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miércoles, 3 de abril de 2013

Desde la tribuna: ¿Estado de Derecho?

Desde el principio denunciamos la instalación de una comisión de notables, en torno al problema de la gobernabilidad, como una excusa de la Administración Chinchilla para justificar sus graves falencias. El peso de la complicidad en la acedía administrativa y gubernamental tendrá que ser asumido por el grupo de notables.  

No obstante, su mayor obsecuencia viene por otra parte y ya ha sido reiteradamente denunciada: han sido instrumento para endilgarle falsas responsabilidades al poder legislativo y al estado jurídico de nuestra sociedad. Sus impertinentes comentarios han resultado una vía para un desproporcionado intento de disminuir las posibilidades de las oposición legislativa, festinar los proyectos de ley, acortar irracionalmente plazos y uso de la palabra y promover una peligrosísima administración de los proyectos de ley.

Se suma lo anterior un descarado intento de restar posibilidades de consulta constitucional, aunado a la propuesta para obtener la caducidad de las posibles inconstitucionalidades por la forma (se propone que después de cuatro años haya caducidad y no se pueda declarar la inconstitucionalidad de una ley mal aprobada o falsamente aprobada).

Asimismo, en el proyecto denominado “Ley para mejorar el funcionamiento de las instituciones del Sector Público” viene una colección de “joyitas”, justificadas en los apuntes de “ingobernabilidad” de los notables (¡bendita comisión!).

Una de ellas, comentada por otra vía, es el intento de acabar con lo poco que queda de autonomía en las instituciones autónomas (artículos 188, 189 y 190 de la Constitución), dejando como niño de teta al dúo de leyes de octenio del cogobierno (1970-1978:  “pa’eso tenemos mayoría” y “yo no soy yo”) denominadas “Ley de Presidencias Ejecutivas” y “Ley Cuatro/Tres”.  Ahora se propone el “jerarca unipersonal” nombrado directamente por el Consejo de Gobierno.  

El objeto de este comentario se concentra en otra de estas joyitas, las reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (no olvidemos –y eso será objeto de otro análisis- que también viene una reformita a la normativa de la Contraloría, para aflojar controles).

El enunciado general del artículo 2 del citado proyecto de “Ley para mejorar el funcionamiento de las instituciones del Sector Público” dice “Refórmanse los artículos 3, inciso a), 4 y 6 de la Ley No. 6815 del 27 de setiembre de 1982, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en los siguientes términos”.

Quizás la reforma al inciso a) del artículo 3 pueda considerarse una pequeña mejora, pues en la actualidad, dicho contenido dispone, entre las atribuciones de la Procuraduría la de “Ejercer la representación del Estado en los negocios de cualquier naturaleza, que se tramiten o deban tramitarse en los tribunales de justicia.”

El texto que se propone agrega  que “Para tales efectos, la Procuraduría General, según su criterio,  requerirá la oportuna colaboración y establecerá la coordinación necesaria con las instancias administrativas vinculadas con el caso respectivo.”  Aunque el agregado tal vez sea ocioso, pues es optativo y, hasta donde ha trascendido, la Procuraduría recaba el criterio de las administraciones concernidas.

Pero, en cambio, mucha atención a las demás propuestas de modificación de la Ley Orgánica de la Procuraduría:

El artículo cuatro:
 
(TEXTO ACTUAL) El artículo cuarto de la Ley, en su texto actual, dice lo siguiente:  “CONSULTAS. Los órganos de la Administración Pública, por medio de los jerarcas de los diferentes niveles administrativos, podrán consultar el criterio técnico-jurídico de la Procuraduría; en cada caso, deberán acompañar la opinión de la asesoría legal respectiva, salvo el caso de los auditores internos, quienes podrán realizar la consulta directamente.

(TEXTO CHINCHILLA) En cambio, el texto que propone la Administración Chinchilla dice así:  “CONSULTAS. La Administración Pública podrá consultar el criterio técnico-jurídico de la Procuraduría.  La consulta deberá hacerla el ministro o el órgano jerárquico máximo del ente respectivo; en cada caso, deberán acompañar la opinión de la asesoría legal respectiva.”

