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martes, 14 de marzo de 2017

La columna de Carlos Federico Smith: que la paguen quienes la disfrutarán

Se hace una carretera costosa a un lugar, la cual podría ser objeto de peaje pues claramente se puede determinar quiénes son los beneficiarios de ella, pero el costo de la carretera lo obligan a que sea pagado por todos los ciudadanos por medio de los impuestos, aportados por quien se fuma un cigarrillo hasta el que tiene que pagar el impuesto de ventas o el de la renta. Es decir, lo que si bien es directamente beneficioso para un grupo concreto de personas, termina en que su costo es cargado a todos, incluso los que ni siquiera lleguen a usar esa carretera. 

Por contraste, se hace un nuevo muelle de carga en el Atlántico, por medio de una concesión a una empresa privada.  El pago de su costo será sufragado por aquellos que efectivamente utilicen los servicios de ese muelle, no como un gravamen que recae sobre todos los ciudadanos del país, usen o no dicho muelle. 

Ahora se nos presenta una situación relativamente similar a la primera: resulta que Acueductos y Alcantarillados (AyA) ha planteado una solicitud ante la ARESEP, para elevar los cobros que lleva a cabo por el servicio de agua a los más de 500.000 abonados que sirve (por supuesto, excluyendo a los que usan su agua “desperdiciada” y que de hecho no pagan nada por ella), para aumentar la producción de agua potable en Guanacaste. Según una información suministrada por La Nación del 4 de enero, titulada “AyA pide 14% más en tarifa para llevar agua a todo Guanacaste: Abonados de todo el país financiarían obras de emergencia en Pacífico norte,” habría un aumento para cada usuario de entre ₡43 y ₡218 al mes, en función de su volumen de consumo. 

La razón de tal petición es atender “la emergencia por el faltante de agua en Guanacaste”, lo cual es obviamente una tarea en la que presuntamente debería de estar interesada el AyA. Pero, en lugar de pensar en cobrar por esos servicios nuevos que va a brindar en Guanacaste, la ocurrencia es que todos los consumidores de AyA, desperdigados en todo el país, tengamos que asumir el costo del proyecto. Es claro que el beneficio es a una región concreta del país y que beneficiará sólo a los habitantes de esa región, población que incorpora desde el más pobre peón de finca, hasta el más rico dueño de propiedades de recreo en esa zona, posiblemente -por ser el calorcito lo usual- poseedor de una piscina, sin dejar de lado al poderoso dueño de hoteles, con lo cual terminaríamos subsidiando el costo a turistas que llegan a pasear por allá. 

El monto estimado de los tres principales proyectos -el Acueducto Costero de Santa Cruz, el acueducto de Bagaces y el de Las Trancas para la región de Papagayo y vecindades- no es poca cosa: ₡13.659 millones, de lo cual, poco menos que la mitad (₡7.735 millones) sería la inversión en el Acueducto Costero, ₡4.449 en el de Bagaces y ₡1.475 en el acueducto de Las Trancas. No dudo que sean obras necesarias, aunque en cierto momento se ofreció, creo que de parte de China, financiar proyectos de desalinización que parecían tener costos menores que los propuestos con las perforaciones alternativas. No se supo qué impidió seguir con aquellos proyectos. Es claro que el de Bagaces resulta de un mal manejo previo de un agua contaminada peligrosa, que ahora debe ser reparado por quien la suplió inadecuadamente.

Pero, en especial los proyectos costeros, no veo por qué no pueden ser pagados claramente por quienes los usarán de forma directa, como es lo justo y lógico: que el que lo utiliza, pague por ello. Sé que se argumentará que hay gente pobre que no podría hacerlo, pero eso lo que nos dice no es que todos los ciudadanos, incluyendo los no usuarios de esos pozos, tengan que pagarlo, sino que el estado, si desea subsidiar tal consumo, lo haga explícitamente, pero los que tienen recursos en esa zona sí deben pagar por el agua que usarán. Me parece justo.

Jorge Corrales Quesada

martes, 7 de febrero de 2017

La columna de Carlos Federico Smith: ahorrar en el desperdicio de agua

Una publicación de La Nación del 31 de diciembre, bajo el encabezado “Enorme desperdicio de agua pone a correr al AyA: Mitad de líquido se pierde por fugas, tomas ilegales y medidores alterados,” nos muestra a plenitud el derroche del agua producida por Acueductos y Alcantarillados.

