
No obstante lo que unos pocos han expresado en medios de comunicación o en mensajes circulados por correo electrónico, el no aprobar el TLC tendría efectos importantes sobre los beneficios que, hasta el momento, ha disfrutado Costa Rica en virtud de la ley para la recuperación económica de la Cuenca del Caribe (CBI por las siglas en inglés). Mediante esta ley, EE. UU. otorgó acceso preferencial a su mercado a muchos productos provenientes de Centroamérica y el Caribe. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el párrafo (a) (2) de la sección 2702 de la CBI, es potestad del Presidente de EE. UU. excluir a un país de los beneficios de la CBI, con solo notificar tal decisión al país afectado, al Senado y a la Casa de Representantes del Congreso con 60 días de anticipación y cumpliendo con un procedimiento administrativo interno. Así de sencillo. Además, la decisión que al respecto tome el Presidente no es impugnable ni internamente ni en ningún foro internacional.
Acceso preferencial. Nótese que para otorgar y mantener los beneficios de la CBI a un país, el Presidente de EE. UU. debe considerar el nivel de acceso que se otorga a sus productos y servicios, y el grado de cumplimiento de ese país a sus compromisos según los acuerdos de la OMC y otros convenios multilaterales de comercio. En el caso específico del país, al firmar el TLC, Costa Rica se comprometería a abrir su mercado a los productos y servicios de EE. UU. Al contrario, no aprobarlo implicaría que no estaría brindándose a los bienes y servicios estadounidenses ese acceso preferencial. Esta situación contrasta con lo que sucede con Canadá, México, Chile, Centroamérica, República Dominicana y la Comunidad del Caribe, que sí tienen acceso preferencial al mercado costarricense en virtud de los tratados de libre comercio entre Costa Rica y esos países. ¿Estará dispuesto EE. UU. a continuar dando acceso preferencial no recíproco a Costa Rica? El senador Grassley, líder republicano del Comité de Finanzas del Senado y máxima autoridad en temas de comercio en el Congreso, ha sido claro al manifestar que no habría ningún incentivo para EE. UU. en extender preferencias comerciales unilaterales a países que niegan el acceso preferencial a los exportadores estadounidenses. Así, no aprobar el TLC podría ser, en efecto, motivo suficiente para excluir a Costa Rica de los beneficios de la CBI.
Ocurrente propuesta. Para intentar evitar este trágico resultado, alguien tuvo la ocurrencia de proponer que, en lugar de aprobar el TLC, Costa Rica debería limitarse a aprobar una ley interna, equivalente a la CBI, en la que otorgue acceso libre a los productos estadounidenses. Una apertura unilateral nuestra estaría muy bien, pero esta opción demuestra un claro desconocimiento de todo lo que implica un TLC. Estos tratados no se limitan al libre comercio de bienes, sino que también disponen el libre comercio de servicios, regulan mecanismos de protección de la inversión extranjera, incluyen reglas en propiedad intelectual y políticas de competencia, y proveen mecanismos de solución de controversias para solventar los conflictos comerciales que surjan entre las partes. Para empezar, entonces, la apertura unilateral debería incluir, cuando menos, las telecomunicaciones y los seguros. Por su parte, también es absurdo creer que para la protección de la inversión basta con el Acuerdo de Inversión entre Costa Rica y EE. UU. de 1969. Este acuerdo, de dos páginas, contiene insuficientes y desfasadas normas sobre traspasos de inversiones y dineros en moneda legal de Costa Rica que adquiera el gobierno de EE. UU. Es decir, nada que ver con lo se requiere en el siglo XXI.
En conclusión: la CBI no es eterna y sin TLC las posibilidades de perder los beneficios de la CBI son muy reales y lógicas. Solo el TLC otorgaría regulaciones completas, predecibles e integrales para los productores e inversionistas, y conferiría mayor seguridad jurídica para los países parte, procurando un mayor y más ordenado desarrollo del comercio entre ellos.
Eric Scharf, Presidente de la Asociación para el Estudio Jurídico del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y EE. UU. (ASE-TLC)
Tomado de La Nación
http://www.nacion.com/ln_ee/2007/mayo/07/opinion1087253.html