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lunes, 19 de mayo de 2008

Tema polémico: matrimonio y adopción para homosexuales


En Costa Rica existen muchos problemas y uno de ellos es la hipocresía. Cuando se pregunta públicamente si los homosexuales tienen derecho a tener la orientación que tienen, los de mente abierta dicen que sí pues la escogencia de la pareja es un asunto meramente personal, mientras los de mente cerrada se escandalizan con la idea ya que consideran que los homosexuales van "contra la naturaleza o contra Dios". No obstante, de entre esas personas de mente abierta, muchos en el fondo no quieren ir más allá de las palabras de buena intención y se niegan a, que en efecto, se les reconozca el derecho a los homosexuales de casarse y formar una familia, con hijos inclusive.

En ASOJOD sí defendemos todos los derechos que tiene un ser humano, sin distingo de raza, orientación sexual, idioma, nacionalidad, etc. Así como mucha gente, en Derecho Internacional, aboga por el "principio de autodeterminación de los pueblos", como individualistas que somos defendemos el "principio de autodeterminación de los individuos". Por eso, en este caso, afirmamos el derecho de las personas homosexuales para casarse y tener las mismas prerrogativas que cualquier pareja heterosexual, incluyendo herencia, hijos, etc. La primera razón es que la libertad no sólo es no tener a un tipo con arma obligando a otro a actuar de determinada manera, sino que es un concepto más amplio, que tiene que ver con la capacidad del ser humano para tomar todas las decisiones que le competan. Quienes repudian la libertad, en todo el sentido de la palabra, al menos son coherentes cuando niengan el derecho de las personas a estar con quien deseen. Sin embargo, los pseudodefensores de la libertad caen en contradicción cuando, por un lado, afirman que el individuo tiene derecho a decidir con quién intercambia bienes y servicios, pero, por otro, le niegan la posibilidad jurídica y moral, de intercambiar amor con personas del mismo sexo, a pesar de que las premisas de ambas proposiciones son exactamente iguales.

El derecho de las personas del mismo sexo a casarse es un derecho tan valioso como el de decidir a quién le compramos y le vendemos, a quién le prestamos o regalamos, a quién le creemos o no, con quién trabajamos o no, con quién nos asociamos o no. ¿Por qué si se defiende la idea de que nadie nos puede ni debe obligar a unirnos a un grupo cualquiera, no se defiende la idea de unirnos a la persona con quien otra quiera? ¿Por qué se defienden, por ejemplo, los contratos entre privados (en materia laboral, de transporte, de negocios, etc.) pero no se defiende un contrato amoroso entre privados? Porque realmente, una relación sentimental es un contrato, pues hay varias partes libres que, por voluntad, deciden unirse e intercambiar sentimientos (en lugar de bienes y servicios) siempre y cuando dichas partes salgan beneficiadas. En el momento en que una parte incumple las condiciones del contrato, existe la posibilidad de darlo por terminado. Es una muestra más de la libertad de asociación, pero no es defendida con la misma vehemencia que otros ejemplos.

La segunda razón para defender el derecho al matrimonio homosexual y los derechos conexos, es que cada quién tiene el derecho a buscar su propia felicidad. La escogencia de la felicidad y los caminos que lleven a ella es una cuestión que sólo puede determinar el individuo porque sólo él conoce sus fines. Mientras en la búsqueda de esa felicidad no se le haga daño a otros individuos, no hay razón para interponerse en su camino. Si esa felicidad está, para el individuo, al lado de una persona del mismo sexo, y esa otra persona acepta libre y voluntariamente estar con la primera, entonces no hay ningún problema.

El gran asunto a discutir es que mucha gente, si bien reconoce el derecho de las personas homosexuales a estar juntas, no tiene el valor para defender la estabilidad jurídica de esa relación. Es decir, no defienden la posibilidad de legalizar esa relación o, si lo defienden, buscan hacerlo con formas moralmente menos fuertes que el matrimonio. Un ejemplo: hace un tiempo se presentó ante la Asamblea Legislativa un proyecto para legalizar la unión civil entre personas del mismo sexo. En ASOJOD quisimos apoyar esa iniciativa y conversamos con uno de los tres diputados que lo apoyaban y le preguntamos por qué no iba más allá, en el sentido de legalizar el matrimonio y darle el mismo peso moral y cultural que dicha institución tiene en Costa Rica y nos contestó que no porque el matrimonio era un concepto religioso que no podía otorgársele a los homosexuales porque la Biblia decía expresamente que era entre un hombre y una mujer.

