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miércoles, 25 de enero de 2012

Desde la tribuna: la lonchera controlada


El Estado costarricense, por medio del Ministerio de Educación Pública en consuno (¿colusión?) con el Ministerio de Salud, ha establecido una prohibición de vender determinadas comidas en las sodas de las escuelas y colegios públicos.

El asunto sí que se las trae. Ya expresé que “de buenas intenciones está empedrado el camino del infierno”.

Apunto a dos cosas principales. La primera es relativa a la patria potestad, autoridad parental o derecho de regir a los menores. En esta medida el Estado hace un movimiento de sustitución de la posición de los padres de familia. Un movimiento administrativo, político y jurídico según el cual se atribuye la decisión respecto de la alimentación que conviene a los menores.

También es básico el segundo asunto. Si el Ministerio de Educación tuviese la actividad a su cargo totalmente enfilada, organizada, en gran estado de desarrollo, con los fines satisfechos o en buen cumplimiento, qué más que ponerse a apuntalar los logros con algunas decisiones que pudiesen salir del ámbito de su competencia. Mas no es así, el MEP hace aguas por todas partes.

Hay dos asuntos complementarios. Uno de ellos es relativo al procedimiento y a la “propiedad de las escuelas públicas”. El procedimiento de la Ley General de la Administración Pública establece al menos audiencias y resolución dentro de la ciencia, la técnica y el conocimiento adecuado. Dudo seriamente de que ello se haya satisfecho. Están en medio importantes derechos fundamentales y no puedo entender que mediante disposición administrativa (reglamento, bajo el vehículo del Decreto) se pretenda regular , prohibir u organizar el asunto. Es sabido que solo la ley puede incursionar en tal área, además de que su intervención habría de ser proporcional, racional, razonable y, sobre todo, necesaria.

La Administración pública ha alegado que se trata de actividad que se realiza dentro de las escuelas y colegios públicos y, por ende, se trata de algo así como competencia interna. Sin embargo, señalo, habría que ver si las escuelas y colegios públicos son del MEP o son de la sociedad costarricense (incluso del propio Estado).

El MEP no es sino un órgano del Estado, parte de otro órgano (Poder Ejecutivo) público. Así que no puedo entender que sean territorios del Ministro, sino propiedad de la comunidad (de la sociedad costarricense). Curioso que por una parte corresponda la administración a las Juntas de Educación y por otra parte el MEP pretenda centralizar las decisiones. No obstante, la cita de que un asesor legal del MEP se refirió al asunto señalando que debía analizar los contratos de arrendamiento de las sodas para ver su antigüedad y contenido, termina de complicar la tendencia autoritaria. ¿Quién firma los contratos? ¿El MEP o las Juntas?

Pero también hay que cuestionar los presupuestos de la medida. Resulta que la información que suple la misma fuente pública, señala que un porcentaje bastante parecido (alrededor del 20%) en escolares y liceístas padece obesidad. Con ello se cae la decisión.

Primero, porque no apunta a la buena alimentación sino a evitar la obesidad. Son cosas distintas. Segundo, porque es inaceptable una censura a la totalidad (100%) para evitar la obesidad de una quinta parte.

Además de todo, es dudoso que eviten la obesidad de este modo, pues no hay garantía de lo que pase extramuros escolares. En sí misma, la prohibición es una negación de la filosofía y pretensiones de la educación.

En todo caso, los alimentos excluídos, prohibidos, proscritos y condenados sin juicio, no son dañinos per se, sino en una determinada proporción.

Por otra parte, está el tema de los comedores escolares. Este tema, desde la antigua pero legalmente vigente concepción de los comedores escolares, empezó como un subsidio parcial y amenaza con convertirse en un uso total. ¿Qué pasa en estos comedores? ¿Son la excelsitud alimentaria, nutritiva e higiénica? ¿Quién lo dice? En todo caso, objeto el concepto por totalitario, estatista y excluyente de la autonomía de la voluntad y fortalecimiento familiar.

Finalmente, ha surgido la polémica acerca de la efectividad de la medida prohibitiva si, por otra parte, el MEP no encuentra el instrumento para intervenir la lonchera escolar. Porque, aunque no lo crean, han sobrado ideólogos y partidarios de la liberticida medida y se la han pasado cavilando acerca de cómo controlar la lonchera.

¡Policías de las frituras, inspectores del chicharrón, policías de tránsito de la restricción a la gaseosa, censores de la galleta y demás ejércitos de la prohibición, hay que levantar barricadas, escavar trincheras, construir alambradas, registrar salveques y loncheras, obligar a volver las bolsas del pantalón al revés, abrir las bocas y no dejar pasar nada!

