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martes, 18 de febrero de 2020

La columna de Carlos Federico Smith: cómo arrastrar los pies: el presupuesto de las Universidades Públicas del 2020

Pasito a pasito, gradualmente, algunos entes de control del gobierno han venido tomando decisiones, si bien aún insuficientes, que van por el buen camino de ordenar las finanzas del estado costarricense. Tal es el caso de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) del ministerio de Hacienda, así como la Contraloría General de la República (CGR), en torno a la improbación de los presupuestos para este año de las Universidades de Costa Rica, Nacional, Estatal a Distancia, Técnica Nacional, Instituto Tecnológico, así como el Consejo Nacional de Rectores (CONARE).

Es parte de ese esfuerzo de las universidades estatales por impedir que se les aplique la regla fiscal; esto es, que, en esencia, el aumento del gasto corriente (salarios, cargas sociales, becas y servicios) sea de un 4.87% con respecto al año anterior, según se aprobó en el llamado paquete fiscal de diciembre del 2018. Esas universidades se han negado a acatar la disposición, negándose a remitir información de sus planes de gasto ante la STAP, ente que verifica y confirma el cumplimiento de la regla fiscal, para que la Contraloría apruebe, por ley, estos presupuestos ordinarios para el 2020. La información la presenta La Nación del 20 de diciembre en su artículo “Rebeldía de universidades causa rechazo de sus planes de gastos en la Contraloría.”

Ante la no presentación de dicha información, la CGR señaló que, “de conformidad con el artículo 184 inciso 2 de la Constitución Política y el artículo 18 de su Ley Orgánica, tiene el deber de analizar que los presupuestos sean formulados y presentados de conformidad con las disposiciones legales y técnicas, dentro de las cuales está la certificación que emita el STAP sobre el cumplimiento de la regla fiscal.”

El arrastre de los pies de las universidades se sustenta -¿acaso es una sorpresa?- en la idea de su independencia y autonomía y en que su caso legal está por resolverse en los tribunales de ley. Una vez más, las autoridades universitarias hacen gala de su creencia de que son sus únicos dueños y señores, como tales, de los recursos que todos los costarricenses aportamos obligadamente cada año. Conviene brindar algunos datos del monto presupuestado para el FEES del 2019, que fue de ₡511.154.72 millones (para la UCR, la UNA y el Tec), a lo que debe sumarse la transferencia del gobierno a la Universidad Técnica Nacional por ₡34.868 millones, con un aporte total del gobierno a las universidades estatales de ₡546.022.72 millones.

Para el 2020, el monto inicialmente presupuestado para el FEES y la UTN ascendía a ₡512.781.51 millones, más lo correspondiente a la UTN por ₡35.677.88 millones, lo que lleva a un total de ₡548.459.39. Posteriormente, el ministerio de Hacienda definió una reducción de ₡70.000 millones del FEES que deberían usarse en infraestructura, pero la Asamblea Legislativa restituyó ₡35.000 millones al FEES.

Ante la decisión citada de la CGR por la no presentación de los documentos requeridos, ahora aquellas universidades y el CONARE deben trabajar con el mismo presupuesto ordinario del 2019 y no con el presentado para el 2020, aunque tienen la posibilidad de aumentarlo con presupuestos extraordinarios, que me imagino no van a ser fácilmente aprobados por la Asamblea Legislativa, ante esa actitud exhibida de impedir la aplicación de la medida de restricción fiscal aprobada, puesta no sólo para restringir el gasto de ciertas entidades estatales, sino a todas ellas, sin olvidar que también los ciudadanos hemos sido objeto de violentos aumentos en los impuestos.
 
Como bien recuerda la CGR a las autoridades reticentes a obedecer la ley, “el artículo 19 de la Ley 9635 [la del Paquete Fiscal] se encuentra impugnado ante la Sala Constitucional, lo que no [subrayo: NO] significa que la norma no esté vigente y por tanto debe ser acatada.” ¿El desacato a una ley en el sector público es objeto de sanción? O seguiremos con ese jueguito de arrastrar los pies, como babosas, tratando de impedir el freno al gasto gubernamental, que, si no se lleva a cabo, conducirá a la inevitable quiebra de la ciudadanía, con más y más impuestos o endeudamiento gubernamental, a la vez que el gasto del gobierno, causal del problema, sigue invariable e intocable, como lo pretende la república independiente de las universidades estatales.
 
Ha hecho bien la Contraloría en no aprobar los presupuestos para el 2020 de las entidades gubernamentales citadas, pues simplemente, en su arrogancia, no cumplieron con el requisito esencial de suministrar a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, la información requerida para todas las entidades que presentan sus presupuestos, para lograr la aprobación final por la Contraloría General de la República: Como suele decirse, nadie está por encima de la ley.





Jorge Corrales Quesada

martes, 31 de octubre de 2017

La columna de Carlos Federico Smith: otra vez UNOPS

Recordarán mi comentario previo acerca del contrato entre el gobierno de Costa Rica y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para los Proyectos (UNOPS), en el cual manifesté mi malestar por la cesión del control propio de la Contraloría General de la República aplicable a la obra pública, que incluso se reflejó en negativas de ese ente de la ONU para entregarle a la Contraloría documentos propios de contratación de obra pública a empresas privadas específicas.  Y aunque la burocracia del estado dice que “este conflicto ya está resuelto”, el hecho es que el aparato jurídico nacional nunca debió permitir que se le excluyera de la obligación constitucional sobre la contratación de obra pública a ser regulada y supervisada por la Contraloría.

La Nación del 22 de setiembre revela otro hecho inquietante en torno a la relación contractual entre el estado costarricense, por medio de CONAVI, y UNOPS, en un artículo titulado “CONAVI le adelantó $60 millones a UNOPS sin recibir garantías: Organismo mantiene dinero en una cuenta a su nombre en Nueva York.” Esos montos fueron adelantados a UNOPS debido a que, en palabras de la viceministra de infraestructura del MOPT, señora Guiselle Alfaro, “Teníamos tanta expectativa de que UNOPS iba a ser tan acelerado, y se pactó hacer un desembolso grande, para avanzar muy rápidamente y no limitar a UNOPS en la ejecución. Pero, diay (sic) no ha sido tan acelerado y posteriormente se decidió hacer desembolsos menores.” 

