos a lo que suceda, en la esperanza de que verdaderamente se haga justicia y no que las decisiones tengan lugar por algún interés propio de quienes las toman. Tal vez, si lo justo es lo que clama la ciudadanía ante las pensiones de lujo, nos alegrarán. Caso contrario, me imagino lo que pensarán y dirán los ciudadanos. Es mucho lo que está en juego.


Jorge Corrales Quesada

martes, 18 de septiembre de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: viva la diferencia

Estoy casi seguro que una enorme cantidad de jóvenes que han acudido a esas actividades en donde se reciben solicitudes de empleo para trabajar en la empresa privada, se da cuenta de que, ante lo limitado que suele ser el curriculum, quien le entrevista para el trabajo o le hace allí una evaluación si la labor por realizar no es compleja o, bien, si parece ser interesante, luego en la empresa o en la oficina reclutadora se le valoran los conocimientos, experiencias, aptitudes, inteligencia y similares, antes de contratársele. Ese es el comportamiento lógico, usual, cuando una empresa quiere contratar a alguien para que labore a cambio de un sueldo. En esencia, quien le contrata estará dispuesto a pagarle un salario en función de aquellos atributos, empezando porque los salarios saldrán de una persona específica de la empresa: el dueño o sus dueños, quienes buscarán hacer el mejor uso de su dinero escaso.

Veamos ahora lo que señala el Estado de la Educación, en su informe “Costa Rica: El estado de políticas públicas docentes,” que aparece citado como una fuente original para el artículo de La Nación del 17 de agosto, titulado “Servicio Civil recluta maestros sin evaluar sus conocimientos.” Dice el Estado de la Educación: “Ni la vocación del educador, ni sus habilidades sociales, conocimiento y prácticas en el aula son tomados en cuenta para su selección. El modelo de contratación no ha evolucionado al ritmo de otras reformas, ni según con nuevas necesidades de aprendizaje de los estudiantes, como tampoco lo han hecho los filtros de ingreso a las carreras de Educación.” 

En sencillo, como dice el medio, lo que se pide es “tener un título y estar afiliado al colegio profesional respectivo.” Obviamente algo ridículo, oneroso, irresponsable y causal potencial de un grave daño a los estudiantes. Sabemos que hay diversidad de calidades en títulos y el ridículo contractual es que esa misma Dirección del Servicio Civil, ajusta puntos para la calificación de un puntaje, si presenta otros títulos que incluso no tienen relación alguna con la carrera docente que se espera llenar.

Y la exigencia de estar colegiado es otro abuso a la inteligencia, pues para que usted pueda traer maestros del exterior ahora sólo podrían dar clases si son colegiados (no es nada raro que se les ofrezca colegiación honoraria, pero tal, vez, eso sí, pagando las cuotas del colegio…). No colegiados como Sócrates, Platón o Aristóteles, o, más modernamente en nuestra Universidad de Costa Rica, profesores españoles como don Constantino Láscaris o don Teodoro Olarte o don Francisco Álvarez, así como John De Abate o el guatemalteco Salvador Aguado, todos de la segunda mitad del siglo pasado, no podría ser maestros. Todo un abuso evidente a la inteligencia.

Pero, el Servicio Civil no ve si los maestros que contratan para las escuelas públicas, por supuesto pagados por todos nosotros, tienen vocación, conocimiento o habilidades para el cargo. Ello, a pesar de que desde el 2012, una vez más como con otras cosas de nuestra folclórica burocracia, la Sala Constitucional había ordenado que el Servicio Civil aplicara “pruebas de conocimiento a los oferentes en concursos públicos y establecía un período para evaluar aspectos de razonamiento verbal y numérico, así como conocimientos científicos relacionados al ámbito profesional respectivo.”

El informe agrega aún más, pues el Ministerio de Educación Pública, señala el medio, “no cuenta con programas de inducción para los nuevos docentes [¿entran directo a dar las clases?], ni tiene un sistema de evaluación del desempeño… (ni) ofrece capacitación continua que supla carencias de una formación inicial.” Estamos bien jodidos… y todavía así, recientemente, el MEP envió ¢15.000 millones de sus recursos para financiar la educación superior del estado (FEES) y, obviamente, no en ignorancia de esta enorme debilidad de la educación básica de nuestro país.

Pero, no hay problema. ¿Se acuerdan de los pluses en el gobierno? ¿Particularmente de aquel relacionado con la calificación del desempeño de los docentes para efectos de aumentos salariales? Pues bien, aun cuando casi no hay requisitos de calidad para ser contratado como maestro (sólo el título y la membresía en el colegio profesional correspondiente), “En la última evaluación de desempeño hecha en el 2016 [como que ya ni eso se hace], de 63.429 docentes del MEP, cuatro fueron calificados con desempeño ‘inaceptable’; 18 con ‘insuficiente’, 1.308 con ‘bueno’ y 1.349 con ‘muy bueno’. El resto, 60.750, fueron ‘excelentes.’” No hay palabras, casi todos (96%) son excelentes. Ya entiendo la razón por la cual actualmente no se hace una evaluación del desempeño de los maestros: casi todos son una maravilla, de manera que, ¿para qué perder el tiempo evaluándolos?

Voy a marchar para eliminar esta evaluación que otorga el plus por desempeño, pues es una injusticia social que ese 4% restante no reciba esos aumentos pagados por todos los ciudadanos. ¡Hasta que duele el alma!

 


Jorge Corrales Quesada


martes, 11 de septiembre de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: poner oídos sordos es conveniente.