El triste antecedente es ver que muchos ciudadanos se dieron cuenta hasta hace poco de los serios problemas financieros del sistema de pensiones de la Caja (IVM), a pesar de que, desde hace mucho tiempo atrás, se habían realizado estudios serios que confirmaban tan angustiante situación. Pero lamentablemente, en aquellos momentos -hace años- no se tomaron las medidas correctivas del caso y, ahora, es urgente resolver como enfrentar un problema que se ha hecho mucho más grande.
 
Algo igual sucede con el caso del desperdicio del agua potable que sirve AyA, tanto en el Gran Área Metropolitana  (GAM), como fuera de ella. Desde hace ya mucho tiempo era conocido el problema, ante lo cual, ahora, son meritorias dos cosas: que La Nación se refiriera al enorme desperdicio y que las autoridades de AyA, a partir de este año y durante 5 años, impulsarán “un plan para reducir el desperdicio’’.  [Ojala fuera para eliminarlo, pero, si hay razones poderosos, tanto prácticas como económicas, para tan sólo reducirlo, que al menos lo sea significativamente.]
 
AyA produce 230 millones de metros cúbicos de agua para el consumo  de 1.6 millones de personas y, de acuerdo con el periódico, AyA “ha sabido que la mitad… se desaprovecha”. “Tuberías viejas, numerosas fugas subterráneas sin detectar, tomas ilegales, medidores obsoletos o alterados y la lenta atención de averías” son las causas del desperdicio.
 
Todo ello tiene un impacto financiero sobre AyA, aun cuando no se tiene o expone el monto estimado de aquél –inconcebible, ¿verdad?, porque es casi increíble que pueda acudirse a organismos internacionales para pedir fondos prestados para resolver el problema, sin saber la cuantía de los ingresos que, por el desperdicio, actualmente se dejan de percibir y que, se presume, se recuperaría total o parcialmente, como para que el préstamo para la inversión ($162 millones) sea recuperado. En la actualidad, AyA “factura ₡115.000 millones al año por el líquido que sí llega a sus 428.022 conexiones oficiales.”
 
Eso sí, se ha estimado que, con el plan propuesto, se reduzca aquel 50% hoy desperdiciado, hasta un 33%, y que aumenten sus ingresos anuales en más o menos $11.7 millones (unos ₡6.435 millones anuales). Mi regla de tres sencilla me da un número muy diferente, pero, posiblemente, estaré equivocado: si hoy en día AyA factura ₡115.000 millones al año, con una utilización del 50%, como con las mejoras consideradas se espera que la utilización sea del 67% -el 33% en que, de acuerdo con el ICE, se reduciría el porcentaje de agua sin cobrar-, esperaría que mi facturación se elevara en ₡39.100 millones; pues pasaría de ₡115.000 en la actualidad, a ₡154.100 cuando se esté desperdiciando tan sólo un 33% y cobrado el 67% de lo producido. Además, creo que “no me sale el cálculo”, porque, con esa recuperación anual de $11.7 millones de ingresos que indica el medio, para repagar sólo el principal de $162 millones, sin intereses ni comisiones, AyA (los consumidores, de hecho), tomaría casi 14 años, que no sé si calza dentro del plazo estimado de redención de la deuda.
 
Tampoco se señala si en el cálculo anterior de aumento en los ingresos, ante el ahorro en el desperdicio, AyA está considerando una reducción de las tarifas cobradas a los consumidores, tal como podríamos esperar, dada la economía lograda con la inversión.
 
Adicionalmente, la información periodística expresa algo interesante, cual es el señalamiento de don Rolando Araya, director de del Área de Desarrollo Tecnológico de AyA, de que “Hay una cultura de burlar el cobro. Enfrentamos un creciente fenómeno de alteraciones de todo tipo en medidores y tomas en barriadas y precarios, las cuales son incobrables…. Dicha anomalía ocurre en comunidades enteras donde hay grupos organizados que realizan las alteraciones a pedidos de cuarterías, sodas, precarios, hoteles, servicios de lavado de carros y bares.” Y agrega que “el factor humano en zonas materialmente pobres, es muy complejo. Hablo de sitios donde nuestro personal ni siquiera puede ingresar a hacer registros por riesgo a su propia seguridad.” Algo similar a lo que sucede con el ingreso de policías, bomberos y hasta de la Cruz Roja en comunidades en donde no parece existir la vigencia de la ley.
 