No diré que “músico pagado, nunca toca bien,” sino que llama la atención que se adelante una suma de más de $60 millones a UNOPS, equivalente al “55% del presupuesto de $108 millones designado para tales proyectos,” de recursos que se pidieron prestados mediante un crédito de $340 millones del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). El hecho es que, de aquellos fondos ya girados a UNOPS, sólo se había ejecutado al momento del reportaje, la suma de $4 millones, menor al 7% del monto separado para UNOPS para los puentes sobre el Río Virilla en Lindora y el de la Ruta 32 en Tibás, además de tres pasos a desnivel en la vía de Circunvalación y de supervisión de la Circunvalación norte.

Es interesante destacar lo que indica el medio en cuanto a que no existe una garantía de parte de UNOPS por esos fondos, que se sabe están en una cuenta propia de UNOPS en el banco JP Morgan Chase. Según el medio, “varios contratistas consultados (por La Nación) indicaron que no es usual que el Estado adelante montos tan altos para construir infraestructura,” ante lo cual dijo la viceministra que UNOPS no es el contratista usual, sino un “un aliado en procesos de ejecución; ellos no construyen nada por sí mismos,” lo cual es así, pero ¿qué pasaría con esos fondos si UNOPS no puede realizar la labor para la que se le contrató?  ¿Qué garantiza a esos fondos?

Hay más inquietudes: los fondos provenientes del BCIE casi es seguro que ganan intereses en el banco estadounidense, pero no se conocen las condiciones básicas de tal depósito, como, por ejemplo, los intereses que devengan, que se esperaría fueran al menos iguales o mayores que los que tiene que pagar el estado costarricense al BCIE. Ni CONAVI ni UNOPS han brindado información de las condiciones de esos depósitos, aunque se le señaló al medio que esos dineros de los intereses serán recibidos “cuando se terminen los proyectos.”  Y el Ministro dijo que “si no se pudieran ejecutar esos recursos, el dinero debe ser devuelto a la Administración.” A mí también me gustaría conocer el detalle correspondiente del acuerdo suscrito entre UNOPS y CONAVI acerca de las condiciones para la devolución de esos fondos.






Jorge Corrales Quesada

martes, 12 de septiembre de 2017

La columna de Carlos Federico Smith: evitando un control indispensable



Con clara arrogancia, la burocracia de las Naciones Unidas -concretamente la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS)- ante una solicitud de funcionarios de la Contraloría General de la República para revisar el expediente en manos de UNOPS, acerca de una contratación para acelerar la obra en el puente del Río Virilla, contestó que esos funcionarios de la Contraloría “deberán trasladarse a las instalaciones de... UNOPS...” y “deberán revisar los documentos bajo la vigilancia de representantes del organismo y en horario restringido.” O sea, ahora el UNOPS le ha dicho “tome chichí” a la Contraloría de la República, por no haberse opuesto ella desde el momento en que se pretendió que el gobierno de Costa Rica contratara “estudios, los diseños y la construcción (de un conjunto de obras viales públicas) de la infraestructura a cambio de un porcentaje del costo.” 

Lo informa un comentario de La Nación titulado “Oficina de ONU niega datos a Contraloría sobre contrato: UNOPS se aferra a inmunidad para no dar copia de expediente,” del pasado 16 de agosto. Es claro que se trata de fondos públicos y, como tales, deberían estar sujetos al control de la Contraloría.  Por más “San UNOPS” de que se trate, es básico que los fondos estatales en este país sean objeto de la supervisión constitucional que se debe hacer por medio de la Contraloría, en lo que se refiere al uso de esos recursos del país.

Contratar por un porcentaje del costo, como lo hace UNOPS, no me gusta para nada, pues, si éste aumentara, se elevaría el monto que se le paga. La entidad se beneficiaría con un aumento de costo, pues se crea un incentivo perverso para minimizar los costos. [La propia UNOPS, en voz de su ex-gerente, Mario Mazzucchelli, señaló que el dinero que se tenía para esos proyectos era “insuficiente para los dos puentes -el del Virilla en la ruta 32 y el de Lindora, en Santa Ana- pues las obras se habían encarecido por los atrasos.” O sea, ¿aumentó, ante el alza en costos por el atraso, lo que se le debe pagar a la UNOPS?].

No cuestiono la corrección atribuida a UNOPS o a Naciones Unidas, si bien en realidad en diversas ocasiones ésta ha sido cuestionada por el manejo de sus fondos en ciertas actividades, sino al hecho que el país haya permitido tal cosa, bajo el prurito de que con ese contrato se aceleraría la construcción de obra pública, lentitud que se presume -razón para hacer esa contratación- surge de restricciones, entre otras cosas, de la Contraloría. De no ser así, ¿para qué contratar un ente no sujeto al control jurisdiccional?

Son fondos públicos del gobierno de Costa Rica, del estado, obtenidos por un préstamo otorgando por el BCIE y que deberá reembolsarse con todo e intereses por los costarricenses, posiblemente por medio de sus impuestos (no olvido un par de intentos similares para evitar el control de fondos estatales mediante dicho banco) y, como lo hace ver el al ente contralor el propio CONAVI, por medio de su director interino, Carlos Solís, contraparte de UNOPS en el contrato de marras, “que ellos (CONAVI) también han pedido a UNOPS el expediente completo y se los han negado.” Para eso alegan la inviolabilidad de las Naciones Unidas, además de diversas inmunidades, pero la gran responsabilidad de todo este episodio sospechoso recae en el gobierno costarricense y principalmente en el órgano contralor constitucionalmente establecido, pues, antes de firmarse el contrato, deberían conocer estos factores, en vez de permitir que no rigiera la ley de contratación administrativa para obras o servicios para el estado.

Así, han surgido empresas que han apelado las contrataciones otorgadas por UNOPS y para lo cual ofertaron. Aquella averiguación permitiría determinar “la legalidad de la contratación del puente, la razonabilidad del precio de la obra, los cronogramas de trabajo y la experiencia de los profesionales involucrados.” No entiendo el temor a la luz y la transparencia en este tipo de cosas. No puede uno más que sospechar -con buenas razones- que podrían existir acciones incompatibles con la probidad y eficiencia que deba caracterizar el uso público de los recursos. Esto podría terminar en que la Contraloría suspenda el contrato con la firma ya elegida, atrasando aún más el arreglo del puente.

El que nada debe, nada teme. Y un poquito de dignidad no es mala, señores de la Contraloría y del gobierno de la República.