En el pasado la Sala Constitucional tomó decisiones relevantes en cuanto a ciertos pluses, que vuelven a salir a la palestra cuando, según informa La Nación en su edición del 16 de agosto, bajo el encabezado “INS y RECOPE desoyen a Sala IV para conservar pluses salariales,” esas dos entidades han sido objeto de denuncia de parte de la Procuraduría General de la República por no obedecerlas.

Según el medio, se refiere a dos decisiones de la Sala IV, siendo la primera del 2006, cuando “el alto tribunal declaró inconstitucional la indemnización para empleados despedidos sin responsabilidad patronal,” y la segunda del 2014, al resolver la Sala IV, ante acción de la Contraloría, una oposición a que RECOPE otorgara “un aumento adicional al pago de anualidades, que reconocen entre 3% y 5% a los trabajadores no profesionales con el argumento de que sus salarios están por debajo de los sueldos del sector público.” 

Veamos el caso del INS objeto del criterio de la Procuraduría (bien por ella), en donde ella le indica, ante su pedido, a la Sala Constitucional, que aquella entidad sigue pagando indebidamente privilegios en sus convenciones colectivas, que fueron determinados como improcedentes por esa Sala

Concretamente, indica la Procuraduría la improcedencia de que se continúe, a pesar de aquella resolución de la Sala del 2006, el pago de cesantía cuando sus empleados renuncian o terminan el contrato laboral sin que haya justificación; esto es, por simple petición del que renuncia. En la sentencia referida se lee: “La indemnización está prevista para los casos de despido sin justa causa, pues es una consecuencia lógica del rompimiento del contrato por decisión unilateral del patrono. En aquellos casos donde el rompimiento del contrato de trabajo obedece a una causa imputable al trabajador, no se justifica el pago de cesantía, pues no existe causa que lo legitime.” 

La excusa del INS sin duda que inquieta, pues, según el medio, su presidente ejecutivo, Elián Villegas, dice que el INS “tiene un régimen salarial distinto al del resto del sector público por tratarse de una empresa en competencia que requiere de compensaciones como esa para retener el talento,” pero, lo cierto es que hay otras entidades del gobierno que no tiene esa prebenda y que están compitiendo con la empresa privada y que requieren de personal talentoso, como puede ser el caso del ICE, de los bancos comerciales del estado, entre otros. Es decir, esas entidades no tienen ese plus de pagar prestaciones por simple renuncia para mantener a su personal calificado: podrán tener otras, pero no esa específica, que distorsiona totalmente el concepto original del auxilio de cesantía, que se aplicaba cuando se despedía por decisión patronal no justificada o al pensionarse, pero nunca -y ese fue el abuso- cuando el empleado presentaba su renuncia porque le parecía o le daba la gana. En el caso de RECOPE, también, a petición de las Sala IV, la Procuraduría le indica que en esa entidad se seguía pagando un plus que el ente judicial había declarado que era inconstitucional. Bien por la Procuraduría.

Específicamente, la Sala en el 2014 indicó que el inciso de referencia usado por RECOPE para fundamentar un incentivo adicional al pago de anualidades, de entre 3 y 5% a sus trabajadores no profesionales, lesionaba “los principios de igualdad, razonabilidad y proporcionalidad y el buen uso de los fondos públicos, sin que existan motivos suficientes y razonables para el mantenimiento de tales diferencias salariales,” pues estaban bien pagados. Es más, la Sala en sus considerandos dijo que no se podía aplicar ese beneficio, sino hasta que “no se logre establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los funcionarios no profesionales.”
 
La imaginación de la burocracia de RECOPE para remediar el caso no se tardó en salir a flote. Inventaron y colocaron en la nueva convención colectiva (negociada en el 2016) una “escala de aumentos de entre 3% y 5%, cuyo piso se otorga aun si la persona obtiene un cero de calificación,” adicional al aumento por anualidades. Ese fue el mecanismo “brillante” que se inventaron para seguir con el privilegio cuestionado por el fallo del 2014 de la Sala IV.
 
La respuesta de RECOPE, por el momento, señala que, como hay una inconstitucionalidad por resolver de la convención colectiva de RECOPE, no se referirán al asunto. No deja de sorprender que su asesora legal, Zoraida Fallas, señalara, según el medio, que “la inclusión del beneficio fue acordada por la anterior administración y que, por tanto, no podría explicar por qué se tomó esa decisión.” Bueno, en una entidad cuya existencia es continua y permanente, se debería saber por qué una directiva anterior tomó esa decisión: el mundo no cambió totalmente porque hubo un cambio de gobierno y de directiva. Ahí han de estar los papeles...
 
En todo caso, el comportamiento del INS y de RECOPE sirve de advertencia de que esos males, como los zombis de las películas, mueren, pero luego resucitan con brujerías. Harán todo lo posible por mantener los privilegios, incluso desatendiendo fallos que les afectan en sus pluses. La lucha por introducir cierta sanidad en las políticas de privilegios a diestra y siniestra no va a ser fácil, pues los zombis seguirán en su intento de seguir viviendo… y haciéndonos la vida más difícil a los ciudadanos contribuyentes



Jorge Corrales Quesada



martes, 4 de septiembre de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: secuencia relativamente resumida del déficit gubernamental de los últimos años

Es interesante el análisis resumido que hace La Nación del 3 de agosto en su artículo “El coctel que llevó al Gobierno a su actual crisis económica,” que desde el 2018 presenta un déficit primario; esto es, el último año en que el gobierno gastó menos que lo que recibe de ingresos, excluyendo el gasto por el pago de intereses. Esto equivale al ahorro del gobierno sin tomar en cuenta el pago de intereses por la deuda pública. 