No sólo lo expuesto es grave, sino que el incentivo vigente es claro. El agua tiene un costo para producirla; no es un bien gratuito, como normalmente suele serlo el aire. Si no se cobra de todo o casi del todo lo que cuesta el agua, como parece indicarlo el señor Araya, el usuario -si así le podemos llamar- no tiene incentivo alguno para economizar en su utilización, sino que se está estimulando la sobre-utilización y el desperdicio (en cierto momento, leí que en la ciudad de Buenos Aires, cuando el estado suministraba el servicio, el precio cobrado era tan bajo dado el costo, que estimulaba una enorme utilización del agua, incluso en piscinas de ricos). Si se quiere racionalizar la actividad, lo que hay que hacer es cobrar debidamente por el uso del agua, incluyendo la participación de las autoridades debidas, además de que, ojalá, la Sala Constitucional se dé cuenta de que, si algo no se cobra lo que vale, se utiliza más de la cuenta y hasta se desperdicia. Ese desperdicio es pagado por el resto de los consumidores, ciudadanos que pagarían una tarifa más elevada, al no tenerse un control del desperdicio y del abuso.

Jorge Corrales Quesada

martes, 24 de noviembre de 2015

La columna de Carlos Federico Smith: depende de qué tipo de control

En mucha ocasiones es importante definir cuál es el tipo de control que se pretende lograr de la acción de una entidad, a fin de considerar si es conveniente. Trataré de un caso concreto, que fue objeto de un artículo en La Nación titulado “Acueductos rurales del país operan en completo descontrol: Entes privados administran el 25% del agua del país, mas no hay registro de sus servicios.”

Francamente el que una entidad no lleve registro de los servicios que llevan a cabo ciertas entidades privadas, nos debe de tener sin cuidado, pues nada nos está garantizando que, lo que pretende esa entidad, es lo más conveniente para los intereses de los usuarios finales, los consumidores.  Ese es el primer matiz que le doy a mi comentario: Todo depende de si se sabe, tal vez de previo, para qué es que se quiere implantar un control de parte del estado, y así evaluar si el control pretendido es deseable. O sea, ¿qué se pretende con el “control”?

Un subtítulo de ese artículo dice: “Estado ignora el número de clientes y las tarifas de 1.500 sistema comunales”. Si eso es así, tal vez lo mejor es como están las cosas. Imagínese que la burocracia centralizada quiera saber cuántos clientes hay para hacerles la vida más infeliz. Además de que se dependa de un ente extraño para los ciudadanos, ubicado por allá en Pavas, bien lejos de la comunidad que sí está cerca del servicio. Mejor que, entonces, no sepa aquellas cosas. También podría ser que al ente central no le parecen las tarifas que por el servicio de agua se cobran en las comunidades, ya sea porque son muy elevadas, según su criterio, o bien porque son bajas en comparación a lo que cobra el ente central. Puede ser que lo que pretende es acabar con una actividad rentable y apropiada que puede brindar un servicio de la comunidad; esto es, acabar con la competencia. Así que, hay que andar con mucho cuidado: el centralismo puede resultarle muy caro a quien adquiere un servicio en su comunidad, el cual le satisface en cuanto a calidad y precio.
 
La pretensión del estado la puede reflejar la opinión de un funcionario de la ARESEP, quien expresa que “el desorden y la falta de armonía entre esos entes privados y el Gobierno ha hecho que el 40% de los acueductos opere ilegalmente sin haber firmado el convenio de delegación con el AyA.” Pregunto ¿por qué tiene que ser “armoniosa la relación entre una parte privada y el estado?  Puede ser de sana independencia, hasta de indiferencia y, si a alguien se le ocurre, también puede ser de “dejadme hacer, dejadme pasar,” como tantos han clamado en el pasado. Ese 40% sobre el cual el estado pretende concentrar información acerca de la calidad del servicio, son 28 acueductos municipales en operación, en conjunto con las asociaciones administradoras de acueductos rurales, mejor conocidas como ASADAS.
 