Se advierte que los destacados (negrita) y subrayados (son agregados). 

Como bien puede apreciarse, la Administración Chinchilla está pretendiendo limitar las consultas de los “jerarcas de los diferentes niveles administrativos” y, además, impedir las de los “auditores internos”.  Esta limitación es gravísima y un atentado no solo contra el Estado de Derecho sino, además, contra la probidad.  

Obviamente, la defensa de muchísimos jerarcas intermedios (y las actuaciones de los auditores) pasaban por la posibilidad de consultar a la Procuraduría y, así, obtener un “dictamen vinculante” que amarraba a la Administración. Estos dictámenes vinculantes obligan a la Administración Pública a actuar según la interpretación jurídica de la Procuraduría.  

Estos dictámenes establecen caminos, responsabilidades, procedimientos, limitaciones, competencias y marcan cómo debe actuar la Administración pública.  

La Administración Chinchilla cercena la posibilidad de consulta, la reserva a los ministros (en el caso de la Administración central) y los jerarcas de las entidades descentralizadas (de acuerdo con el texto, tampoco las administraciones desconcentradas tendrían la posibilidad).  

En el caso de los auditores internos, ojos y oídos de la Contraloría en algunos casos y freno de las actuaciones desaforadas de algunas administraciones, vigilantes del buen funcionamiento administrativo, es evidente que la reforma pretendida es un cañonazo directo a la lucha contra la corrupción.  Se cercena un instrumento valiosísimo y un arma eficiente en la vigilancia de la función pública.

El artículo seis:

(TEXTO ACTUAL) El artículo sexto vigente de la citada Ley Orgánica dice así:  DISPENSA EN EL ACATAMIENTO DE DICTÁMENES:   En asuntos excepcionales, en los que esté empeñado el interés público, el Consejo de Gobierno podrá dispensar de la obligatoriedad de los dictámenes emitidos por la Procuraduría, mediante resolución razonada que deberá publicarse en el diario oficial "La Gaceta". Cuando se trate de situaciones referentes a la seguridad pública y a las relaciones exteriores, la publicación previa no será requisito para ejecutar la resolución.

“Como requisito previo, el órgano consultante deberá solicitar reconsideración a la Procuraduría dentro de los ocho días siguientes al recibo del dictamen, la cual habrá de ser resuelta por la mayoría de la Asamblea de Procuradores. Si la Procuraduría denegare la reconsideración, el órgano, dentro de los ocho días hábiles siguientes, podrá acudir ante el Consejo de Gobierno para efectos de la dispensa a que se refiere el párrafo anterior.

(TEXTO CHINCHILLA) El texto que al respecto propone la Administración Chinchilla tiene el siguiente contenido: “DISPENSA EN EL ACATAMIENTO DE DICTÁMENES:  El Consejo de Gobierno podrá dispensar de la obligatoriedad de los dictámenes emitidos por la Procuraduría, mediante resolución razonada.

Como requisito previo, el órgano consultante deberá solicitar reconsideración a la Procuraduría dentro de los treinta días siguientes al recibo del dictamen, la cual habrá de ser resuelta por el jerarca de la Procuraduría General de la República. Si el jerarca deniega la reconsideración, el consultante, dentro de los treinta días siguientes, podrá acudir ante el Consejo de Gobierno para efectos de la dispensa a que se refiere el párrafo anterior.”

Se advierte que los destacados (negrita) y subrayados (son agregados).  

Queda evidenciado el inequívoco intento de eliminar la obligatoriedad de los dictámenes de la Procuraduría. El texto vigente señala que como condición sine qua non que se trate de “asuntos excepcionales”, “que esté empeñado el interés público” y que los plazos para proceder son cortos (8 días). Además de la publicación en La Gaceta (se trata de un acto de índole especial y con alcances generales, pues equivale a la formulación de una norma).

La pretensión de la actual Administración es que la obligatoriedad pueda eliminarse en cualquier dictamen (cualquier materia) y ni siquiera se publicará la excepción. Los plazos de 30 días son una autocomplacencia inaceptable (cuando la Ley General de la Administración Pública concede al administrado a veces nomás que 24 horas para intentar algún recurso).  