Prefiero tener una idea del déficit total del gobierno, resultado de la comparación del total de ingresos percibidos menos el gasto total, incluyendo el pago de intereses, pues da una idea, en mi opinión, más apropiada del ahorro efectivo del gobierno. Después de todo, los intereses de la deuda pública se deben pagar, al igual que muchos otros gastos corrientes.  

En todo caso, en el 2008 el país tuvo un superávit primario (más ingresos que gastos sin tomar en cuenta el pago de intereses) del 2.4% del PIB y ya en el 2017 el país tenía un déficit primario (más gastos que ingresos sin tomar en cuenta el pago de intereses) del 3% del PIB. El superávit financiero con respeto al PIB en el 2008 (que incluye intereses) fue de un 0.2% del PIB y ya para el 2017 el déficit financiero ascendió a un 6.2 y “amenaza con superar el 7.2% este año.” (Debo hacer notar que el artículo de La Nación consigna erradamente los datos del 2008, pues dice que el superávit primario fue de un 0.2%, cuando esa cifra corresponde al superávit financiero). 

Señala el artículo citado que “Según la Contraloría [en su Memoria Anual del 2017] el superávit del 2008 fue el resultado del aumento en la recaudación de impuestos y de la contención del gasto público que se practicó a inicios de los años 2000.” Pero, ya en el 2009 la cosa cambió debido esencialmente a dos factores: la caída de ingresos tributarios por la crisis económica mundial y un aumento de los gastos durante la administración Arias (recordemos al Plan Escudo). 

La Contraloría dice que el gasto “aumentó, principalmente por un alza en los salarios, atribuible a que el Gobierno decretó correctivos en las bases salariales de los puestos profesionales del Servicio Civil que pretendía llevar a un sitial intermedio las escalas del sector público (percentil 50) y continúa aumentando de manera inercial.” 

Según la Contraloría, el crecimiento inercial del gasto gubernamental se debe a varias razones: (1) “la gran cantidad de instituciones -330 en total- que trabajan gracias a” las transferencias del Gobierno Central a sus presupuestos; (2) que muchas instituciones que reciben esas transferencias se dan por leyes que obligan al Gobierno a hacerlas, como es el caso del Fondo Especial para la Educación Superior, que obliga al Gobierno Central a transferir el 8% del PIB a las universidades públicas; (3) los salarios y los pluses. “En promedio, para el período 2012-2017, los incentivos crecieron a una tasa del 6.3% en comparación al 5.2% promedio de las remuneraciones básicas,” cita el medio a la Contraloría (y obviamente el conjunto de ambos -salarios base y pluses- aumenta significativamente las remuneraciones totales).  

Por su parte, del lado de los ingresos, según el artículo de La Nación, la Contraloría señala que “las exoneraciones y la evasión fiscal son significativas,” y menciona que “en el 2015, los impuestos que se dejaron de cobrar por un tratamiento tributario diferenciado fue equivalente a un 5.34% del PIB,” lo cual me parece que es resultado de estimaciones de evitaciones legales, como, por ejemplo, las exoneraciones a insumos para bienes exportados, que son permitidas y usuales en sistemas impositivos para mantener la competitividad externa de la producción doméstica, así como de evasiones, que son ilegales y responsabilidad del Ministerio de Hacienda por su recaudación (me imagino que esto incluye a los contrabandos, que bien sabemos se da por impuestos excesivos). 

Asimismo, para llenar el hueco entre gastos e ingresos, el gobierno acudió al endeudamiento. Es así como en el 2008, el porcentaje que, de la producción nacional de ese año, representa el endeudamiento del gobierno (esto es, de todos los costarricenses, quienes seremos quienes terminemos pagando estas obligaciones) ascendió a un 24.1%, pero ya para el 2017 ese porcentaje se acerca a la mitad de la producción anual. 

En otras palabras, el gobierno ha usado cada vez más endeudamiento para pagar los gastos corrientes, tales como salarios, que se han convertido, entre otros, incluyendo pluses y decisiones legislativas que crean nuevas funciones para el estado sin determinar de dónde procederán los recursos para ello, en detonantes del crecientemente elevado gasto gubernamental. Por ejemplo, “en promedio, para el período 2012-2017 los incentivos (o pluses) crecieron a una tasa anual del 6.3% en comparación al (sic) 5.2% promedio de las remuneraciones básicas.” 


Jorge Corrales Quesada 

martes, 28 de agosto de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: ¿dueños de qué? Tal vez de nada...el dueño es otro

Este es un ejemplo de algo que ha venido dándose y dándose y dándose, y todas las burocracias no lo han resuelto  ̶ durante 60 largos y extensos años. Me refiero a que el Instituto de Desarrollo Agrario (INDER), antes llamado Instituto de Tierras y Colonización (ITCO), luego Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), sigue siendo la misma mona con el mismo rabo (pero con nombres cambiados cada cierta temporada), pues resulta que, según aparece en un comentario en La Nación del 17 de julio, bajo el título “INDER acumula desorden de 60 años con tierra sin regular,” el desorden allí con las tierras “es tal que la institución ni siquiera tiene claro a cuánto asciende el área de sus propiedades…” Tal vez el INDER, como dice la canción del Puma, es “dueño de nada” o bien dueño de lo que otros creen que es de ellos.
 