Jorge Corrales Quesada 

martes, 22 de noviembre de 2016

La columna de Carlos Federico Smith: pagaremos con creces el sarcófago legislativo

Ciertamente gran parte del actual edificio que ocupa nuestra Asamblea Legislativa es un cucarachero. Por más que alguno pueda malquerer a los diputados por su comportamiento, no debería decir que es un cucarachero, porque allí moran tales bichos. En consciencia, algo se debe hacer para que dicha edificación sea más adecuada, de forma que, preservando cosas históricamente valiosas de dichas instalaciones, económicamente valga la pena hacerlo.
 
Parece haber una especie de maldición con todo lo que pasa por las manos públicas: ni siquiera algo tan notorio, como esa posible edificación de tan importante estructura, se lleva a cabo de forma que el ciudadano sienta que las cosas se hacen debida y correctamente. Esas manos, que todo lo que tocan, lo terminan pudriendo. ¿Cómo es posible que sean cuestionados los procedimientos contractuales para la nueva obra, si en ellos están puestos los ojos de casi 5 millones de ciudadanos? Ni siquiera en el uso de esos recursos se cuidan debidamente, a fin de que esos mismos ciudadanos sientan que las costas se hacen bien, correctamente, todo a la luz del día.
 
La contralora general de la República, doña Marta Acosta, acudió a la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea, y denunció que “tres diputados ordenaron pagar, de manera indebida, $690.000 (₡385 millones) en el proyecto para la construcción de un nuevo edificio para la Asamblea Legislativa.” Esto aparece en el comentario de La Nación del 7 de octubre, bajo el encabezado “Contralora denuncia apago indebido en edificio legislativo: Planos del proyecto para construir nueva sede del Congreso.” Los nombres de esos tres miembros del Directorio de la Asamblea que laboró en el año legislativo 2014-2015, los cita el medio: “Henry Mora (del PAC), Luis Vásquez y Jorge Rodríguez (del PUSC).”
 
Resulta que, señaló la contralora, al puro final de su mandato ese Directorio le ordenó al Banco de Costa Rica (BCR), fideicomisario del proyecto, girar al arquitecto a cargo del proyecto, “el 60% del monto pactado para la elaboración de los planos de la construcción, pese a que él no había obtenido los permisos respectivos.” El problema en el cual se cae es que el contrato con el BCR señala que, para pagar ese porcentaje, se tenía que contar con los permisos debidos, de los que no se disponían, dado que el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, entidad del ministerio de Cultura, se negó a otorgarlo por razones públicamente señaladas. Reitero: ese era un requisito que se debía de cumplir para que fuera recibido y se pagara el trabajo.
 
Ante lo sucedido, aquellos tres parlamentarios explicaron, ante la petitoria de la Contraloría -y que fue recibida con beneplácito- para crear en la Asamblea un órgano director, por el posible daño al erario público, y para que definiera las responsabilidades legales y políticas del caso, que se basaronn en que “el cobro efectuado por el contratista se acercaba a casi $1.5 millones, pero la negociación realizada por parte del personal técnico y el fideicomiso permitió reducirlo a $825.000.” Uno esperaría que esa “era” una función obligada en cuanto al manejo de recursos públicos y no es, por tanto, una excusa válida como para autorizar indebidamente ese pago al arquitecto.
 
Asimismo, en tanto que la Contraloría ordena recuperar ₡385 millones, además de indagar a ese Directorio, a partir de la información suministrada por el medio no es fácil deducir de dónde procede ese monto, porque, por una parte, se habla de que el 40% era por los planos, que fueron hechos, y que el 60% restante sería ante la recepción a conformidad con lo contratado, que no se satisfizo por la falta del permiso mencionado. Pero, los tres diputados en su comunicado señalan haber reducido el costo de la negociación a $825 mil, por lo que el 60% pagado impropiamente sería de $495.000, que equivalen a ₡276 millones y la Contralora habla de recuperar ₡385 millones. Así que, para tener ese chocolate espeso, necesitamos cuentas claras acerca de cuánto es lo que se debe recuperar.
 
También, llama la atención que el proyecto inicialmente se estimó que costaría $60 millones, pero ahora se calcula que ascenderá a un poco más de $100 millones; esto es, un 67% de incremento, según un documento de la Unidad Administradora de este edificio. Lo interesante es que, para este nuevo diseño, no se realizó un concurso para contratar a quien lo pudiera hacer, sino que se escogió al mismo arquitecto Salinas que había hecho el original, con base en razones “de conveniencia.” Eso podría ser explicable si fuera que el cobro por dicho servicio no variara (aun así no se sabe, por definición, si algún otro oferente habría salido menos caro), pero este detalle no lo informa el medio.
 
Igualmente, la contralora señaló en dicha comparecencia ante la comisión legislativa citada, que había otros problemas en el negociado, como son 4 contrataciones directas en donde no aparece la documentación que las autorice debidamente; 13 contrataciones sin que aparezca la solicitud de materiales, bienes o servicios que se deben hacer; 4 contrataciones sin términos de referencia, exigido por el reglamento de contratación administrativa y otras 3 contrataciones sin evidencia del contrato correspondiente. ¡Como que las cosas han sido manejadas con las extremidades inferiores!
 
Una vez más, hay decisiones del estado que se traducen en mayores gastos y, en este caso, aparentemente sin que se haya seguido el debido proceso licitatorio, en especial en cuanto a pagos plenos al arquitecto Salinas, quien fue contratado para cumplir un servicio que no obtuvo el requerimiento de tener los permisos indispensables. El Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, consideró que el diseño actual “era lesivo para los recintos patrimoniales da su alrededor” y, por tanto, no concedió el permiso debido. Estos costos cuestionados por indebidos por la Contraloría, no duden que serán cargados a los bolsillos de los ciudadanos contribuyentes. Al menos se pretende construir un sarcófago para enterrar a todos los ciudadanos con cuyos dineros es que se hará.
 
Jorge Corrales Quesada

martes, 15 de noviembre de 2016

La columna de Carlos Federico Smith: el buen uso de los fondos escasos

Ha salido a la luz un informe de la Contraloría General de la República en torno al uso de recursos públicos para dar fondos a los ancianos.  Lo consigna la edición del 17 de setiembre de La Nación, en el artículo titulado “Contraloría señala desorden con ayudas a ancianos pobres: Informe sobre transferencia de recursos a adultos mayores.”

El principio que debe primar es que los fondos -públicos o privados; en este caso los primeros- son escasos y que, por tanto, es requisito esencial que se usen de la mejor manera posible, por dos razones: una, porque así se pueden obtener los mayores resultados buscados, al costo mínimo posible y, la otra, porque, al usarse esos fondos en una actividad específica -por ejemplo, transferirlos a ancianos- impide que se usen en otras cosas que podrían ser preferidas -¿qué sé yo?, salud, educación, caminos, y un largo etcétera- por lo que cualquier gasto debe tomar en cuenta el costo de oportunidad de esos recursos, cual es lo mejor uso que alternativamente se podría hacer con ellos.