Conclusión:  Un gravísimo y descarado atentado contra el Estado de Derecho, contra el Principio de Legalidad y la actuación proba, racional, responsable y aceptable de la Administración pública. ¿Cómo puede uno pensar bien de quien alista alicate para cortar las cercas, de quien prepara ganzúa para abrir las puertas y de quien propone estos despropósitos?  

¿De qué sirve que el artículo primero de la Ley de comentario diga que “La Procuraduría General de la República es el órgano superior consultivo, técnico-jurídico, de la Administración Pública, y el representante legal del Estado en las materias propias de su competencia. Tiene independencia funcional y de criterio en el desempeño de sus atribuciones.”?

¿Para qué dejan sin reforma el artículo dos de la indicada Ley (que dice que “Los dictámenes y pronunciamientos de la Procuraduría General constituyen jurisprudencia administrativa, y son de acatamiento obligatorio para la Administración Pública”) si por las reformas propuestas no dejan pedirlos a muchos y pretenden dispensarse de la obligatoriedad de lo que no les guste?

¡Ay notables!  ¡Ay Estado de Derecho!  ¡Ay de mi Costa Rica!

Federico Malavassi Calvo


miércoles, 6 de marzo de 2013

Desde la tribuna: notable jugarreta

Era evidente e innegable que la convocatoria de los Notables era una treta presidencial.  El análisis de su informe (centrado alrededor del Reglamento de la Asamblea Legislativa), sin embargo, muestra una segunda jugada.

Era innegable que la aceptación, por parte de un grupo de Notables, para emitir un informe con propuestas para facilitar la “gobernabilidad” constituía una obvia defensa de la inutilidad administrativa que caracteriza los tiempos.

Sin embargo, la decantación del informe hacia las labores de la Asamblea Legislativa y contra la normativa del Estatuto del Congreso, constituye la jugarreta de la administración.

Encandilados por toda la opereta de la presentación del dichoso informe, muchos se han concitado en contra las normas constitucionales, contra el parlamento y contra la esencia de un congreso.  Otros han tenido miedo de expresar sus dudas y la mayoría ha caído en las expresiones obsecuentes y eufemismos, en lugar de tomar conciencia de la gravedad del asunto.

Ahora la administración Chinchilla, confirmando la gravedad de la situación, empaqueta las propuestas relativas al trabajo legislativo y las propone como reto a un Congreso que se ha dejado tratar de lento, abúlico e intrascendente (con gran aporte de la fracción oficialista).

Tales propuestas son inconducentes, asimétricas y antirrepublicanas. El pueril argumento presidencial de que así como pone plazo de votación a sus proyectos también impulsa los plazos para las fracciones minoritarias evidencia el equilibrio es, en verdad, insostenible y falaz.   Es claro que el plazo de votación solo puede interesar a las mayorías para superar cualquier oposición.  El minoritario no gana absolutamente nada con que se le garantice un plazo de votación. 

La ley es, por regla, una amenaza para la libertad.  La historia muestra que la mayor parte de las leyes se ha hecho para limitar la libertad, limitar los derechos fundamentales, imponer obligaciones, imponer penas y multas y aumentar el poder estatal.   Las leyes que derogan marañas, racionalizan el Estado o devuelven la libertad son no solo muy poco frecuentes sino más bien excepcionalísimas. 

La labor central del parlamento es la deliberación a través del uso de la palabra.    Sus tareas deben concentrarse en el control político y el intercambio de opiniones e intentos de convencimiento.  El debate no es para sentar posiciones sino para convencer, deliberar, analizar y mover voluntades.  Limitar la palabra y la labor legislativa es contrariar no solo la libertad de los diputados sino atentar contra la libertad general.

Denuncio el Informe de los Notables y la jugarreta maliciosa con que se usa.  Llamo la atención de los ciudadanos y solicito a los diputados despertar de la somnolencia en que esta mala administración los tiene sumidos.

