Claro que el “ambientalista” no explica por qué las torres privadas sí contaminan y son un peligro para el ambiente y las del ICE no. Tampoco explica la “confusión o enredo” que hace del artículo 16 de la ARESEP citado.
A la SETENA le queda cómodo cruzarse de brazos, para qué exponerse. Es el resultado de una señal que hace mucho tiempo dio la mismísima Sala Constitucional cuando resolvió que en materia ambiental no podía darse el “silencio administrativo positivo”.
¿Se han movido las autoridades públicas prestas y alertas a aclarar los puntos y a idear una vía alternativa para no detener el progreso? Por supuesto que no. La Procuraduría contestó negativamente la acción, pero no aclaró el enredo normativo que hace el recurrente.
El Ministerio Rector podría hacer algo con su comisión de infraestructura, pero aún no hace nada.
Una de las compañías fabricante de torres optó por tramitar en SETENA con el instrumento más complejo y exigente, con el “D1” (que según el recurrente es la vía que corresponde) y la SETENA tampoco le ha dado curso. ¿Qué hacer?
¿Cuánto durará la Sala Constitucional en resolver este asunto? Si al final resuelve bien y determina que no hay inconstitucionalidad ¿quién pagará el atraso de meses en la tramitación? ¿El “ambientalista” que se escudó en “intereses difusos”, el letrado o instructor de la Sala que no reparó en la agarrada de majes que les están dando o la SETENA que no quiso tramitar ni la gravosa vía del D1? ¡Es para pensar!
Por otro lado, todavía recuerdo cuando hace meses un representante de la Procuraduría y un integrante del CONESUP y representante de sus miembros negaron ante un Juzgado Contencioso-Administrativo que existiera la posibilidad de “silencio positivo” en la autorización de Universidades Privadas. Rabiosamente y con la connivencia judicial bloquearon incluso la posibilidad de demostrar precedentes (no se había estimado que hasta allí llegara la mala fe de unos y la posible ignorancia de otros).
La forma de actuar en relación con la libertad de enseñanza ha sido de antología. Inspecciones previas (de entidades que aún no están autorizadas) para revertir dictámenes e impedir su autorización, inacción u omisión de solicitudes de consulta a fin de bloquear el plazo del silencio positivo, nuevos requerimientos de información en otros casos para encontrar un pretexto para no autorizar son apenas algunos de los expedientes utilizados.
Para alguien que ejerce una poder de autodeterminación reconocido por nuestra Constitución como derecho fundamental y libertad pública, la libertad de enseñanza, resulta espantoso tener que esperar durante cuatro meses para que el CONESUP decida sobre su solicitud. Más aún, no entiendo cómo podría decidir negativamente si se trata de una libertad pública. Allí están las solicitudes haciendo fila perpetuamente.
Pienso que las telecomunicaciones y la educación son actividades principales y estratégicas en el desarrollo de una sociedad. He puesto el caso de cómo son vulgarmente bloqueadas y regateadas. ¿Cómo anda lo demás? ¡Basta imaginárselo!
¿Invertir en educación costarricense? ¿Invertir en las telecomunicaciones? Basta un litigante escudado en derechos difusos para bloquear cualquier trámite. En otros casos hemos olvidado la naturaleza de los derechos. Basta el capricho de un ministro para que no se autorice una nueva Universidad.
Ni hablar de otras actividades en las cuales se construyó y actuó con autorizaciones administrativas y en las que, retroactivamente, ha recaído orden judicial de derribar, cerrar o terminar. No por trámite torticero sino por imperfección del Ordenamiento Jurídico según el cual se autorizó la actividad.
Por eso no es de extrañar que algunos agentes fiscales tengan cómo encarcelar a quien quieran (aunque sea una defensora pública que está en juicio, una persona que espera en el mostrador a su abogado para una declaración indagatoria a la que fue citada en hora que todavía no se ha cumplido) o que algunos miembros de la policía le den una vapuleada a un ciudadano indefenso y además lo acusen de amenazas o que el Ministerio de Salud cierre un negocio que ha pedido en tiempo los permisos correspondientes.
El capricho de algunos funcionarios y administradores se está convirtiendo en la ley que rige algunas actuaciones públicas. El problema es que el exceso de leyes y la presión pública ha puesto en sus manos demasiado poder y lo usan así.
Y … ¿la libertad? Menoscabada y maltratada. Los defensores oficiales de los derechos prefieren los derechos programáticos que los derechos de libertad, así como prefieren los intereses difusos que las personas de carne y hueso. ¡Malos tiempos!
Queda dicho, abundan los ejemplos.
Federico Malavassi Calvo







