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lunes, 18 de enero de 2010

Tema polémico: zona marítimo-terrestre


Para este Tema polémico, en ASOJOD queremos abordar la situación en que se ven las personas que habitan en la zona marítimo-terrestre en cuanto a la tenencia de propiedad privada y la afectación negativa en que viven, respecto a las oportunidades para generar riqueza, pues la Ley N° 6043, Ley de Zona Marítimo-Terrestre, representa una clara violación al derecho de la propiedad privada y genera grandes limitaciones para que los pueblos costeros se puedan desarrollar adecuadamente.

Esta ley estipula que todo el terreno ubicado en la franja de 200 metros de ancho a lo largo de los litorales de ambas costas del país no puede ser objeto de informaciones posesorias e impide a los particulares apropiarse de ellos ni legalizarlos a su nombre. En otras palabras, todo el terreno a menos de 200 metros de la costa le pertenece al Estado. Esta franja está dividida en dos secciones: la Zona Pública, que son los primeros 50 metros, que no pueden ser objeto de ocupación de ningún tipo a menos que el Estado así lo decida porque la obra será "en beneficio de todos los ciudadanos" o instalaciones turísticas de "notoria conveniencia para el país". La otra es la Zona Restringida, en la cual los particulares si pueden realizar obras de infraestructura pero por medio de concesión y el plazo de esta puede ser de 5 a 20 años con posibilidad de una prórroga de 20 años más.

Ahora bien, una gran parte de la actividad económica de las provincias costeras de nuestro país está estrechamente relacionada con los litorales. La actividad pesquera es fuente de ingreso de muchísimas familias de bajos recursos, muchas de las cuales tienen su residencia, lógicamente, dentro de la zona marítimo-terrestre. Sin embargo, estas personas no cuentan, muchas veces, con título de propiedad de sus residencias y esto las imposibilita a adquirir un préstamo bancario pues no pueden utilizar su vivienda como garantía, con la consecuente falta de oportunidades para que desarrollen pequeños emprendimientos por su propia cuenta. Por si fuera poco, aquellos que se aventuran a montar una empresa (verdadera aventura por la maraña de trámites, impuestos, permisos, pagos, licencias, etc que caracterizan a nuestro país), deben hacerlo en régimen de concesión, cuyo vencimiento provoca que vivan en constante riesgo de que, al finalizar, el Estado les deje en la calle.

Otra actividad seriamente perjudicada con esta ley es la ligada con el turismo. Inversionistas nacionales y extranjeros probablemente optan por no invertir en estos terrenos para hacer hoteles y restaurantes por el simple hecho de que saben que lo que construyan no será propiedad de ellos y están sujetos a que esta inversión caiga en manos del Estado. Además, vender esa propiedad en algún momento dado sería más difícil puesto que no puede contar la facilidad de que sea adquirida por medio de un préstamo bancario.

Si, como hemos visto, las limitaciones establecidas por esta norma no generan beneficios para los pobladores, entonces ¿para qué existe? Una de las razones principales por la cual se creó esta ley es por motivos de conservación del medio ambiente. No obstante, en ASOJOD nos preguntamos de qué manera el hecho de dejar la decisión de las obras de construcción en esta zona en manos de las municipalidades o el Estado ayuda a mejorar el medio ambiente, si las edificaciones que se construyen en esa área deben de contar con los mismos permisos que cualquier otra edificación fuera de la zona marítimo terrestre. Permisos que supuestamente deben asegurarse de que el impacto en el medio ambiente sea razonable. Por el contrario, al pasarle esa capacidad de decisión a las municipalidades lo único que se genera es que la distribución de esas tierras para obras de infraestructura responda a intereses políticos y se genere mayor corrupción.

Todo lo anterior reafirma un punto que en ASOJOD siempre hemos enarbolado: que las regulaciones y protecciones, contrario a lo que se cree, siempre terminan perjudicando a los ciudadanos.