El desorden es tal que, por ejemplo, “se ‘descubrió’ que la… Hacienda Miravalles, la cual incluye comunidades de Bagaces, como Fortuna, Guayabo y San Bernardo, es propiedad de esa institución.” Estamos hablando de pueblos relativamente grandes en Guanacaste, en donde sus habitantes de muchos años, no son sus dueños de sus tierras, sino que el propietario es el ente estatal (o sea, aquellos hoy son “dueños de nada.”) Y, señala el medio a su fuente. la presidenta ejecutiva del INA, señora Diana Murillo, en cuanto a que “casos como ese se repiten en todas las zonas del país.” Bueno, mejor revisar si lo que uno cree que es de su propiedad, en la de menos resulta ser del INDER.
 
Para saber en realidad como está la situación de sus propiedades, como siempre suele suceder, habrá contrataciones de “abogados, notarios, topógrafos, asistentes y encuestadores, entre otros, para aligerar la tarea.” La suma por gastar se estima en ¢2.700 millones en cuatro años. La plata en el estado parece abundar…
 
Vean las razones que, en opinión de funcionarios del INDER, “intervienen en la acumulación del problema”: verán en ellos una loa a la ineficiencia de la burocracia a través de muchos, pero muchos, años:
 
1.- Se compraron fincas ya ocupadas y se les dieron las parcelas a los que calificaban y se desalojaba a los que no. Gran cantidad de los que las recibieron no se interesaron en la escritura para evitar “el compromiso de mantenerse al menos 15 años en la parcela,” así como no pagar impuestos y, “en otras ocasiones, la entidad nunca ejecutó la acción de titularizar las parcelas.”
 
2.- Que tierras donadas por grandes empresas (como la Bananera) no fueron puestas en regla.
 
3.- Tierras que el gobierno traspasó mediante decreto y que nunca el acto se legalizó para quienes las ocuparon.
 
4.- Se compraron tierras que luego demostraron tener problemas de registro y a los cuales no se les puso orden.
 
Como acertadamente lo señala la señora Murillo, aunque la institución por muchos años “ha planeado como justificación la falta de personal para realizar la labor de regularización, esta no ha sido la causa principal, esa es normalmente la excusa perfecta para no hacer el trabajo que nos corresponde.” Bien dicho y buena suerte, señora presidenta ejecutiva del INDER: que no pasen otros sesenta años más para celebrar el 120 aniversario del desorden.



Jorge Corrales Quesada


martes, 21 de agosto de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: la gloria salarial en el ICT

Dos artículos recientes de La Nación, uno del 16 de julio titulado “Antiguo incentivo del ICT impacta su presupuesto,” y otro del 30 de julio, bajo el encabezado “53 empleados del ICT ganan más que la presidenta ejecutiva,” brindan la información base para mi comentario.

En resumen, el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) posee un sistema de incentivos que desborda lo imaginado. Vale la pena que destaquemos algunos detalles de, al menos, 14 incentivos, en donde hay un presupuesto total para incentivos en el 2018 de ¢5,720 millones.

1.- ANUALIDADES: Se paga un 5% sobre el salario base. En el presupuesto de este año se estima que costará ¢2.243 millones. (Dado que, según La Nación del 16 de julio en el ICT hay 298 empleados y en el reportaje del 30 de julio indica que allí 277 empleados, como no sé cuál es el real, salomónicamente escojo el promedio de 287 empleados para algunos cálculos). Eso significa que, en promedio, cada empleado recibiría ¢7.8 millones al año, sólo por anualidades (recuerden, este es sólo un promedio; algunos recibirán mucho más y, otros, mucho menos). “Un informe de remuneraciones realizado en el 2016 por el ICT señaló que sus empleados tienen, en promedio, 18 anualidades,” dice en su comentario La Nación del 16 de julio.

2.- QUINQUENIO: Se paga un 10% sobre el salario base por cada vez que el empleado cumpla 5 años de trabajar; pagadero en fracciones de 2% cada año y para cada quinquenio trabajado. Incluso si no cumple los 5 años laborando, se le reconoce anualmente el 2%; también si se retira antes de ese tiempo. En el presupuesto de este año, el ICT desembolsará ¢710 millones por este plus.
Es importante analizar un poco estos dos primeros pluses en conjunto.  Ambos, de hecho, significan un 7% del salario base. Los dos se reflejan en el presupuesto de este año en la cifra de ¢2.953 millones; o sea, un promedio de ¢10.3 millones por empleado por año. Estos dos incentivos exceden al monto presupuestado para el salario base en casi un 20% (o sea, se paga por esos dos incentivos, un 20% más de lo pagado como salarios base), que en este año es de ¢2.467 millones,
En el 2006, la Procuraduría General de la República se opuso a este adelanto del 2% anual del pago total del quinquenio, al considerar “que desnaturaliza la figura del quinquenio.” Quienes quedamos “desnaturalizados” somos los ciudadanos, al ver cómo se emplean los recursos públicos. Y todo ha seguido igual… Procuraduría o no.

3.- ASIGNACIÓN PROFESIONAL: Se reconoce hasta un 20% del salario base por estudios formales. Hace poco lo eliminó la Sala Constitucional, pero sólo para nuevos empleados. Así, para los “anteriores,” el presupuesto del 2018 destina ¢211 millones.

4.- CARRERA PROFESIONAL: Se reconoce lo mismo que el gobierno central, que antes era de un 1.55% del salario base y recientemente se fijó un monto de ¢2.273 por cada punto, siempre que no sea requisito para el puesto correspondiente. El monto presupuestado para este año por el ICT para esta partida, es de ¢280 millones.