El informe de la Contraloría destaca hechos que señalan que se podría mejorar el empleo de tales fondos e indica que las instituciones gubernamentales que entregan recursos a los ancianos pobres “carecen de la coordinación necesaria para evitar duplicaciones en la asignación de recursos y no poseen una estrategia unificada para atender a esa población.” 

Ambas observaciones son pertinentes, si se tiene en mente la búsqueda del mejor uso de los recursos escasos,  porque cualquier duplicación de ayuda significa que a alguien se le da más de lo que de alguna manera se considera conveniente y, también, porque,  ante la limitación natural de recursos, a otros en necesidades similares no se les da ayuda del todo o se disminuye lo que perciben quienes ya reciben alguna ayuda. 

Bien intencionada, pero creo que con total desconocimiento de un principio económico básico, cual es la existencia de recursos limitados para satisfacer una cantidad infinita de necesidades, la señora Zulema Villalta, presidenta ejecutiva del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), dice que “no podemos atropellar derechos del adulto mayor pensando en que con los ₡78.000 que recibe al mes” del Régimen No Contributivo de Pensiones de la Caja (RNC), “puede resolver sus necesidades.” 

Omite el hecho de que, no sólo es imposible que se puedan resolver todas las necesidades, sin que, también, cuando se duplica lo que algunos reciben de distintas fuentes, se deja de lado a otros que también podría requerir tales fondos.
 
Dice el informe citado de la Contraloría, que el financiamiento de hogares y centros diurnos está a cargo de diez instituciones diferentes, en donde “cada una transfiere por sí sola a los beneficiarios sin visión de conjunto,” adicionado a que, según lo consigna ese informe, “la Comisión Técnica del Protocolo de Coordinación (ente encargado de vigilar los asuntos de los ancianos)… no analiza la distribución de esas ayudas ni tampoco ha sistematizado controles para fiscalizar la entrega de esos fondos.” Esto significa que no sólo es posible que haya personas que reciben más de una (y no sólo dos, sino que pueden ser muchas más las fuentes adicionales), sino que, también, no hay conocimiento pleno de a quiénes se les entregan esos recursos -legalmente merecedores o no-, pues no se tiene la fiscalización debida.
 
Entre los entes que dan aportes a los ancianos o que intervienen en ello, de una u otra manera, además del CONAPAM, están, según un listado del artículo de referencia, la Junta de Protección Social, el Banco Central, el Instituto Nacional de Seguros, el Ministerio de Trabajo y el Régimen No Contributivo de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social.
 
Donde hay orden está Dios, dice la sabiduría popular, pero parecido lo piensa cualquier administrador en su juicio correcto. Lo pertinentemente, señalado por la Contraloría, debe ser corregido de inmediato, antes de que pase el tiempo sin que se haga nada, incentivando el desperdicio, la injusticia y la corrupción en el uso de fondos públicos mal administrados.
 
Jorge Corrales Quesada

martes, 26 de enero de 2016

La columna de Carlos Federico Smith: un conflicto irresoluto que nos daña mucho

Desde hace ya buen rato que no hay solución a un conflicto que es particularmente relevante para las próximas elecciones de alcaldes en los primeros días de febrero.  Me refiero a que la Contraloría considera necesario castigar a alcaldes por supuestas anomalías, tal como lo ha señalado mediante diversas recomendaciones vinculantes, pero que, como quien los nombra es el Tribunal Supremo de Elecciones -ente que les entregó las credenciales a los alcaldes cuestionados- es el cuerpo facultado para ejecutar las decisiones de la Contraloría al respecto.

Por su parte, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) considera que es la Contraloría la que tiene los poderes del caso para ejecutar esas sanciones.

Ante el impasse obvio y por la trascendencia que tiene desde el punto de vista de la rendición de cuentas y de la asunción de responsabilidades de los cuestionados, es que la Contraloría ha sometido la decisión al Tribunal Contencioso Administrativo, en torno a quién corresponde aplicar tales sanciones. Sin embargo, su resolución parece no haberse dado -pocas semanas antes de las elecciones municipales- siendo ello crucial en la lucha ciudadana contra la impunidad.

Esto lo presenta La Nación del 03 de noviembre del año pasado, en un artículo titulado “Irregularidades de Alcaldes se Quedan sin Castigo: Contraloría y TSE en pugna por quién tiene potestad para suspenderlos.” La pugna la resolverá, supuestamente, el Tribunal Contencioso Administrativo, pero, mientras tanto, ni la Contraloría ni el TSE nos dan aliento a los ciudadanos que tenemos las esperanzas puestas en un adecentamiento de la función pública. 

Este tiempo perdido por falta de una resolución final del Contencioso Administrativo puede ser crucial, pues ya se avecina la elección de nuevas autoridades municipales y algunos de los alcaldes sancionados por la Contraloría buscan su reelección, aunque  ciertamente algunos han apelado la decisión contralora ante otros tribunales.

La Nación cita los siguientes casos: Gerardo Oviedo, alcalde de Santa Ana y sancionado con una suspensión por 8 días, del partido Liberación Nacional; Bernal Vargas, alcalde de Palmares y sancionado con una suspensión por 8 días, del partido Liberación Nacional; Néstor Mattis, alcalde de Limón y suspendido por 20 días, del partido Auténtico Limonense; Leonardo Quesada, alcalde de León Cortés y sancionado con una suspensión de 20 días, del partido Liberación Nacional y Jairo Guzmán, alcalde de San Mateo y sancionado con una suspensión de 30 días y del partido Liberación Nacional.

Asimismo, fueron suspendidos, pero no buscan su reelección, el alcalde de Valverde Vega, Luis Antonio Barrantes, suspendido por 15 días y del partido Movimiento Libertario y la alcaldesa de Atenas, Querima Bermúdez, suspendida por 15 días y del partido Unidad Social Cristiana. Asimismo, informa el periódico que, a esa fecha, “está en el limbo una sanción contra nueve regidores de San Mateo, Guatuso, Nicoya y Cartago y una vicealcaldesa de Osa.”