Federico Malavassi Calvo

lunes, 28 de enero de 2013

Tema polémico: el informe de los "notables"

Hace unos meses, la Presidente Laura Chinchilla encargó a un grupo de "notables" decirle lo que debía hacer para que la ciudadanía creyera que ella gobierna este país. En los últimos días, los imparciales eruditos (jamás se les ha conocido color partidario alguno) emitieron su informe con casi 100 recomendaciones para "mejorar la gobernabilidad democrática en Costa Rica".

Luego de una atenta lectura, en ASOJOD queremos referirnos a las principales recomendaciones hechas por este órgano asesor de la Presidente, que más parece un Consejo de Gobierno con "ministros" ad hoc que hacen lo que los nombrados para tal efecto (y que descuentan salarios pagados con fondos públicos) parecieran no poder hacer. Aunque la verdad, estos personajes de reconocida trayectoria profesional habían levantado altas expectativas entre la prensa y un sector de la población que todavía sigue creyendo, ilusa y torpemente, que el Gobierno puede solucionar problemas, lo cierto del caso es que su galimatías deja mucho que desear para aquellos que pensamos que los problemas políticos, jurídicos, sociales y económicos deben ser abordados de forma seria. 

El primer problema que encontramos en el mencionado documento es la visión de la que parten los autores. Paradógicamente, el propio informe indica algo que Constantino Urcuyo -uno de sus autores- explicó brillantemente en su libro "Reformas políticas y gobernabilidad": la gobernabilidad democrática está en directa relación con el concepto de legitimidad democrática. La legitimidad puede definirse como el reconocimiento del derecho a gobernar de los gobernantes por parte de los gobernados, que viene dado en dos vertientes: la legitimidad de origen, dada normalmente por la aceptación inicial -sea por consentimiento en el caso de monarquías y dictaduras o por elecciones libres y transparentes en el caso de democracias- que los ciudadanos dan a los poderes públicos y la legitimidad en ejercicio, que no es otra cosa que la adecuación de las actuaciones de dichos poderes a los valores, expectativas, intereses, deseos y necesidades de los ciudadanos. Bajo esa tesitura, se entiende que la gobernabilidad, o sea, la capacidad de los poderes para exigir obediencia y gobernar, depende de que sean considerados como legítimos por todos los actores políticos de la sociedad.

No obstante lo anterior, nada de esto permea las propuestas hechas por los "notables", pues la gran mayoría parte de la errónea creencia de que gobernabilidad es la capacidad del Poder Ejecutivo -no ya de todos los poderes públicos- para hacer lo que sus jerarcas -no la totalidad de actores políticos- esperen, deseen o les interese. En resumidas cuentas, las recomendaciones para generar más "gobernabilidad" que dan los "notables" pretenden allanar el camino para que el Ejecutivo no encuentre obstáculos a sus ocurrencias y caprichos. El informe contiene una visión del Poder Ejecutivo como víctima de la Asamblea Legislativa y la Sala Constitucional, los cuales le impiden llevar a cabo las "maravillosas" propuestas del Plan Nacional de Desarrollo de turno, tan solo porque no se acomodan a los caprichos de Casa Presidencial. Las recomendaciones se resumen en más poder para el Ejecutivo mediante la eliminación de cualquier forma de oposición política-institucional, cualquier control a priori y a posteriori, cualquier necesidad de diálogo, negociación y convencimiento, cualquier mecanismo que pueda retrasar, aunque sea un ápice, la imposición de las ocurrencias políticas venidas desde Zapote.

Por supuesto que no vamos a abordar las casi 100 recomendaciones dadas por los caballeros de oxidada armadura, pero sí vamos a referirnos a algunas que nos resultaron interesantes, tanto para bien como para mal. Para quienes deseen ver el documento completo, pueden encontrarlo en este enlace y sacar sus propias conclusiones. Por nuestra parte, abordaremos las siguientes:

Lo malo: eliminación de toda forma de control político.