5.-DEDICACIÓN EXCLUSIVA: Se paga a la mitad de los funcionarios del ICT y el monto presupuestado este año es de ¢800 millones. Refiriéndose a los funcionarios del ICT que actualmente ganan más que la presidenta ejecutiva de él, se indica en la información del 30 de julio que “Reciben… un 55% por dedicación exclusiva…” Tal es el caso presentado de un ejemplo de un jefe de departamento.

6.- FONDO DE JUBILACIONES: El ICT aporta un 5% de la planilla para dicho fondo de los empleados.

7.- FONDO DE GARANTÍAS: El ICT aporta un 5% de la planilla para ese fondo de los empleados.

8.- ASOCIACIÓN SOLIDARISTA: El ICT aporta un 5.33% de la planilla para tal fondo de los empleados.
Los pluses del 6 al 8 antes indicados, significan un monto en el presupuesto del 2018 de ¢917 millones.

9.- VACACIONES: 30 días hábiles al año.
 
10.- JORNADA: 8 horas diarias, que incluyen 45 minutos para almorzar.
 
11.- PERMISOS PARA ESTUDIAR: Se paga el salario para estudios en el país o en el exterior.
 
12.- MATRIMONIO: Se otorgan 8 días hábiles con pago completo del salario.
 
13.- PAGO POR INCAPACIDAD: El ICT paga el diferencial con respecto a lo que paga la Caja de Seguro Social por incapacidad, a fin de que el empleado reciba el 100% de su salario en ese lapso.
 
14.- FUNERALES: El ICT otorga “beneficios económicos para cubrir gastos funerales de los familiares de sus colaboradores.”
 
Todo esto conduce a una disparidad total entre los salarios de ciertos altos funcionarios del ICT, según lo expone el comentario de La Nación del 30 de julio. Por ejemplo, y es el punto de referencia, mientras que un ministro del gobierno de la República, incluyendo la prohibición, gana un salario base más pluses de aproximadamente ¢2.3 millones o que la presidenta ejecutiva del ICT reciba un salario total fijo de ¢2.7 millones, en el caso del auditor tiene un salario base de ¢1.3 millones más ¢4.6 millones (el medio erradamente indica una cifra que no calza de ¢3.6), para un total mensual de ¢5.9 millones. Por su parte, un jefe de departamento puede ganar un total de casi ¢4.9 millones, formado por un salario base de ¢900 miles y los pluses de casi ¢4 millones. Asimismo, un ejecutivo de turismo 2 obtiene un ingreso mensual total de ¢3.5 millones, conformado por un sueldo base de ¢700 mil colones y ¢2.8 millones en pluses. Evidentemente algo anda muy, pero muy, mal en la estructura salarial del ICT.

Pero, hay algo sorprendente que afirmó “la institución,” el ICT: “Nótese que el ICT no forma parte del Gobierno Central, ni tampoco forma parte de las instituciones cuyo presupuesto proviene de ningún tipo de transferencia.” De hecho, provienen “del impuesto de un 5% sobre los pasajes para viajes internacionales que se compran dentro y fuera del país, así como de un impuesto de ingreso de $15,” tratando con esa aseveración de presentar una justificación a su discorde política salarial.

Aparentemente lo que esas autoridades consideran es que hay un país llamado ICT dentro de Costa Rica y que, si ellos directamente esos fondos provenientes de un impuesto nacional, no se trata, en última instancia, de fondos públicos de todos los costarricenses. Lo pongo en sencillo: lo que uno paga por los impuestos de ventas o renta es equivalente a lo que uno paga en impuestos al comprar un tiquete de viaje: sale de los bolsillos de las personas, y son fondos llamados públicos, porque pertenecen, en última instancia, a un pago que la ciudadanía hace al erario del estado. No estamos en presencia de un reino independiente, que puede hacer lo que le da la gana con esos recursos; tan es así, que se requiere de una aprobación presupuestaria por parte de la Contraloría General de la República en representación ciudadana, para que el ICT pueda usar esos recursos. Si esos burócratas alegan que aquellos son impuestos que “pagan los extranjeros,” y que por tanto no es de bolsillos de nacionales, igualmente lo son los impuestos a las exportaciones o la serie de cargas sociales que se agregan en el costo del trabajo usado para producirlas.
 
Los gastos del ICT, como los de cualquier otro ente autónomo, descentralizado o sujeto público, constituyen el uso dado a dineros de personas que pasan, mediante diversos cargos e impuestos, a manos de entes del estado y no son de uso discrecional por parte de ningún burócrata jerarca de un ente público. Que quedemos bien claros en esto…



Jorge Corrales Quesada

martes, 14 de agosto de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: los pluses en las universidades públicas

Cuando uno observa cómo un ministro de Educación es capaz de trasladar recursos de su ministerio, que parecían eran “sobrantes,” hacia las universidades estatales, le da cólera que ese mismo gobierno pretenda cargar a la ciudadanía con más impuestos, para que se pueda seguir en ese derroche de recursos de los contribuyentes.