Alguien podrá señalarme, no sin cierta razón, que AyA es un órgano técnico especializado en el servicio de agua, mientras que esos entes privados no brindan la mejor calidad de un producto.  Eso puede ser cierto, pero también hay que entender que tener una mejor calidad de algo puede requerir un mayor precio y, por tanto, el consumidor, libre y soberanamente, puede preferir tener una menor calidad pero a un menor precio. Asimismo, alguien podrá señalarme que AyA es muy eficiente en comparación con la producción de las ASADAS y municipios, pero en esto también me salta una seria duda, cual es el enorme desperdicio de agua que hay en la provisión que, a gran parte del país, nos brinda el AyA, así como también inquieta la muy elevada tarifa que se nos ha cobrado en los últimos años, lo cual, sin duda, ha afectado principalmente al presupuesto de los hogares de ingresos medios.
 
En apariencia el problema del manejo del servicio de agua de parte de las comunidades radica en dos partes.  Primera, que la calidad de esa agua es inferior a la que brinda el AyA. Pero aquí debe tomarse en cuenta aquella relación que expuse entre calidad y precio, aunque, en este caso, señala el periódico que, de acuerdo con la ARESEP, la “debilidad más frecuente [de las ASADAS] es la cloración inadecuada.” Aceptemos que, en principio, clorar el agua es deseable y que la no cloración da lugar a que se presenten enfermedades bacterianas y virales que contagian a otras personas distintas de las que toman agua no clorada (en el lenguaje de los economistas, que hay una importante externalidad negativa por ese suministro de agua no clorada). Pero tal situación no es razón necesaria ni suficiente para que las ASADAS y los servicios municipales de agua dejen de existir como tales. Para esta circunstancia, más bien pensaría en un programa conjunto de asistencia técnica del mayor ente gubernamental en asuntos de aguas, el AyA, con las entidades locales, en cuanto a la conveniencia de que los ciudadanos puedan contar con agua clorada. Y punto; nada más.
 
El otro tema argüido para tratar de cierta manera de obligar a cierta conducta de las ASADAS y las municipalidades, es que las administraciones de éstas son un desorden.  Eso puede ser así: después de todo, esos servicios municipales y las ASADAS suelen brindarlos en áreas relativamente remotas, probablemente con gente que no es de la más preparada técnicamente, usualmente a causa de disponer de menores recursos y de tener poca preparación en lides burocráticas. Pero no es razón para creer que el resultado sería mejor si se les sujeta a un reglamente que puede alterar la independencia de una empresa privada, como lo es la ASADA, ni tampoco de un gobierno de un nivel “inferior” al del centralizado AyA.
 
De nuevo, si hay tal vacío de calidad administrativa, ¿por qué no ofrecerle a las ASADAS y a los municipios un acuerdo para trasmitir la técnica mejor que supuestamente posee AyA? Las partes, hablando, se entienden. No puede ser algo unilateral, sino de beneficio mutuo.

Hay una cosa importante que se debe tener presente: la competencia beneficia a los consumidores.  Si, por ejemplo, AyA ofrece un mejor servicio (digamos con un mejor tratamiento y con cloración) y que tal vez tenga un precio aceptable para los consumidores actuales del servicio privado de las ASADAS y de las Municipalidades, no dudo que gente pueda decidirse por aquello que le ofrezca la mejor relación precio-calidad y oportunidad o permanencia del servicio: la gente no es tonta; podrá no saber de administración profesional, pero suele saber, tanto como cualquiera de nosotros, qué es lo que les conviene. La gente lo que debe de tener siempre es la opción de poder escoger y así “votar” con su consumo qué es lo que prefieren ellos y no un burócrata que posiblemente conoce menos que la totalidad del mercado.
 
Cuando hablo de competencia, me llama la atención que, en estos momentos, está en discusión legislativa “un proyecto de ley para permitirles a las cooperativas vender agua y asumir las ASADAS que no dan la talla.” Es absolutamente un ridículo que actualmente exista tal prohibición: la regla debe ser permitir todo, y que se prohíba lo estrictamente necesario. ¿Por qué razón no pueden ser una competencia para el AyA? ¿Por qué prohibirle a las empresas cooperativas, al igual que las ASADAS, que son empresas privadas, que cualquiera otra empresa privada pueda servirle a los consumidores? ¿Por qué sólo un estado centralizador puede brindar ese servicio? Es más, ¿por qué evitar el acicate de la competencia que obligue al AyA a innovar en sus prácticas?
 