Por su parte, es bien sabido que Johnny Araya, quien fuera suspendido como alcalde de San José en febrero del año pasado, cuando “la Sala IV le dio el visto bueno (a la Contraloría) para emitir castigos,” aspira de nuevo a ser alcalde de San José (no conozco de otros casos, pues los citaría igualmente)

Por el mayor bienestar de la ciudadanía y los electores, es mi opinión que ya los jueces deberían de haber resuelto el impasse entre la Contraloría y el TSE. Los ciudadanos queremos justicia, transparencia y que se evite la impunidad.  Como no hay nada resuelto aún, creo que los ciudadanos ya saben qué hacer en cuanto a la reelección pretendida por los señores citados, mediante su voto en las elecciones municipales de febrero. Pero estamos ante otro ejemplo de ineficiencia -por lerdas- en lo referente a resoluciones de ciertos tribunales del estado.

Jorge Corrales Quesada

martes, 10 de noviembre de 2015

La columna de Carlos Federico Smith: vuelvo con lo mismo de hace muchos años atrás

Con toda franqueza les digo que ya me tienen cansado denuncias como las que recientemente hace la Contraloría General de la República, en torno al mal manejo que se hace de los fondos públicos.  Es por ello que el artículo que aparece en La Nación del 30 de octubre, titulado “Contralora denuncia terrible manejo de dinero para obras: Marta Acosta explica a legisladores deficiencias de proyectos financiados con crédito externos”,  me cansa, porque ya son muchas las veces en que la Contraloría dice lo mismo a los gobierno de turno y las cosas siguen y siguen haciéndose mal. Casi que la Contraloría en esto parece estar pintada en el papel: me duele decirlo, pero creo que es cierto.

Al mismo tiempo, reconozco que esa es la obligación esencial de la institución, cual es indicar cuando se da un mal manejo de los fondos de los ciudadanos de parte de los gobernantes. Esa es su función primaria, razón por la cual me molesta ver a un presidente, quien si bien acepta la crítica de la Contraloría (es su obligación aceptarla o bien probar que la Contraloría se equivoca), decir, en un artículo de la Prensa Libre del mismo 30 de octubre, que “Cuando se señalan las limitaciones no siempre se hace referencia a los logros y ha habido logros también en construcción, en mantenimiento de vías y en atención de emergencias que han ocupado buena parte del trabajo del MOPT”. [La Prensa Libre, “Solís critica a Contraloría por no reconocer logros,” 30 de noviembre del 2015.) 

La Contraloría no está para dar aplausos a gestiones  de los funcionarios ni siquiera de señalarlas cuando ellos las han hecho bien, pues la obvia presunción es la obligación del funcionario (en este caso del presidente del Poder Ejecutivo y del ministro del ramo) hacer bien las cosas: que haya un correcto y eficiente manejo de los dineros públicos.  Si, como lo pretende el Presidente, lo apropiado es que la Contraloría alabe las acciones que él considera son “buenas”, pues mejor que se le cambie el nombre al órgano de control, por el de “ministerio de adulaciones o de ditirambos o de aleluyas”, que apropiadamente aplaudiría con cánticos elogiosos la gestión de los políticos.  Parece que en ciertos lares hace falta un buen repaso de la Constitución de la República.

Son muchas las explicaciones que nos suelen brindar las autoridades de gobierno acerca del porqué de esos retrasos en la realización de las obras. Obviamente algunas de ellas tienen bases ciertas; no así en otros casos.  Una en la cual creo que tienen cierto grado de razón las autoridades de obras públicas es en cuanto al engorroso proceso licitatorio. No creo que lo sea tanto en los requisitos formales que se deben presentar ante la Contraloría para llevar a cabo un proyecto, pues para ello la burocracia estatal usualmente está muy preparada, sino en cuanto a las múltiples apelaciones que se presentan ante la Contraloría, una vez que se adjudica la obra pública a alguna empresa específica. 

Por dicha razón, tal vez por última ocasión pues ya estoy algo cansado de seguir en lo mismo, vuelvo a insistir en la aprobación de un mecanismo que creo permitiría evitar el abuso con las apelaciones ante la Contraloría, que en la actualidad se presenta. Para reiterar los argumentos no haré nada más que presentar íntegros dos breves comentario que al respecto hice más de trece años, pues creo que nada, si acaso, se ha mejorado desde aquel entonces, en cuanto a eliminar dichas trabas innecesarias que tanto nos cuestan. No sólo son profundamente dañinas para el buen uso de los fondos de los ciudadanos, al encarecer y retrasar indebidamente el costo de la obra pública, sino que también estimula otras cosas “indeseables”, tal como lo leerán a continuación. 

Eso sí, por favor, que ni la Contraloría, ni los diputados, ni los gobernantes, salgan después, nuevamente, quejándose de que las apelaciones ante la Contraloría estorban el avance de las obras públicas del estado, si ellos nunca promueven una solución en concreto a lo que se ha convertido en un abuso real para lograr una administración eficiente del estado.

El primero de mis viejos comentarios -y aún tan actuales- describe los mayores costos derivados del proceso vigente de apelación ante la Contraloría y lleva por título “Los Costos de las Apelaciones.” Lo escribí el 5 de junio del 2002 en el periódico La Nación y se los transcribo: 

“Existe una correcta apreciación en el país de que el sistema actual de apelaciones conduce a una postergación indebida y onerosa de las obras del Estado.

Con frecuencia se manifiesta la queja de que ante la Contraloría General de la República se presentan apelaciones sin sentido, tan sólo con el propósito de que el adjudicado pierda la licitación que ganó en buena lid y que, más bien, sea otorgada a algún participante debidamente perdidoso. Si bien la Contraloría, como tal, no tiene la culpa del atraso que sufre una adjudicación objeto de apelación, lo cierto es que, al menos en los dos últimos años, la División de Asesoría y Gestión Jurídica de esa entidad ha rechazado más del 72 por ciento de las apelaciones que se han presentado. Tal resultado es muestra contundente no de que existe "temeridad" por quienes apelan, hecho que es jurídicamente muy difícil y hasta imposible de probar, sino que hay una demanda exagerada e indebida de solución de este tipo de conflictos por parte de la Contraloría.

Deseo enfatizar algunos de los posibles costos que sobre la sociedad impone la existencia de una demanda excesiva de solución de apelaciones, además del costo burocrático que en sí ocasiona a la propia Contraloría.

Primero, las apelaciones retrasan la ejecución de obras o gastos públicos, hechos que originan un elevado costo financiero. Es innecesario ampliar este aspecto.