Recuerden que el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), es un aporte que el gobierno hace a las universidades públicas (excepto para la Universidad Técnica Nacional, que recibe financiamiento gubernamental por aparte) con fondos de todos los ciudadanos. En el 2018, el FEES significó un gasto de ¢496.279 millones y para el 2019 el monto sería de ¢511.154 millones y, esa diferencia de alrededor de ¢15.000 millones saldrá de sobrantes en los gastos del MEP. O sea, que eran recursos que, en vez ser ahora gastados en una educación financieramente privilegiada, podía haberse usado, por ejemplo, en restaurar escuelas y colegios hoy en mal estado. Pero, con esto el gobierno nos demuestra adónde es que radican sus preferencias de gasto y, peor aún, que no parece haber una actitud de mesura en el gasto, sino, más bien, acudir a más impuestos o al endeudamiento de toda la ciudadanía para seguir en ese gasto displicente. La fuente de los datos aquí citado es el artículo, “Incentivos en universidades públicas devoran ¢1 de cada ¢3: UCR, UNA, UNED y ITCR gastan en pluses más que en salarios base,” de La Nación del 10 de julio.

Para este año se estima que el total de los presupuestos de las universidades públicas será de ¢714.000 millones, con lo cual el FEES equivaldría a poco más del 70% de ese presupuesto. Y, por otra parte, el total de remuneraciones (que incluye salarios, cargas sociales e incentivos) para este año ascendería a ¢418.020; esto es, casi el 82% del FEES. En dos palabras, una parte sustancial de los presupuestos de las universidades públicas se financia con el FEES y, en esencia, una parte significativa del FEES equivale al financiamiento de las remuneraciones del personal de esas universidades.

Además, los llamados incentivos o pluses en esas universidades públicas en el 2018 se considera que ascenderá a ¢201.393 millones, mientras que los salarios base de esos centros para este año totalizarían ¢337.016. Estos últimos, como porcentaje de los presupuestos, serían un 28.2%; es decir, de casi un tercio del presupuesto se va en el pago de salarios básicos y, por cada colón que se gasta en salarios básicos, se gasta casi ¢1.50 en pluses (en la UCR el cociente es de ¢1.73; en la UNA de ¢1.09; en la UNED de ¢1.51, en el TEC de ¢1.87 y en la Universidad Técnica Nacional de ¢0.87; por contraste, en el gobierno central el monto equivalente es de ¢1.04).

Dado que “las universidades pagan al menos 20 incentivos entre sus empleados docentes y administrativos,” haré un breve recuento de sólo algunos de los pluses pagados en cada centro mencionado, específicamente en el artículo citado:
 
UCR: Anualidad del 3.75% por cada año laborado; otro por antigüedad; 30% por dedicación exclusiva; otro 30% por mérito académico y se puede acumular otro 4% por cada paso académico que se obtenga; zonaje por hasta un 39% y, si se desplaza a otra sede de la UCR, puede obtener una bonificación de hasta un 29%. En la UCR la anualidad era antes del 5.5% sobre el salario base, pero, la nueva del 3.75%, aun siendo porcentualmente menor, se calcula sobre el salario base más otros componentes.
 
TEC: Anualidad entre 4 y 6%; 30% por dedicación exclusiva y hasta un 56% por grado académico y “otro porcentaje variable por carrera profesional.” Los rectores reciben un reconocimiento “por su cargo” de 130%, por jefatura y coordinación. La anualidad era antes de un 5.5% y ahora oscila entre un 4% y un 6%.
 
UNA: Anualidad del 4%, entre otros, como, por ejemplo, el de los informáticos de un 15% sobre su salario.
 
UNED: Adicional al salario como reconocimiento por el cargo, que en el caso del rector puede llegar a un 150%.
Universidad Técnica Nacional: Anualidad del 3%.
 
Por supuesto que estos son unos pocos pluses y hay una gran cantidad de ellos y, como dicen, para todos los gustos. Pero todos tienen algo en común: que son privilegios para unos pocos y que son pagados por toda la ciudadanía con sus impuestos.

 
Jorge Corrales Quesada

martes, 24 de julio de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: metástasis en cesantías

Del abuso con privilegios no se escapan las municipalidades -y me abstendré de hablar acerca de los altos salarios que ganan algunos alcaldes jerarcas en ciertas municipalidades (valdría la pena que algún medio hiciera el recuento)- como es el caso con el auxilio de cesantía. Incluso, siendo permisivo en cuanto a que el tope de la cesantía en los entes públicos sea de 12 años, cuatro años más que los indicados en el Código de Trabajo para los trabajadores en general del sector privado, la lista de quienes lo exceden es alta. O sea, he aquí tres listados, con base en un artículo de La Nación del 16 de junio titulado “47 municipalidades exceden tope de 12 años en cesantía: Convenciones otorgan incentivo mayor al fijado por Sala IV,” tanto el de las municipalidades que pagan cesantía en exceso de 12 años, así como de municipios en donde no hay limite a los montos por cesantía, al igual que los ayuntamientos en donde se paga la cesantía aún en el caso en que medie renuncia o terminación voluntaria del contrato (recuerden que el auxilio de cesantía en el Código de Trabajo se otorga sólo al pensionarse el trabajador o cuando se le destituye por voluntad del patrono y así se aplica al trabajador privado). 

La base de estos listados deviene de 52 municipalidades que poseen convenciones colectivas registradas ante el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social.
Empecemos por las 13 MUNIPALIDADES EN LAS QUE LA CESANTÍA ES ILIMITADA (sus convenciones colectivas no definen un número de años como límite para otorgar la cesantía):
(1) Acosta; (2) Curridabat; (3) Goicoechea; (4) Grecia; (5) Liberia; (6) Orotina; (7) Pococí; (8) San Carlos; (9) San Mateo; (10) Santa Cruz; (11) Siquirres; (12) Talamanca y (13) Tilarán.
 