Las recomendaciones Nº 1, Nº 3, Nº 7 y Nº8 reflejan tímidamente la adopción de un sistema parlamentario. A pesar que en ASOJOD estamos de acuerdo con evolucionar hacia el parlamentarismo (por razones que explicaremos en un artículo futuro), la forma en que se plantean en el informe de los notables es nefasta. Proponen que el Ministro de la Presidencia pase a ser una especie de Primer Ministro (sin las competencias que ese cargo implicaría) al ser nombrado por el mandatario y ratificado por el Congreso y se establece tanto la obligatoriedad de aquel de comparecer regularmente ante los Diputados sobre el rumbo del gobierno como la posibilidad de que el Parlamento lo destituya mediante un voto de censura. No obstante, como "contrapeso", los "notables" aconsejan dotar al Presidente del poder de disolver el Parlamento y convocar a elecciones anticipadas "cuando considere que la labor legislativa es ineficaz o entorpece la marcha del país". Nótese que esto implica dos serios problemas: por un lado, el requisito para disolver el Congreso es que el Presidente considere que no funcione bien o que entorpezca el rumbo del país, lo cual se traduce al simple y subjetivo capricho. Cuando al Presidente se le antoje, cuando la oposición le impida hacer su ocurrencia de turno, cuando le atrase la imposición de políticas (tan nefastas como el aumento de impuestos por ejemplo), puede sacarlos y convocar a otra elección. Por si fuera poco, tal prerrogativa ni siquiera viene con su contrapartida lógica -que sería la que dota el equilibrio de poderes-: la posibilidad de que el Parlamento destituya al Presidente (o Jefe de Gobierno). Mucho menos incorpora la propuesta de los "notables" (a excepción de una minúscula sugerencia hecha por Manrique Jiménez y Rodolfo Piza) el derecho ciudadano a revocar el mandato tanto a Presidentes como legisladores (y jueces constitucionales) por los que hemos abogado en ASOJOD.

Nótese que este gallo-gallina no es ni Parlamentarismo verdadero ni una reforma seria; no es otra cosa que una petición de otorgar poder absoluto al Ejecutivo para que, de forma arbitraria y antojadiza, disuelva la Asamblea Legislativa cuando ésta se erija como un bastión de control y oposición para impedirle convertir en políticas públicas los desvaríos que le surjan. Algo como esto se configura en el mecanismo perfecto para instaurar la dictadura en democracia, donde todo aquel que se interponga en el camino de Casa Presidencial será acallado y separado para allanar el camino, negando no sólo la representación sino todo derecho de los ciudadanos para que de forma directa (al no existir revocatoria) o indirecta (mediante sus representantes políticos) controlen el poder político del Ejecutivo.



Por su parte, las recomendaciones Nº 16, Nº 18, Nº 19, Nº 20, Nº 21, Nº 22 y Nº 40 del Informe,son otras manifestaciones más que van en la dirección del establecimiento de la dictadura en democracia. Proponen cercenar todos los mecanismos que el Reglamento Legislativo da a los Diputados para oponerse a los proyectos en discusión, por cuando se reducirían usos de la palabra, quórum, presentación de mociones y se eliminaría la posibilidad de presentar consultas facultativas de constitucionalidad. En otras palabras, simplemente se desarma a la oposición (tanto política como temática) para hacer que las iniciativas del Ejecutivo sean aprobadas sin discusión, sin negociación, sin análisis, sin reflexión, sin escuchar otras posiciones. Se consolidaría con esto lo que ha sido la tónica de lo que hemos experimentado en los últimos años: la tiránica imposición de una mayoría numérica que, a golpe de tambor, con vías rápidas y procedimientos especiales, usan su fuerza matemática para crear leyes que no gozan de legitimidad, que no se adecuán a los valores e intereses de los ciudadanos y que causan grandes perjuicios individuales. Asistimos con esto a la institucionalización de la arrogancia política, de la falta de vocación de diálogo y apertura a la negociación, a la materialización de la dictadura del partido que esté en el Ejecutivo, sin controloes, sin rendición de cuentas, sin obligaciones, sin respeto por los derechos de las minorías, aplastando a cualquiera que ose atravesarse en su camino. Es la petición dura y pura de poderes plenos, irrestrictos e incontrolables para obligar a todos a plegarse al antojo político, la petición dura y pura de poder absoluto, la suplantación de la palabra por la espada, de la razón por la fuerza bruta de los brutos con fuerza. ¿Cómo no va a resolver esto el problema de ingobernabilidad para aquellos que entienden por gobernabilidad que el Ejecutivo pueda hacer todo aquello que desee? Como bien decía Acton, "con poder absoluto, hasta para el burro es fácil gobernar". ¿Así quién no?