Por eso es que entiendo la posición del señor Rolando Marín, de la Unión de Acueductos Comunales (UNAGUAS), del cantón de Grecia, al señalar que “el sector nunca ha aprobado el reglamento de ASADAS (vigente desde el 2005), pues es abusivo, les limita, controla y los ‘trata’ como entes públicos”, que no lo son.  Ese reglamento lo elaboró el AyA y gran parte del problema es que pretenda su imposición a los otros entes que suplen de agua al país. Me parece que hay conciencia en que estos obtengan asesoría administrativa y técnica, pero a su vez que tienen razón en clamar por tener un espacio para sus decisiones y no la sujeción a un ente centralizador. La competencia debe siempre ser bienvenida, Ojalá que las cosas mejoren para bien de los usuarios, los consumidores, que son quienes importan y no las burocracias, estén donde estén.

Jorge Corrales Quesada

jueves, 22 de septiembre de 2011

Jumanji empresarial: el agua y los inmorales ambientalistas


Que yo sepa, la Constitución no es tan omnisciente como para tratar el tema del agua, ni decirnos cosa alguna sobre su transporte. Además, siendo un texto en sí, no tiene la necesidad material de agua para vivir. Sin embargo, estamos dispuestos a crear más trabas, basándonos en simbolismos constitucionales, para hacer más difícil el aprovechamiento de los recursos por aquellos seres humanos que sí dependemos de estos. Es una mala maña tica la de complicar todo echando mano a legalismos inútiles. Al menos, parece que así lo quieren la mayoría de los Diputados que conforman la actual legislatura, ignorando la verdadera realidad científica y tecnológica en torno a la problemática del agua.

El agua nunca se va a acabar en la tierra, a no ser que de alguna manera milagrosa el H2O se escape de la atmósfera. Pero el agua "limpia", como cualquier bien escaso, solo podrá ser abundante para el ser humano si dejamos que el ciclo de generación de bienestar haga su trabajo: especialización, propiedad, producción (innovación), intercambio y capitalización.

"El hombre—el hombre racional—no solo es capaz de crear un sistema económico que puede ocasionar un nivel de vida siempre creciente, sino que, precisamente por ser racional—porque esta es la calificación adecuada—, también merece ese sistema económico y todos los bienes maravillosos que puede obtener" decía George Reisman.

Es un hecho probado que, aunque algunos ríos, lagos y arroyos en los países industrializados pueden estar más sucios hoy día que en el pasado, el suministro de agua potable nunca ha sido mejor, gracias al conocimiento acumulado y las tecnologías modernas para tratarla; y sin duda, muchas o casi todas las masas de agua sucia actuales también estarían limpias y serían fiables si estuvieran sujetas a derechos privados de propiedad. En tal caso, los individuos tendrían incentivos para mantenerlos limpios, al poder cobrar por el agua y por los beneficios (derechos de pesca y otros).

Si el ser humano ha probado ser tan productivo e innovador a través de la historia, entonces ¿por qué dejamos que el miedo irracional, desatado por los irresponsables ambientalistas continuamente, detenga nuestro progreso y búsqueda de bienestar a partir de la ciencia y la tecnología aplicada? La respuesta tiene que ver más con la naturaleza del saqueo, a través de medios políticos, que con la lógica económica: la mayoría de estos ambientalistas, en resumidas cuentas, dependen de la generación de miedo y de leyes negativas para subsistir, sin importarles cuánta pobreza y escasez crean con sus intenciones mercantilistas.

Y esto es simplemente inmoral.

Andrés Pozuelo Arce

domingo, 8 de julio de 2007

TLC y el agua


Se ha indicado que el TLC permitiría la privatización del recurso hídrico e imposibilitaría que el Estado tomase acciones para garantizar el aprovechamiento sostenible del agua, la cual convertiría en una mercancía sujeta a las reglas del mercado. Aunque la preocupación por un bien de tanta importancia para la vida resulta entendible, las afirmaciones anteriores carecen de fundamento.