A la vez, están las  28 MUNICIPALIDADES EN LAS QUE SE PAGA LA CESANTÍA AÚN EN EL CASO DE RENUNCIA O TERMINACIÓN DE CONTRATO VOLUNTARIO:
(1) Abangares; (2) Acosta; (3) Atenas; (4) Cartago; (5) Curridabat; (6) Desamparados; (7) Garabito; (8) Goicoechea; (9) Golfito; (10) Grecia; (11) Guácimo; (12) Heredia; (13) La Unión; (14) Liberia: (15) Limón; (16) Los Chiles; (17) Matina; (18) Pococí; (19) Puntarenas; (20) San Carlos; (21) San José; (22) San Mateo; (23) Santa Cruz; (24) Siquirres; (25) Talamanca y (26) Tilarán.
 
Y quienes tienen un límite, pero en exceso de 12 años (lamentablemente la información del medio no indica el número exacto de años en que se excede a esos doce años en este conjunto de municipalidades), son 35 MUNICIPALIDADES EN LAS QUE SE PAGA UNA CESANTÍA EN UN NÚMERO DEFINIDO DE AÑOS, PERO DE MÁS DE 12 AÑOS: (1) Abangares; (2) Acosta (no tengo claro por qué el medio le indica aquí un número definido de años, a la vez que en la columna anterior la señala como sin límite de años); (3) Quepos; (4) Alajuelita; (5) Aserrí; (6) Atenas; (7) La Cruz; (8) Carrillo; (9) Cartago; (10) Vásquez de Coronado; (11) Cañas; (12) Desamparados; (13) Escazú; (14) Garabito; (15) Golfito; (16) Guácimo; (17) Heredia; (18) La Unión; (19) Limón; (20) Los Chiles; (21) Matina; (22) Montes de Oca; (23) Montes de Oro; (24) Mora; (25) Moravia; (26) Nicoya; (27) Paraíso; (28) Pérez Zeledón; (29) Puntarenas; (30) San Rafael de Heredia; (31) San José; (32) San Ramón; (33) Santa Ana; (34) Tibás y (35) Turrialba.

Recuerden los ciudadanos, al pagar los impuestos a las propiedades, por los servicios municipales o las patentes o cualquier otro costo que tenga que pagarle a la municipalidad, que sin duda son la fuente para los pagos de estos pluses abusivos: no hay tal cosa como un almuerzo gratuito; todo esto debe pagarse por los contribuyentes; con sus recursos se fondeen los abusivos casos de cesantía señalados.  El cáncer de los privilegios en los tres poderes de la República ha hecho su metástasis a los gobiernos locales.


Jorge Corrales Quesada

martes, 17 de julio de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: sin querer queriendo

No hay duda que la crisis fiscal y las propuestas de reformar una serie de privilegios contenidos en los pluses salariales, que pululan en la administración pública, han logrado una enorme virtud imprevista: han salido a la luz una serie de situaciones abusivas, displicentes, acomodaticias, de arrastrar los pies en la toma de decisiones, de claros abusos con los fondos públicos aportados por los contribuyentes, en vez de tomar las medidas correctivas moralmente indispensables, sin pretender gravar con más impuestos a la ciudadanía.

Una de ellas la describe el comentario de La Nación del 9 de junio, bajo el encabezado “Gobierno de Solís le dio largas a rebaja en las pensiones de lujo: En últimos ocho meses, rehusó pedidos de Ottón Solís.”

Resulta que, de acuerdo con la Ley 7531 de 1995, “Reforma Integral de Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio,” por la cual los jubilados bajo ese régimen que recibían entre ₡3.8 millones y ₡11.2 millones (¡casi nada!), deberían darle al estado entre un 25 y un 75% de esos montos en exceso de ₡3.8 millones (¡sigue siendo un montón de plata!), como contribución solidaria para dar sostén a un abusado sistema de pensiones del magisterio, cuya supervivencia depende del cobro de impuestos a toda la ciudadanía. 

Pero, en agosto del 2017, el diputado Ottón Solís le advirtió al gobierno de Luis Guillermo Solís, que “325 pensionados no estaban pagando la contribución solidaria” y que buscara “recuperar los montos no pagados durante los últimos 23 años.”

No fue sino hasta abril del año siguiente (8 meses después), cuando el ministerio de Hacienda reconoció que Ottón Solís estaba en lo correcto. 

Afortunadamente, ya el presidente Alvarado decidió proceder a dicho cobro y recuperar lo no pagado por los pensionados de lujo en esos últimos 23 años. 

¿Cómo fue el vía crucis burocrático? Que ante aquella nota del diputado Solís, el ministro Helio Fallas respondió, tres meses después (noviembre del 2017), que no se podía hacer el rebajo por razones de “legalidad” y porque aquellas pensiones en su plenitud eran producto de “actos declarativos de derechos subjetivos, revestidos de presunción de legalidad.” Esto no lo entiendo, pues claramente existía aquella Ley 7531, que legitimaba esa rebaja como una contribución solidaria.   Luego, una resolución del Procuraduría de la República de marzo del 2017 le dio razón al diputado Solís y que el grupo de pensionados del magisterio que debería pagar “no se encontraba exento de la contribución especial.” 

Así pasó el tiempo, no fue sino hasta que la burocracia de Hacienda estuvo en capacidad, y 8 meses después de que Ottón Solís lo advirtiera, cuando, al fin, el gobierno pasado reconoció que debería hacer ese cobro. Dar más largas no podemos imaginárnoslas. No, en verdad, ¡sí lo podemos imaginar!, dado el arrastre de pies en estas cosas de ordenamiento del gasto público que caracterizó al gobierno anterior.

