
La última ocurrencia del Gobierno de la República de Costa Rica ha sido la consumación de un absurdo: el Decreto Nº 34616-MEP-C (ver pág. 9) que regula el Canto del Himno Nacional, que según la norma, deberá entonarse no sólo en los actos oficiales donde participe el Presidente de la República, sino también en las actividades educativas a las que asista el Ministro de Educación Pública y, más sorprendente aún, todos los lunes o primer día de la semana en la totalidad de los centros educativos del país.
El decreto también autoriza la ejecución del himno en actividades culturales, festivales, fiestas, develaciones de monumentos siempre y cuando el Poder Ejecutivo declare el interés cultural de las mismas. Asimismo, permite que se entone en actividades deportivas cuando haya una representación oficial del país, categoría dada por un acto del Poder Ejecutivo que declare el interés deportivo nacional.
Como se puede observar, don Oscar Arias no sólo quiere exaltar su imagen expresando molestias porque en el Museo Nacional se expusieron fotos del ex-presidente Oduber y no suyas (culto a la personalidad) sino que también quiere exaltar el patriotismo barato por medio del más alto sentimiento de respeto y devoción por los símbolos nacionales.
Resulta sorprendente saber que, frente a gran cantidad de problemas de importancia mayor, el Poder Ejecutivo priorice en una ridícula regulación del Himno Nacional. He ahí una prueba más de que el Estado costarricense gusta de la intervención en cada aspecto de la vida de los ciudadanos. El Himno Nacional debe poder ser ejecutado cuando y donde se desee, sin necesidad de un permiso o autorización.
Luego de este decreto, la pregunta que hay que hacerse es qué sigue ¿adorar a la bandera? ¿besar al yigüirro? ¿viajar al trabajo en carreta, a menos que la placa de la misma esté restringida por 12 horas?