En primer lugar, el Tratado no modifica el régimen legal del agua ni la institucionalidad existente para la gestión del recurso hídrico. Tampoco el TLC impide que el país (por medio del Ministerio de Ambiente, el de Salud, el AyA y otras instituciones,) implemente los mecanismos de protección o que se promulgue nueva legislación que establezca condiciones de aprovechamiento y control de la contaminación mucho más estrictas que las actuales (por ejemplo, en una Ley de Recurso Hídrico como la que se discute en la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa). El régimen de dominio público del agua no se ve afectado por el Tratado y continuará vigente después de aprobado éste.

De conformidad con la Ley de Aguas No 276 del 27 de agosto de 1942 y sus reformas “aguas son de dominio público” (artículo 1 ); ello se reafirma con la promulgación del Código de Minería No 6797 del 4 de octubre de 1982 y con la Ley Orgánica del Ambiente No 7554. Lo anterior implica precisamente que su propiedad pertenece al Estado, el cual puede otorgar concesiones para el uso y aprovechamiento de las aguas. De manera expresa el artículo 50 de la Ley Orgánica del Ambiente establece que “el agua es de dominio público, su conservación y uso sostenible son de interés social.”

Nada será derogado. Nada de lo dispuesto en el marco legal descrito será derogado por las disposiciones del TLC. Tampoco se impide que la característica de dominio público del agua sea elevada a rango constitucional, como se ha pensado mediante una modificación al artículo 121 de la Carta Magna. Aún más, el capítulo 17 del Tratado establece que los países deben esforzarse por mejorar su legislación ambiental, lo cual podría conllevar impulsar regulaciones más estrictas sobre la contaminación y el aprovechamiento del recurso hídrico.

En segundo lugar, se ha indicado que el país no podrá regular el aprovechamiento (incluida la comercialización) del agua. Es necesario aclarar que el agua siempre ha sido objeto de aprovechamiento por los particulares para diferentes actividades productivas o domésticas (turismo, agricultura, riego, etc), para lo cual se ha establecido un sistema de concesiones de aguas vigente desde la Ley de Aguas de 1942. Aún aceptando la posibilidad de que, debido a las nuevas actividades de inversión que puedan generarse por el Tratado, se incremente el consumo de agua o bien aumente el interés de empresas por comercializarla (por ejemplo, agua embotellada), las potestades reguladoras del Estado para garantizar la sostenibilidad del uso del agua no se ven afectadas por el TLC.

La legislación actual en materia de conservación y uso sostenible del recurso hídrico o de evaluación de impacto ambiental, aplicadas de manera correcta, permiten asegurar un uso racional del agua. Por el contrario, el capítulo 17 del Tratado establece el compromiso de cumplir con su legislación ambiental, sujeta, bajo ciertas condiciones, incluso al sistema de solución de controversias del capítulo 20. La aplicación decidida de la legislación nacional que rige la materia tal y como lo exige el TLC (Ley de Aguas, Ley Orgánica del Ambiente, Canon Ambientalmente Ajustado, decreto de creación del Departamento de Aguas del Minae, etc.) garantizaría que cualquier concesión para aprovechar aguas se ajuste a los parámetros ambientales existentes (entre ellos además contar con la viabilidad ambiental de la Setena, según lo establece el reglamento de evaluación de impacto ambiental). Esta situación legal no es modificada por el Tratado.

Normas más rigurosas. En resumen, el TLC no impide que el país pueda establecer normas más rigurosas para el otorgamiento de concesiones de aguas ni obsta para que se emitan leyes, como la ley del recurso hídrico, donde se estipulen mayores controles para prevenir la contaminación y el mal uso del agua. Si un particular, nacional o extranjero, solicitara una concesión, deberá seguir un procedimiento que incluye la participación del Departamento de Aguas (órgano especializado) y de la Setena, que velará por que la concesión sea ambientalmente viable y deberá, como parte del proceso de evaluación, exigir al solicitante las medidas preventivas, mitigadoras o compensatorias que procedan.

Nada en el TLC disminuye estas salvaguardas ambientales ni limita la potestad y control del Estado sobre el agua o sobre las condiciones para su uso.


Jorge Cabrera Medaglia, tomado del periódico La Nación