Ahora debemos estar alerta para que el gobierno ineficiente -si bien estimulados por la apropiada prisa del gobierno de Alvarado en cobrar el abuso- efectivamente haga la recuperación de esos fondos... pero rápidamente. Y que no nos metan en el jueguito de si quien debe hacer el cobro es la Junta de Pensiones del Magisterio o la Dirección Nacional de Pensiones o el Ministerio de Hacienda o la Superintendencia de Pensiones: el que sea, pero pronto, pues el abuso es flagrante y, de paso, injusto con todos los costarricenses, que hemos aportado los fondos en montos suficientes para otorgar a plenitud esas pensiones de privilegio. Deben recuperarse esos casi ₡1.800 millones anuales. (Incluso, ¿qué tal cobrar intereses por esos fondos pagados de más?)



Jorge Corrales Quesada

martes, 26 de junio de 2018

La columna de Carlos Federico Smith: proteccionismo a la vista

No me refiero a que empeorará la protección contra la importación del aguacate mexicano, que ha subido un 74% desde el 2015 cuando se crearon las prohibiciones. Tampoco a la pretensión de una empresa productora de alambres de acero para que, mediante un arancel, se encarezca la entrada al país de ese producto. Me refiero a las declaraciones del nuevo ministro de Agricultura, quien afirmó tajantemente que “La posición que traigo al Ministerio es proteger la producción nacional, con todos los instrumentos jurídicos y técnicos que nos dan los marcos de tratados... Vamos a ser muy celosos con los ingresos, no importa cuáles sean, con carnes, con papas. Ha habido mucha laxitud, no cumplimiento con la normativa.”

Esto aparece en una publicación de La Nación del 12 de mayo, titulada “Ministro de Agricultura promete proteccionismo: Renato Alvarado asevera que su posición es ‘proteger la producción nacional.’” El señor Alvarado es productor de carne de cerdos y tiene que haber sabido que, en el 2015, el Servicio Fitosanitario del estado (SFE), dependencia del ministerio de Agricultura, “también prohibió la importación de... carne de cerdo...” entre otros productos, como lo denuncié en un comentario del 8 de marzo del 2016, titulado “Amenaza al Comercio Costa Rica-Estados Unidos,” así como en otro comentario “Ñangazos Proteccionistas” que publicara el 16 de junio del 2015.

O sea, es posible que el empresario Alvarado se haya beneficiado de la protección al bien que produce, pues posiblemente se tradujo en precios mayores para los consumidores y utilidades más altas para el gremio protegido. 

Dada esa experiencia personal, dejando de lado que pueda correr riesgos por actuar en beneficio propio si toma medidas proteccionistas unilaterales, tomo muy en serio a su afirmación de que aumentará el proteccionismo contra los consumidores nacionales, a favor de gremios de pocos pero muy bien organizados productores. 

Ojalá que pronto emane de parte de la Organización Mundial del Comercio una decisión que obligue al país a permitir la importación de aguacate desde México, pues podría servir de advertencia de que, cualquier abuso sin pretexto válido utilizado por un ministro proteccionista, será sancionado debidamente. Cuando un país pone una barrera arancelaria indebidamente o con subterfugios, se le condena a que se limiten ciertas exportaciones del país como compensación por el daño.  Ojalá esto no suceda, pues se castigaría a exportadores que nada tienen que ver con el asunto, en vez de serlo los propios burócratas responsables del desaguisado.

Lamentablemente siempre hay grupos que se acercan al gobierno -o colocan gente afecta a sus intereses- para obtener formas de restringir la competencia y poder con ello poder cobrar más a consumidores cautivos. Esa protección no es gratis para ese gremio, pues tiene que “invertir” en los políticos para que les den esa protección, tal vez apoyando las ambiciones de los primeros por aumentar su poder electoral. Eso sí, quienes inevitablemente perdemos con la protección somos los consumidores, quienes se supone somos el fin último de una economía: producir de la manera mejor y más barata para que las personas puedan satisfacer sus necesidades económicas.

Nos damos por informados de las declaraciones del ministro de Agricultura, ante lo cual redoblaremos nuestros esfuerzos para que los costarricenses podamos conseguir los mejores y más baratos bienes y servicios, producto de la mayor competencia posible. Parece no haber peor cosa que un empresario proteccionista con poder político, que imponga costos adicionales a los productos que elimina la competencia para poder venderles más caro a los consumidores cautivos.

Ese mismo ministro ha mandado, según el comentario de La Nación del 19 de mayo titulado “Jerarca del MAG pretende elevar ayudas directa al agro: Transferencias no reembolsables,” una señal clara de que subsidiará cierta -¿elegida por quién?- producción doméstica dirigida tanto al mercado interno como al externo. Asumo que piensa contar con ingresos provenientes de los impuestos a los ciudadanos que tramita el gobierno: muchos pagaremos impuestos para subsidiar a algunos. ¡Qué lindo!

De paso, ya también los transportistas de carga en el país quieren que aquí los extranjeros no nos puedan dar el servicio. Simplemente es una forma para elevarnos los costos de transporte de todas las mercancías a los ciudadanos: ese el resultado principal del proteccionismo, mantener poderes monopólicos y así obligar a los consumidores cautivos, ante la menor competencia, a pagar más por los bienes o servicios que los protegidos nos venden.





Jorge Corrales Quesada