Precisamente, la supuesta superioridad cultural del matrimonio se ha trasladado a la esfera jurídica, de forma que a este, históricamente, se le han reconocido más derechos conexos. Esto nos lleva a hablar de una tercera razón para legalizar el matrimonio entre personas homosexuales: la seguridad jurídica. La posibilidad de contar con toda la protección legal que viene al caso, le asegura que, en caso de fallecimiento, se sigue el mismo procedimiento que con parejas heterosexuales en cuanto a herencia y pensiones por ejemplo. Es lamentable pensar que una pareja homosexual que haya trabajado duro a lo largo del tiempo y haya acumulado bienes materiales, tenga complicaciones en caso de que uno de los dos muera para disfrutar de esos bienes porque el ordenamiento jurídico no permite que le sean automáticamente adjudicados, como sucede cuando se trata de parejas heterosexuales.

Pero finalmente, aparejado al tema del matrimonio está el de la familia. Nos dicen por todas partes que la familia es la base de la sociedad cuando en realidad es el individuo el pilar de cualquier organización. No hay conjunto sin partes. Siendo el individuo la base de la familia y de la sociedad, entonces es necesario reconocerle el derecho a este para tomar las decisiones que mejor le parezcan y que mejor le permitan perseguir su felicidad, siempre y cuando las mismas no le impidan a otro perseguir la suya. En ese sentido, entonces hay que reconocerle y protegerle el derecho de asociarse con quien desee siempre y cuando dicha asociación sea voluntaria. Si de esa asociación se forma un matrimonio, hay que reconocerlo como tal y brindarle los mismos derechos, entre los que están la posibilidad de formar una familia.

Mucha gente puede aprobar el matrimonio homosexual creyendo que defiende la libertad, pero se contradice cuando niega el derecho de los homosexuales a adoptar un niño (a). Dicen que si lo hace, el niño (a) aprendería la conducta y se formaría como homosexual. Pero lo curioso es que, nuevamente, la doxa hace su entrada en escena: no hay ninguna relación de causalidad entre la preferencia sexual de los padres y la de los hijos. Ante esto habrá algunos que dirán que los niños repiten las conductas de sus padres y se forman igual que ellos: entonces si los padres son homosexuales, el hijo (a) tiene una enorme probabilidad de serlo también. Y lo dicen con el mismo tono como si ser homosexual fuera una enfermedad o una conducta moralmente reprobable. No obstante, el argumento se cae cuando invertimos el enunciado y vemos que esa "teoría" no explica por qué si ambos padres son heterosexuales el hjo (a) puede llegar a ser homosexual. ¡Vaya solidez de la prueba!

Tampoco hay una relación entre preferencia sexual y capacidad de educar hijos. Si fuera cierto que los homosexuales no están capacitados para educar niños, entonces todos los hijos de matrimonios heterosexuales deberían ser personas de bien. No podría haber ningún sujeto disfuncional. Evidentemente, esto no sucede así. Cualquier persona puede ser un buen padre o una buena madre sin distingo de su orientación sexual. Un caso paradigmático en Costa Rica fue la adopción de un niño por parte de un travesti conocido como Mairena, que recogió a un niño que había sido agredido y abandonado por su madre biológica. Mairena le salvó la vida y le dio un hogar, le enseñó a leer y a escribir, lo enviaba a la escuela, lo alimentaba y lo quería como si fuera su propio hijo. Pero el Estado costarricense no permite que lo adopte porque él es homosexual y los "expertos" del PANI estiman que es una "influencia nociva para el niño".

En otras palabras, el Estado prefiere que el niño en cuestión sea separado de una persona que lo ha criado con amor para entregárselo a un albergue, donde no se sabe si será nuevamente adoptado y si, en caso de serlo, se ignora realmente qué clase de personas serán sus padres. ¿Y a eso le llaman privilegiar el interés del niño?