miércoles, 2 de septiembre de 2009

Condonación


De conformidad con la teoría de las obligaciones, la condonación es una forma de extinguir la obligación. Simplemente significa que el acreedor perdona la deuda (por eso también se usan las expresiones “perdón” o “remisión”.

Algunas veces se acostumbra aprobar autorizaciones legislativas para condonación de intereses sobre deudas con las Municipalidades. Las propias Municipalidades lo piden con el fin de que los morosos tengan un incentivo para acercarse a pagar y para no tener que lidiar con adeudos viejos. Es considerado de conveniencia para el ente municipal. Generalmente, luego de una condonación de este tipo, se da un aumento de los ingresos municipales.

Sin embargo, hay costumbre de aprobar otro tipo de condonaciones. La pretensión es que algunas personas no tengan que pagar los dineros y ayudas que han recibido. Paralelamente, también se trata de que puedan volver a recibir ayuda similar o se conviertan en sujetos de crédito.

Por supuesto que siempre hay un grupo de diputados dispuestos a aprobar todas las condonaciones. Muchas veces sin mayor examen, sobre todo si estamos a las puertas de una campaña electoral.

No digo que no deba haber condonaciones. Me parece que muchas personas, a través de la historia, han disfrutado de este instituto. El Derecho, no obstante, pone en tela de duda (prácticamente prohibición), la condonación que hace un acreedor quien, a su vez, es deudor de otras personas. Ello por cuanto no está disponiendo graciosamente de su patrimonio sino que está disponiendo de los derechos de terceros. O sea, está haciendo caridad con dinero ajeno.

¿Será igual en el caso de las condonaciones legislativas? O sea ¿hacer caridad con dinero ajeno? No puedo creer que la paz social dependa de estar regale y regale el dinero que no sobra a otros costarricenses. No creo que los valores sociales se fomenten de esta manera. No puedo estar tranquilo mientras la Asamblea tramita, con tanta irresponsabilidad, proyectos de condonaciones en los cuales aparecen deudas de centenas de millones y se hacen los que no sabían nada. Tampoco creo que ello haya sido por “caridad” o gratuitamente. ¡No me chupo el dedo!

En los casos grandes y pequeños de este asunto no puedo creer. Llaman pequeño agricultor a aquel cuyos ingresos anuales sean menos de veinticinco mil dólares. Dicho de otro modo, que puedan ser mayores al millón de colones mensual y por ello califiquen para no pagar sus deudas. ¿Cuántos salarios costarricenses están por debajo de eso y la gente tiene que pagar sus deudas?

Si se tratara únicamente de no llevar al cobro judicial o dar un moratoria, pero no es así. En el fondo se trata de volver a darles dinero. ¿Cuántas veces?

Federico Malavassi


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