Recuerdo que hace muchos años, los estadounidenses que venían de intercambio a nuestro país insistían en tomar cocacolas y comer cornflakes. Estaban prevenidos contra los peligros del agua y otras comidas. No podían tomarse el riesgo de enfermarse con comida contaminada, agua sucia y otras cosas.

La medida actual más bien prohíbe lo que a ellos se recomendaba. ¿Estamos seguros de que los estudiantes no se enfermarán de tomar el agua o los refrescos en agua en lugar de ingerir gaseosas? ¿A algunos no los afectará la leche que tomarán en lugar de la gaseosa? ¿Estarán libres de pecado las frutas o podrán transportar hepatitis y otros males? ¿No será mejor una comidilla empacada, aunque el MEP no la quiera, que una expuesta a contaminación?

En fin, el camino iniciado por el MEP evidencia su distracción de lo principal, su abandono de la competencia básica y el autoritarismo de muchos.

Federico Malavassi Calvo

lunes, 15 de noviembre de 2010

Tema polémico: Reglamentos Técnicos


Decía el difunto Premio Nobel de la economía, Milton Friedman que no existía nada más nefasto que las buenas intenciones. Cuando decía esto se refería a todas esas medidas que los gobiernos imponen sobre el comercio como resultado de un sentimiento "noble" de protección a los ciudadanos o al medio ambiente que los rodea, bajo la falsa premisa de que los gobernantes deben contar siempre con un sentimiento paternalista hacia los ciudadanos y que solo ellos saben lo que es mejor para sus vidas. Pues un buen ejemplo de esto es al caso de los reglamentos técnicos.

Un reglamento técnico es un documento adonde se establecen características de los bienes o sus procesos y métodos de producción cuya observancia es obligatoria. En otras palabras, es un requisito impuesto por el gobierno en el que se exige ciertas características de cumplimiento a uno o más productos para su venta en territorio nacional. La justificación de estos documentos es que buscan proteger a los consumidores en temas de salud, engaño, seguridad nacional o protección al medio ambiente. Ejemplos hay muchos: desde requisitos que obligan a las empresas a que el producto cuente con determinados tipos de empaque o etiquetado hasta exigencias de que cumplan con alguna certificación emitida por un órgano autorizado para su venta.

La oficina encargada en nuestro país de emitir reglamentos técnicos es la comisión interministerial llamada Órgano de Reglamentación Técnica (ORT) y las medidas impuestas son aceptadas por la OMC. Precisamente, en las últimas décadas, en la medida en que la globalización se ha vuelto más evidente, el uso de reglamentos por parte de todos los países se ha incrementado considerablemente.

En ASOJOD consideramos que el uso de reglamentos técnicos, fuera de ser algo bueno para proteger a las personas, son realmente trabas al comercio que atentan contra el adecuado desarrollo de las economías. Pero hay que hacer algunas consideraciones importantes.

Primero que todo, los reglamentos obligan a que los productores e importadores cumplan con ciertos requerimientos que, en muchos casos, requieren de grandes inversiones en los procesos de producción, distribución o certificación de los productos. Esto representa una gran limitación para el desarrollo especialmente de pequeñas y medianas empresas., ya que muchas veces, no se tienen el capital ni los medios para cumplir, dejando solo a los grandes fabricantes en el mercado. Es por esto que no es de extrañar que los grandes fabricantes normalmente sean siempre los grandes impulsores de este tipo de obligaciones, ya que con los reglamentos técnicos se fomenta la creación de monopolios u oligopolios en los mercados.

Otro gran perdedor en este procesos suele ser lel consumidor, a pesar de que en un principio se le trata de defender. Los nuevos requisitos obligan a que las empresas incurran en gastos adicionales que luego se verán reflejados en los costos de los productos. Por lo tanto, las personas terminan pagando más por los productos disminuyendo su capacidad de compra y de ahorro.

En ASOJOD comprendemos la preocupación de muchos acerca del riesgo que implica la existencia en la calle de productos que puedan engañar a las personas o inclusive puedan atentar contra su propia vida. Lo que no compartimos es el deseo de trasladarle al Estado esa responsabilidad que tenemos todos de discernir entre productos buenos y malos y de esa manera limitar nuestra libertad de decisión en el mercado. Los consumidores estamos en toda la capacidad de medir el nivel de riesgo en la compra de los productos y en caso de ser engañados por el fabricante tenemos el derecho de recurrir a las instancias judiciales pertinentes y hacer nuestro reclamo. Eso sí, estas instancias deben de trabajar en forma rápida y contundente.