Recientes sentencias de la Sala II y de la Sala IV del Poder Judicial muestran cuán desfasadas están muchas de las normas en relación con la realidad. En primera instancia, la Sala II tuvo frente a sí un caso de un hombre al que se le contrató para pintar una casa y, al caerse de un andamio, perdió parcialmente la vista. Además de condenar a los dueños de la casa a pagar una indemnización vitalicia, ese Tribunal estableció que todo trabajador independiente y ocasional, para ser contratado, tiene que estar obligatoriamente asegurado contra riesgos del trabajo. Por su parte, la Sala IV ratificó su jurisprudencia con respecto a los saloneros, determinando que la propina tiene que ser contabilizada como parte del salario, aumentando el cálculo de las cargas sociales.
Frente a la crisis que enfrenta nuestra economía, cuando cada vez más cuesta encontrar o conservar un trabajo, los Tribunales de Justicia, con una interpretación que se dice ser evolutiva de los derechos del trabajador, complica aún más la situación. La decisión de la Sala II solo va a lograr una cosa: en lugar de proteger a los trabajadores –aunque ellos mismos no desean ser protegidos–, el hecho de exigir un seguro para trabajos temporales como pintar una casa, arreglar una gotera, etc. va a provocar que las personas ya no puedan contratarlos, porque los costos se elevan tanto que solo podrán afrontarse si ellos pasan de ser trabajadores independientes a empleados de una empresa o, en el caso extremo, a no encontrar empleo del todo. La consecuencia es que, frente al aumento del costo de contratar a un trabajador por tener que asegurarlo, las personas preferirán el hacerlo por sí mismos, es decir, se decantarán por el bricolaje–actividad manual que realiza un aficionado sin necesidad de contratar a un profesional–, aumentando el desempleo y reduciendo las oportunidades de cientos de obreros.
Con lo de la Sala IV ocurre lo mismo. Desde hace varias décadas, con el impulso del entonces Presidente Luis Alberto Monge, se emitió una ley que creaba un impuesto del 10% de la cuenta de cada mesa a favor del salonero, a fin de asegurarle un ingreso fijo. A pesar que la intención podía ser buena, lo cierto es que, como casi todas las ocurrencias de los gobernantes, terminan en desastre. Saloneros y propietarios han demostrado que esa medida ha sido más bien perjudicial, por cuanto las sentencias de varios juzgados laborales y de la Sala II hace 20 años, obligaron a incluir ese monto –llamado propina– en los montos para calcular aguinaldos y prestaciones. El resultado es que, frente a la crisis económica, miles de negocios están afrontando grandes problemas para mantenerse a flote y muchos de ellos están cerrando, con el consecuente despido de los saloneros, porque el costo de pagarles es demasiado alto. Y si a eso se le suma que tanto Tribunales como Asamblea Legislativa están deseosos de implementar la imprescriptibilidad de las deudas por concepto de cuotas obrero-patronales, definitivamente ningún negocio podrá subsistir.
Lo curioso de todo esto es que el argumento de los jueces es la protección de los derechos de los trabajadores a salarios mínimos y seguridad social, pero olvidando el derecho más básico: el de trabajar. Con estas resoluciones, se les impedirá mantener su trabajo y sin eso, ningún otro derecho laboral tiene sentido. En ASOJOD lamentamos que algo tan elemental no sea considerado por esos operadores del derecho y que sigan ampliando el espectro de intervenciones del Estado en perjuicio de los individuos que quieren hacer negocios libre y voluntariamente entre sí, buscando el beneficio mutuo. Una vez más, el Estado perjudica a aquellos que dice defender.