Y para colmo de males, si eliminar los controles políticos al Ejecutivo no fuera suficiente, las recomendaciones Nº 37, Nº 49, Nº 50 y Nº 52 pretenden prescindir todos los controles administrativos, técnicos y jurídicos, al quitarle la vinculatoriedad a los dictámenes de la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la República. al eliminar los controles a priori (entre ellos el refrendo de las contrataciones públicas que define la Ley) y la suspensión de la ejecución de los actos administrativos cuando se encuentren impugnados ante la Sala Constitucional. Con esto se terminaría de allanar el camino, de deshacerse de todos aquellos "estorbos" que impidan al Ejecutivo imponer sus ocurrencias. Es la guinda en el pastel para que el festín de fondos públicos, el festín de la corrupción y el despilfarro de recursos, el enriquecimiento ilícito y la ineficiencia se desarrollen sin ningún obstáculo.

En su momento, señaló Francisco Antonio Pacheco, uno de los "notables", que "este informe no está hecho para personas nerviosas. No obstante, luego de revisarlo, en ASOJOD -que no está conformada por personas nerviosas- se nos ponen de punta los pelos por la exhortación generalizada que hacen para que se consolide una tiranía de las mayorías con más poder para los políticos irresponsables, destructores de la economía, de la propiedad y la libertad. 


Lo bueno: muy poco.

En ASOJOD debemos reconocer que si bien la gran mayoría del informe de los "notables" contiene propuestas nefastas, hay algunas que vemos con buenos ojos, aunque dudamos acerca de su implementación y sospechamos -con sobradas razones- que son para congraciarse con la ciudadanía pero que nunca serán aplicadas por este Gobierno.

Sobre la Sala Constitucional y el Poder Judicial, nos gusta la recomendación Nº 41, que sugiere que la Sala, "al conocer y resolver los procesos relativos al desarrollo de derechos “prestacionales”, tome en cuenta las capacidades y condiciones objetivas del Estado en general y de las administraciones públicas en particular, para hacerlos efectivos". Nos preocupa sobremanera el impacto en el gasto público que tienen muchas resoluciones del Alto Tribunal, toda vez que ese dinero no sale de otro lugar que del bolsillo de los ciudadanos. Cada vez que la Sala avala convenciones colectivas, pagos de prestaciones, entrega de medicamentos, becas o bonos de vivienda, los tax payers tenemos que ver cómo se nos despoja de nuestro dinero con más impuestos para pagar.

Otras buenas recomendaciones son las Nº 83, Nº 84, Nº 85, Nº 87 y Nº 88 que van dirigidas a exigir a la Administración Pública que se ponga en cintura en materia de tramitomanía, de forma tal que cada nuevo trámite que se cree deba estar justificado en una ley o decreto y valorar su costo beneficio, impidiendo que puedan salir de la ocurrente y caprichosa mente de los burócratas. También se sugiere limitar la cantidad de trámites y documentos que se le pueda solicitar al administrado, así como se exige que las instituciones facilitarse entre sí los documentos para evitar requerírselos al ciudadano.

Nos gustan también las recomendaciones Nº 61 que pretende eliminar las Juntas Directivas de las instituciones autónomas y Nº 65 para reestructurar RECOPE y el MOPT, por cuanto se habla, por primera vez desde el Gobierno, de cerrar instituciones para recortar el gasto público. Asimismo, nos agrada la recomendaciones Nº 72 y Nº 75 para reformar el régimen de empleo público, eliminando pluses salariales y privilegios odiosos como los de las Convenciones Colectivas que disparan el gasto y le cuestan muchísimos millones de colones a los tax payers. Celebramos la recomendación que, a título individual (lamentamos que no existiera consenso en ella) realizaran Piza y Jiménez para establecer un límite constitucional al gasto público, propuesta que ya fue planteada por la Diputada libertaria Marielos Alfaro y que se tramita en el Congreso bajo el expediente legislativo Nº 18.867.