Segundo, facilita la colusión en contra del proceso competitivo que se supone debe regir la contratación en el Estado. Si es un "cartel" en que pocos integrantes se distribuyen de forma acordada diversos contratos, una apelación "hablada" puede permitir al ganador lograr mayor tiempo para iniciar el contrato pues, al momento, bien puede tener los recursos ocupados en otras obras.

Asimismo, facilita la cohesión requerida entre los miembros del "cartel", al convertirse la apelación en un arma potencial contra cualquier comportamiento díscolo de alguno de los miembros.
 
Alternativamente, el proceso actual de apelaciones también sirve para impedir la entrada de potenciales participantes que no son miembros del cartel, puesto que tendrán que tomar en cuenta que, si ganan un contrato al haber ofertado un precio menor en sana competencia, el costo inicialmente calculado se elevará, al tener que considerar los gastos en que incurre al no poder realizar la obra en el momento inicialmente acordado en el contrato, a causa de una apelación que se usó para retrasar el inicio de la obra.

Tercero, las apelaciones que se dan en ciertos sectores objeto de un cambio tecnológico significativo (como, por ejemplo, en computación) tienen el efecto de que el Estado no puede obtener la tecnología de punta que inicialmente pretendió lograr. De hecho, si hay un descenso, con el paso del tiempo, en el costo del producto que inicialmente se licitó y se ganó a un cierto precio, la postergación a que da lugar una apelación permite que el oferente ganador obtenga una ganancia adicional, que, por supuesto, la paga la sociedad como un todo. O sea, en estos casos, el Estado obtiene productos más atrasados y a un costo mayor que al que podría obtenerlos.

En cuarto lugar, la posibilidad de que las apelaciones no constituyan solo un medio de lograr un grado de control sobre la actuación de la administración, sino más bien una forma adicional mediante la cual los oferentes pueden jugar con los costos, hace que también se distorsionen otras partes esenciales de los mecanismos de licitación. Por ejemplo, si la administración detecta que sus procesos de contratación bajo licitación pública se apelan con frecuencia por participantes interesados en que deliberadamente haya retrasos, buscará utilizar otros procesos licitatorios diferentes y legales que podrían requerir un tiempo compensatorio menor, como, por ejemplo, usar métodos de contratación directa, fraccionar las licitaciones, entre otros, que alteran el objetivo fundamental de buscar la máxima competencia en las compras del Estado.

En quinto lugar, no omito señalar que los retrasos en la adjudicación final de las licitaciones por apelaciones injustificadas pueden poner en juego aspectos vitales de la forma de vida que hemos escogido los costarricenses, tal es el caso de apelaciones a licitaciones de medicinas y equipos de salud en el caso de nuestros sistemas hospitalarios y de seguridad social.”
 
El segundo de mis viejos comentarios expone la propuesta concreta que he venido señalando para reformar la legislación actual sobre contratación administrativa. El artículo se titula “Contratación Administrativa.” Lo escribí el 7 de junio del 2002 en el periódico La Nación y dice así: 

“La legislación sobre contratación administrativa incentiva una demanda excesiva ante la Contraloría General de la República para que resuelva las apelaciones a la adjudicación de los carteles por parte de los diferentes entes administradores del Estado. 

Mientras que los costos de esta práctica son excesivos para la sociedad en su conjunto –como señalé en mi artículo anterior, “Los costos de las apelaciones” (La Nación, 05 de junio del 2002) ̶ los que se imponen sobre quien apela son casi nulos; de hecho, ni siquiera se tiene que pagar a onerosos abogados para apelar (así, la solución no está en crear un privilegio gremial por el que se exija que sólo mediando abogados se pueda actuar), dado que administrativamente cualquier funcionario autorizado por el apelante puede plantear el caso ante la Contraloría. Y menos aún se castiga a quien apele porque le plazca. Si el costo de apelar es bajo, la cantidad demandada de los servicios de la Contraloría es alta, lo que explica la enorme cantidad de apelaciones, que resulta en un proceso muy oneroso.

La apelación es una institución esencial para el buen manejo de los fondos públicos; no obstante, una propuesta que considero esencial para disminuir este exceso de apelaciones es introducir legislación que imponga un costo sobre quien apele y pierda la apelación. Puede haber otras cosas menores que bien pueden reducir los costos de transacción, pero no es sino mediante el nexo directo entre los incentivos para apelar con el costo que tiene dicha acción, como será posible solucionar una parte significativa del problema, dado que, con la propuesta, el apelante potencial comparará los costos de perder su apelación con la posibilidad real que tenga de ganarla, lo cual limitaría el abuso.

Se debe aprobar legislación que reforme en este sentido la Ley de Contratación Administrativa para que se introduzca el concepto de "costas" por apelar. Esto es, que, por ejemplo, quien apele ante la Contraloría General de la República deberá rendir costas por un 5 por ciento del valor de la adquisición pública apelada. Si la gana, se le devuelven las costas rendidas; caso contrario, se pasaría el monto a la administración cuyo acto fue apelado (no a la Contraloría, para evitar el riesgo moral). Con esto creo que se pueden resolver algunas de las objeciones que la Sala IV realizó a un planteamiento similar mediante el voto 998-98, pero sobre esto sería mejor que, en su momento, opinaran los profesionales del Derecho.

Lo que ahora se necesita es que algún diputado o un grupo de ellos acoja esta idea, que me parece puede contribuir a terminar con este enorme abuso económico que con tanta razón preocupa a los costarricenses. La introducción de este sistema de costas permite a la sociedad recuperar parte de los recursos que pierde cuando se apela sin tener la razón.”

Espero que con esta propuesta se limiten las malas prácticas abusivas descritas, con lo cual dejarían de servir como excusa para una mala gestión de los recursos públicos.
 
Jorge Corrales Quesada

martes, 14 de julio de 2015

La columna de Carlos Federico Smith: ¿por qué se tienen que brincar a la Contraloría?



La información que La Nación publica el 17 de junio, bajo el rótulo “CONAVI contrató agencia de la ONU para apurar obras viales: Intermediario cobra $5 millones por gestionar diseño y construcción de proyectos,” tiene la virtud de sacar a la luz un problema que me ha interesado desde hace varios años y que tiene que ver con el sistema de apelaciones existente en la Contraloría General de la República.

La razón por la cual el gobierno actual elude el proceso de apelaciones de la Contraloría, creo que la expone debidamente la directora de la Unidad Ejecutora del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), quien afirma, según el periódico, que “la UNOPS [Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos], al ser un intermediario, tiene la potestad de adquirir servicios sin pasar por los controles estatales,” y, en palabras de esa funcionaria de CONAVI, “Ellos [UNOPS] aplican sus propias normas de contratación que tienen los mismos principios de la Ley de Contratación Administrativa, en cuanto a divulgación, transparencia, oportunidad de participación, pero no pasan por la Contraloría.”