El balance.

No obstante todo lo anterior, aunque nos gusten esas propuestas, tememos que hayan sido plasmadas en el documento de los "notables" con el único objetivo de congrasiarse con la ciudadanía y engatusarla para que no vea las nefastas recomendaciones que hemos señalado con anterioridad. ¿Por qué lo decimos? Porque mucho de eso ya se puede hacer según el ordenamiento jurídico. Expertos como Johnny Meoño han venido señalando, desde mucho tiempo atrás, que el Ejecutivo puede hacer muchísimo con la Ley de la Administración Pública para ejercer dirección sobre las instituciones autónomas y ceñir sus procedimientos al marco legal vigente. La Ley Nº 8220 y sus reformas ya ofrecen los mecanismos para reducir la tramitomanía que martiriza a los ciudadanos y la Ley Nº 8131 ya establece límites al endeudamiento y gasto público. Por su parte, el cierre de instituciones, muy necesario y por el que los liberales venimos abogando desde hace mucho, nunca ha querido ser abordado por los gobiernos de turno, por falta de voluntad política y por cálculos electorales, pateando la bola una y otra vez con reformas y reestructuraciones cosméticas (siendo el CNP, IDA y Correos de Costa Rica los mejores ejemplos) para reinventarlas y asignarles nuevas tareas, sin aceptar que ya no sirven para nada. Tampoco se le ha querido entrar al empleo público y sus excesivos privilegios (especialmente los contenidos en las convenciones colectivas) por temor a los sindicatos y a sus huelgas que, más que paralizar al país, le restarían votos al partido de Gobierno en las elecciones siguientes.

En síntesis, no creemos que todas esas buenas propuestas vayan a pasar del papel, pues así lo ha demostrado la falta de voluntad, interés y responsabilidad de los gobernantes anteriores y la Administración Chinchilla Miranda no ha sido la excepción. Por ello, aún cuando nos gustan, no tiramos las campanas al viento en el marco del informe de los "notables" y, más bien, lamentamos que cosas tan obvias -pero necesarias- no se hayan implementado antes.

Por ello, ante nuestra desconfianza, consideramos que su presencia en este documento no lo hace menos malo de lo que ya lo consideramos. Por eso queremos cerrar con algunas reflexiones que ilustren con claridad meridiana, el entorno político en el que ese trabajo fue desarrollado:

Ante la inacción del Gobierno, su torpeza e incapacidad, su falta de visión y capacidad de diálogo ¿por qué un grupo de "notables" (concepto por demás cuestionable) vienen a dar recomendaciones de lo que puede hacer y no ha hecho ya? ¿Por qué, a estas alturas de la Administración, aparece una especie de "Plan de Gobierno" que marca el rumbo del Gobierno si, hace tres años, Laura Chinchilla se presentó ante el electorado diciendo que ella era la mejor opción?

¿No es la propia inacción, ineficiencia y torpeza del Ejecutivo la que minan la legitimidad de su trabajo y, por ende, carcome la gobernabilidad? ¿No es el autismo político del gobierno que no atiende los canales de comunicación que se le han abierto desde la oposición y desde la ciudadanía? ¿Cómo pretende mantener la gobernabilidad del sistema un gobierno incapaz de escuchar, de reflexionar, de negociar y de entender la dinámica política de una democracia pluralista? ¿Qué legitimidad espera? ¿Qué aceptación del mandato pretende obtener si desarrolla su accionar a golpe de tambor, a imposición de la fuerza numérica, con una mayoría relativa en el Parlamento que no respeta los acuerdos, que pisotea a quienes se le oponen y que busca tapar, a toda costa, los desaciertos en lugar de hacer un análisis introspectivo para mejorar?

Así es muy difícil. Sin vocación de gobernar respetando los derechos de las minorías, sin respetar a los ciudadanos, sin respetar el ordenamiento jurídico, ni un millón de notables podrán marcarle el rumbo a doña Laura.