La anterior exclusión de la Contraloría la confirma en mayor detalle el señor Sergio Mazzucchelli, gerente de UNOPS en Costa Rica, ante la pregunta del periodista de “¿Cuáles fueron las condiciones con las que entraron a trabajar con el gobierno? Señala que “Una vez que acordamos con el Gobierno llevar adelante esto, nosotros llevamos adelante la licitación; si hay apelaciones las resolvemos nosotros mismos y esas apelaciones no detienen los procesos. Por lo tanto, los plazos que proponemos para hacer las cosas se cumplen.” He aquí el meollo del asunto: el tema esencialmente surge por los atrasos que experimentan las apelaciones en el proceso actual que tienen en la Contraloría General de la República. Por eso surge esta decisión de no “pasar por los controles estatales” que define la Ley de Contratación Administrativa vigente, como dijo la funcionaria de CONAVI.

Debo indicar que se nota que, de parte de la Contraloría, ha existido cierto grado de avance en cuanto a solucionar el problema expuesto, tal como lo refleja el refrendo que aquella entidad accedió otorgar, el 22 de agosto del 2014, al contrato por $3.3 millones entre CONAVI y la UNOPS, para “gestionar los diseños y la construcción de las estructuras sobre el río Virilla en la ruta 32, la radial a Lindora y el puente sobre el río Pirro, en la entrada de Heredia,” así como en otro refrendo que la Contraloría otorgó el 18 de marzo del 2014 para un contrato adicional por $1.7 millones de dólares entre CONAVI y la UNOPS, “para los trámites relacionados con los pasos a desnivel” en diferentes rotondas de la vía de Circunvalación.

Hace ya buen tiempo, el 5 y el 7 de junio del 2002, escribí sendos artículos en La Nación, titulados respectivamente “Los Costos de las Apelaciones” y “Contratación Administrativa”, con el propósito de agilizar el lento proceso de resolución que experimentaban las apelaciones ante la Contraloría, para que se otorgaran los contratos en el sector público.  En sencillo, propuse que, quien apelaba y perdía dicha apelación ante la Contraloría, pagaría un porcentaje del valor del contrato como compensación por la decisión de apelar. De esta manera, se desincentivaba lo que he llamado el “juego de las apelaciones”, mediante el cual, dado que el costo de presentarlas es esencialmente mínimo, se estimulaba hacerlo con cualquier resolución adversa de un contrato con el gobierno. Esta facilidad para apelar implica un enorme costo para la sociedad, mediante el uso de estrategias que expuse en mi comentario “Los Costos de las Apelaciones”, que cito a continuación.

El primer costo es que las apelaciones “retrasan la ejecución de obras o gastos públicos, hechos que originan un elevado costo financiero”; el segundo es que “facilita la colusión en contra del proceso competitivo que se supone debe regir la contratación en el Estado”, pues permite excluir del cartel a competidores díscolos, así como también impide la entrada de nuevos competidores y permite al ganador posponer la vigencia del contrato cuando no cuenta con los recursos necesarios para empezar a cumplir. El tercer costo es que “las apelaciones que se dan en ciertos sectores objeto de un cambio tecnológico significativo (como, por ejemplo, en computación) tienen el efecto de que el Estado no puede obtener la tecnología de punta que inicialmente pretendió lograr”. El cuarto es que, como hay una “posibilidad de que las apelaciones no constituyan solo un medio de lograr un grado de control sobre la actuación de la administración, sino más bien una forma adicional mediante la cual los oferentes pueden jugar con los costos, [eso] hace que también se distorsionen otras partes esenciales de los mecanismos de licitación”. Finalmente, un quinto costo para la sociedad es que “la adjudicación final de las licitaciones por apelaciones injustificadas puede poner en juego aspectos vitales de la forma de vida que hemos escogido los costarricenses, tal es el caso de apelaciones a licitaciones de medicinas y equipos de salud en el caso de nuestros sistemas hospitalarios y de seguridad social.”
Ante todos esos costos, propuse en mis comentarios del 2002 una reforma que aligeraría los procesos de apelaciones y que, por ende, lograría apurar las obras públicas licitadas. Esta es precisamente la razón por la que ahora el estado está acudiendo a negociar con un organismo externo a la legalidad formal en el país (UNOPS), a fin de poder aliviar en algo aquellos costos expuestos, derivados de un procedimiento engorroso vigente en la legislación que ampara a la Contraloría, incluso permitiendo contrataciones de manera directa.  Sin embargo, el statu quo interno y externo de la Contraloría rechazó la propuesta, ni siquiera fue acogida por algún legislador interesado en el tema. Es por eso que hoy tenemos que incurrir en ese costo adicional concreto que se debe pagar a la agencia de las Naciones Unidos, de un promedio aproximado del 4% del valor del proyecto que administraría. No dudo que el beneficio posiblemente sea superior a ese costo; pero hay formas más económicas que la expuesta, que permiten arreglar la maraña y el atolladero actuales que tan costosos le salen a la sociedad como un todo. Esa reforma haría un poco más eficiente a un estado ineficiente.

Nada más una nota adicional. La Nación del 18 de junio tiene un comentario titulado “CCSS evalúa ceder torre médica a ONU: Plan de ampliación del Calderón Guardia,” que, al igual que ya lo hizo el MOPT, por medio de CONAVE, se contrataría a la UNOPS para evitar los atrasos en la Contraloría con las apelaciones. ¿Será este una secuencia que conduce a la extinción de todo este proceso actualmente centralizado, en lo que considero es un sistema ineficiente dentro de la Contraloría General de la República? Quedan advertidos…

Jorge Corrales Quesada

martes, 12 de marzo de 2013

La columna de Carlos Federico Smith: hace bien la Contraloría

No debe existir duda de que las acciones proseguidas por la Contraloría General de la República, en contra de los excesivos montos que algunas entidades estatales pagan por cesantía a sus empleados, son totalmente correctas, apropiadas y pertinentes.

Los detentadores de los privilegios, organizados en sindicatos que sólo buscan el interés de sus asociados y no el de la ciudadanía como un todo, ya han tratado de descalificar a la Contraloría por estas acciones. Cuando observo los acontecimientos, al contrario de esos privilegiados apoyo en su totalidad el esfuerzo del ente contralor, a fin de introducir algún grado de sanidad en la gestión de esos fondos públicos.

No es concebible que, mientras un trabajador común y corriente sólo percibe ocho años de cesantía; esto es, el equivalente de un mes por cada año trabajado, con un límite de ocho años, hay empleados del sector público que reciben beneficios excesivamente mayores al resto de los mortales. Por ejemplo, un trabajador del Banco Popular quien se pensiona después de trabajar allí por 30 años, en vez de recibir una cesantía equivalente a ocho meses de salario, recibe una de treinta meses. Es más, no existe límite alguno para la cesantía de un trabajador de ese Banco. Una situación de idéntico privilegio sucede en la Municipalidad de Turrialba.

La Sala Constitucional definió que el máximo posible de cesantía no podía exceder de 20 años, lo que, en sí, ya constituye un montón de años más de lo que recibe la mayoría de los trabajadores del país.  Ante esta realidad, pronto, quienes ven a la economía de un país como si fuera una vaca a la que sólo hay que ordeñarla lo más posible, nos dirán que ¿por qué no se aumenta a 20 años la cesantía para todos los trabajadores del país? Ante la posible sugerencia, sólo cabe responderla con otra pregunta: ¿De dónde saldrá la plata para mantener ese monto tan desenfrenado? Nos responderán, pues ya el cántico es estereotipado, que “cobrándole más impuestos a los ricos”. Asumen que estos no pueden trasladárselos a los trabajadores y a los consumidores.  Por ello, terminarán por ser estos últimos quienes paguen el privilegio de la cesantía de algunos. 

Cualquier estudiante de Economía básica sabe que, si la mano de obra se encarece, como sucedería con la imposición de un aumento en la cesantía, como el que ciertos líderes sindicales sueñan opiáceamente con tenerlo, va a descender la cantidad demandada de mano de obra. Su propuesta generará mayor desempleo. Los trabajadores que queden desocupados por el encarecimiento de su trabajo, serán quienes paguen el privilegio de que para algunos haya una mayor cesantía. Todo será para beneficiar a aquellos trabajadores que, al final de cuentas, logren permanecer empleados. Los sindicatos se asegurarán de que no sean despedidos los trabajadores que están afiliados a éste y, si fuere el caso de que haya que despedir trabajadores sindicalizados, serían aquellos que tengan un menor número de años de membresía, por ser posiblemente los menos influyentes y los más débiles.

Vale la pena observar lo que ha venido sucediendo en naciones de Europa, como Grecia y España, en donde las dádivas laborales al amparo sindical reinaban incólumes, hasta que en esos países se acabó la plata de sus gobiernos.  Podrán así darse cuenta de las tasas de desempleo que hoy se tienen en esas naciones, como resultado de tener que poner orden en el despelote financiero en que se encontraban sus gobiernos. Estos no tuvieron ya más plata para seguir pagando privilegios de todo tipo, significativamente asociado con los salarios de los empleados públicos.

Cómo puede ser posible, sino por su naturaleza monopólica, que en RECOPE un trabajador puede tener una cesantía de 24 años.  Si hubiera competencia, eso no se daría, aunque con aquella tal vez los trabajadores podrían lograr mayores salarios, como resultado de una mayor productividad.  Hoy, para pagar ese privilegio, el monopolio simplemente acude a cargárselo a los precios de los productos que nos venden.  Así, todos los consumidores somos quienes terminamos pagando el favorecimiento arbitrario de algunos.  Por supuesto que los sindicatos nos dirán que, si se les elimina esa cesantía privilegiada, tal medida se reflejará tan sólo en una porción muy pequeña del precio que se cobra por los combustibles.  Ese es el viejo argumento de “somos tan pequeños, que no importamos”. Esto es, que si alguien propone eliminar o reducir un gasto gubernamental, se alega que no hay razón para hacerlo, si porcentualmente es muy poco importante en el costo total. Algo igual sucede con el proteccionismo arancelario en el caso del arroz, en que un protegido productor logra que el costo al consumidor doméstico sea mayor en, tan sólo, un colón por kilo, el cual posiblemente “no lo siente tanto” el consumidor final. Lo relevante es el gran volumen que se vende de kilos de arroz protegido en el país.  Por ello, es difícil imaginar el monto total adicional de ingresos que recibe cada uno de los pocos productores nacionales, por ese sobreprecio hipotético de un colón. Entre peso y peso de más por kilo, el total genera una soberbia y sabrosa cantidad de dinero, producto del privilegio proteccionista otorgado a unos pocos.

El trabajador del Consejo Nacional de Producción disfruta de una cesantía de 25 años.  Esa es una institución que casi ni opera. Es muy poco, si algo, lo que hoy hace.  Es tan sólo por un miedo interesado de los políticos, que no se ha podido poner un candado a esa entidad. En tanto, lo que habrá que pagar por cesantía a los trabajadores de esa entidad, sigue subiendo casi sin límite. Allí se siguen utilizando recursos, humanos y financieros, que posiblemente serían mucho más productivos si estuvieran siendo empleados en otras actividades o, al menos, su utilización no generaría pérdidas.  La existencia del CNP se da tan sólo porque, de alguna manera, el dinero de los costarricenses sigue siendo usado por los intermediarios gubernamentales, para mantener abierto lo que nada o poco hace.

En la Municipalidad de San José, en enero la cesantía se redujo de una indefinida eternidad a sólo 20 años, que es el límite máximo que faculta la Sala Constitucional. Dicha cesantía sigue siendo, aunque ya legalizada, muy superior a lo que obtienen la mayoría de los trabajadores públicos y privados. De alguna manera son estos mismos trabajadores públicos y privados, con los impuestos que pagan y con el mayor costo de servicios públicos que deben pagar, los que mantienen el privilegio para unos pocos. Los empleados de esa Municipalidad no parecen estar muy cómodos con el nuevo arreglo (de ser uno de ellos, mejor me quedaría callado: ese privilegio sigue siendo muy alto en comparación con el resto de los trabajadores). De darse una movilización sindical para oponerse al reordenamiento que busca la Contraloría, probablemente lucharán por volver al aún mayor privilegio de su pasado.

Debemos apoyar el loable esfuerzo que hoy lleva a cabo la Contraloría, en defensa de los recursos escasos de todos los costarricenses. Son fondos públicos, recogidos con impuestos o con sobreprecios en los servicios, los que hoy son malgastados para satisfacer esos privilegios para algunos, tal como hemos venido comentando.

Jorge Corrales Quesada